RESOLUCIÓN 112 DE 2019
(septiembre 27)
Diario Oficial No. 51.144 de 21 de noviembre 2019
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
Por la cual se actualiza la base de activos de Transelca S.A. E.S.P. y se modifican los parámetros necesarios para determinar su remuneración en el Sistema de Transmisión Nacional.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y en el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 011 de 2009 se definieron la metodología y las fórmulas tarifarias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el STN.
Mediante la Resolución CREG 107 de 2010, modificada por las Resoluciones CREG 061 y 105 de 2011, 107 de 2012, 009 y 091 de 2013, 072 de 2015, 173 de 2016 y 136A de 2018, se aprobaron la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Transelca S.A. E.S.P., en el STN.
El artículo 6o de la Resolución CREG 022 de 2001, modificado por las Resoluciones CREG 085 de 2002, 120 de 2003 y 147 de 2011, establece:
“Artículo 6o. Ampliaciones de las Instalaciones del STN que se encuentren en servicio. Los proyectos consistentes en la ampliación de las instalaciones del STN que se encuentren en operación, tales como:
(…)
c) montaje de nuevas bahías de transformador con tensión igual o superior a 220 kV que utilice un Operador de Red para conectarse al STN en subestaciones con configuración de anillo o de interruptor y medio;
(…)
harán parte del Plan de Expansión de Referencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3o de la presente Resolución y en esta medida su ejecución podrá ser objetada. De ser incluida la respectiva ampliación en el Plan de Expansión de Referencia, será desarrollada por el transmisor que representa ante el Liquidador y Administrador de Cuentas, LAC, los activos objeto de la ampliación. (…).
De acuerdo con el artículo 7o de la Resolución CREG 011 de 2009 el ingreso anual del transmisor, IAT, “(…) solo se ajustará si la CREG llegare a modificar los valores de las Unidades Constructivas, cuando se modifique el valor del AOM reconocido o cuando, en cumplimiento de la regulación vigente, se excluyan Activos de Uso en operación, ingresen nuevos Activos de Uso o se remplacen las Unidades Constructivas instaladas por otras de clasificación diferente de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6o de la presente Resolución.”.
Transelca S.A. E.S.P., mediante las comunicaciones radicadas en la CREG con los números E-2019-007552 y E-2019-007882, solicita la inclusión de una bahía de transformador en la subestación Tebsa, en la base de activos de la empresa y, en consecuencia, actualizar el ingreso anual del transmisor.
Además, mediante comunicación con radicado CREG E-2109-009822, entrega copia de la carta 20161530043751 de la UPME, con fecha del 25 de octubre de 2015, donde le solicita a Transelca la manifestación de interés para construir una bahía de transformador, configuración interruptor y medio, en la subestación Tebsa, 220 kV, proyecto incluido en el Plan de Expansión 2015-2029, la cual se requería que entrara en operación en agosto de 2018.
Transelca, mediante Comunicación 000047-2017 del 6 de enero de 2017, confirmó el interés en la construcción de la mencionada bahía de transformador.
Mediante auto del 16 de septiembre de 2019, la Comisión dio inicio a la actuación administrativa tendiente a actualizar el ingreso anual de la actividad de transmisión de Transelca S.A. E.S.P., y ordenó la apertura del respectivo expediente que fue distinguido con el número 2019-0163.
Posteriormente y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la CREG publicó en el Diario Oficial y en la página web de la entidad un resumen de la solicitud, con el fin de que los terceros interesados pudieran intervenir en la actuación administrativa.
Con base en los análisis efectuados y aplicando la metodología contenida en la Resolución CREG 011 de 2009 se realizaron los ajustes pertinentes para actualizar el ingreso anual de la actividad de transmisión de Transelca S.A. E.S.P., por la inclusión de una bahía de transformador con configuración interruptor y medio, en la subestación Tebsa.
Teniendo en cuenta lo anterior, a partir de la aplicación de la metodología contenida en la Resolución CREG 011 de 2009, se calculan las siguientes variables principales:
| Costo Anual | Pesos de diciembre de 2008 |
| Costo Anual Equivalente del Activo Eléctrico (CAEAj ) | 78.589.135.678 |
| Costo Activo No Eléctrico (ANE) | 3.929.456.784 |
| Valor de los gastos de AOM (VAOM j ) | 22.557.473.966 |
| Costo Anual Equivalente de Terrenos (CAETj ) | 141.432.976 |
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 947 del 27 de septiembre de 2019, aprobó actualizar la base de activos de Transelca S.A. E.S.P. y expedir la presente resolución.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar la base de activos de Transelca S.A. E.S.P., aprobada en el artículo 3o de la Resolución CREG 107 de 2010, adicionando el siguiente registro al numeral 1 Subestaciones de la base de activos del anexo de la citada resolución, así:
| No. | Subestación | UC | PU |
| 150 | TEBSA | SE212 | 1,00000 |
ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 1o de la Resolución CREG 107 de 2010, el cual quedará así:
Artículo 1o. Ingreso Anual. El Ingreso Anual (IATj) por los activos representados por Transelca S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional, calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 011 de 2009, es el siguiente:
| Ingreso Anual | Pesos de diciembre de 2008 |
| Ingreso Anual del Transmisor (IAT j ) | 107.825.358.232 |
ARTÍCULO 3o. Modificar el artículo 4o de la Resolución CREG 107 de 2010, el cual quedará así:
Artículo 4o. Costo de Reposición de los Activos Eléctricos. El costo de reposición de los activos eléctricos (CREj) remunerados mediante cargos por uso a Transelca S.A. E.S.P., calculado con la base de activos a la que hace referencia el artículo 3o de la presente Resolución y de acuerdo con lo señalado en la Resolución CREG 011 de 2009 es:
| Costo de reposición | Pesos de diciembre de 2008 |
| Costo de reposición de activos eléctricos (CRE j ) | 661.260.154.898 |
La base de activos y los valores aquí aprobados resultan de las variables y de la información que se identifican en la parte motiva de este acto y de las contenidas en el documento soporte”.
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución deberá notificarse a Transelca S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2019.
El Presidente,
Diego Mesa Puyo,
Viceministro de Energía Delegado de la Ministra de Minas y Energía.
El Director Ejecutivo,
Christian Jaramillo Herrera.