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RESOLUCIÓN 107 DE 2012

(septiembre 25)

Diario Oficial No. 48.595 de 26 de octubre de 2012

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza la base de activos de Transelca S. A. E.S.P. y se modifican los parámetros necesarios para considerar su remuneración en el Sistema de Transmisión Nacional, STN.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 011 de 2009 se estableció la metodología y fórmulas tarifarias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional, STN.

Mediante la Resolución CREG 107 de 2010 se aprobó la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Transelca S. A. E.S.P. en el STN. Contra dicha resolución se interpuso recurso de reposición, el cual fue resuelto mediante la Resolución CREG 061 de 2011.

Mediante la Resolución CREG 105 de 2011 se actualizó nuevamente la base de activos aprobada a Transelca S. A. E.S.P. debido al cambio de configuración en la subestación Santa Marta y a la inclusión del Sistema de Información Geográfico, GIS.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 011 de 2009, “las Bahías de Transformador con tensión mayor o igual a 220 kV, que utiliza un OR para conectarse al STN en las subestaciones con configuración de anillo o de interruptor y medio, se remunerarán a través de cargos por uso de la actividad de transmisión, una vez empiecen a aplicarse a dicho OR los costos y cargos aprobados con la metodología de la Resolución CREG 097 de 2008”.

La Resolución CREG 147 de 2011, que modifica el artículo 6o de la Resolución CREG 022 de 2001, estableció que los montajes de nuevas bahías de transformador con tensión igual o superior a 220 kV que utilice un Operador de Red para conectarse al STN en subestaciones con configuración de anillo o de interruptor y medio, serán incluidos dentro del Plan de Expansión de Referencia y la ejecución de tal ampliación podrá ser desarrollada por el TN que representa esos activos.

De acuerdo con el artículo 7o de la Resolución CREG 011 de 2009, el Ingreso Anual del Transmisor, IAT, “(…) solo se ajustará si la CREG llegare a modificar los valores de las Unidades Constructivas, cuando se modifique el valor del AOM reconocido o cuando, en cumplimiento de la regulación vigente, se excluyan Activos de Uso en operación, ingresen nuevos Activos de Uso o se remplacen las Unidades Constructivas instaladas por otras de clasificación diferente de acuerdo con lo establecido en el artículo 6o de la presente resolución”.

Transelca S. A. E.S.P., en comunicación con Radicado CREG E-2012-004798, solicitó a la Comisión la actualización de la base de activos aprobada a la empresa y el correspondiente ajuste del IAT, con el objeto de incluir la bahía de transformación a 220 kV en configuración en anillo, asociada a la ampliación de transformación en la Subestación Fundación.

En la misma comunicación, Transelca S. A. E.S.P. informa que el proyecto de ampliación de transformación de la Subestación Fundación, incluyendo la bahía de transformación a 220 kV en configuración anillo, cuenta con el respectivo concepto favorable por parte de la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME. Por su parte, la Comisión de Regulación de Energía y Gas verificó que dicha ampliación se encuentra recomendada en el plan de expansión de referencia 2010-2024.

Mediante auto del 20 de junio de 2012, la Comisión dio inicio a la actuación administrativa tendiente a actualizar la base de activos de Transelca S. A. E.S.P., y ordenó la apertura del respectivo expediente que fue distinguido con el número 2012-0064.

Con la Comunicación CREG S-2012-002506 la CREG remitió al Transmisor un resumen de la solicitud para que realizara una publicación en un diario de amplia circulación con el fin de que los terceros interesados pudieran intervenir en la actuación administrativa. La publicación fue hecha en el diario El Tiempo, con fecha de publicación 26 de junio de 2011, según copia remitida a la Comisión, mediante oficio con Radicado CREG E-2012-006001.

La entrada en operación de la ampliación de transformación 220/110 kV-100 MVA de la Subestación Fundación, la cual incluye la bahía de transformación a 220 kV en configuración anillo, fue declarada a partir del 4 de agosto de 2012, tal como lo informa Transelca S. A. E.S.P. mediante comunicación con Radicado CREG E-2012-007555.

Con base en la solicitud presentada por Transelca S. A. E.S.P., los análisis efectuados por la Comisión y la aplicación de la metodología contenida en la Resolución CREG 011 de 2009, se realizaron los ajustes pertinentes para la inclusión de la unidad constructiva SE214 en la base de activos de Transelca S. A. E.S.P., correspondiente a la bahía de transformación a 220 kV de configuración anillo en la Subestación Fundación.

Teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario modificar el Ingreso Anual del Transmisor, a partir de la aplicación de la metodología contenida en la Resolución CREG 011 de 2009, con lo que se calculan las siguientes variables principales:

Costo AnualPesos de diciembre de 2008
Costo Anual Equivalente del Activo Eléctrico (CAEAj)77.245.660.281
Costo Activo No Eléctrico (ANE)3.862.283.014
Valor de los gastos de AOM (VAOMj)22.179.640.805
Costo Anual Equivalente de Terrenos (CAETj)133.058.409

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 536 del 25 de septiembre de 2012, aprobó actualizar la base de activos de Transelca S. A. E.S.P. y expedir la presente resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar la base de activos de Transelca S. A. E.S.P., aprobada en el artículo 3o de la Resolución CREG 107 de 2010, y modificada por las Resoluciones CREG 061 de 2011 y CREG 105 de 2011, en el sentido de incluir una Unidad Constructiva SE214.

La base de activos del anexo de la Resolución CREG 107 de 2010, en el listado de UC del numeral 1 Subestaciones, se adiciona con la UC mencionada, así:

NoSubestaciónUCPU
144FundaciónSE2141,00000

ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 1o de la Resolución CREG 107 de 2010, modificado por las Resoluciones CREG 061 de 2011 y CREG 105 de 2011, el cual quedará así:

“Artículo 1o. Ingreso Anual. El Ingreso Anual (IATj) por los activos representados por Transelca S. A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional, calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 011 de 2009, es el siguiente:

Ingreso AnualPesos de diciembre de 2008
Ingreso Anual del Transmisor (IATj)106.028.501.336

ARTÍCULO 3o. Modificar el artículo 4o de la Resolución CREG 107 de 2011, modificado por las Resoluciones CREG 061 de 2011 y CREG 105 de 2011, el cual quedará así:

“Artículo 4o. Costo de Reposición de los Activos Eléctricos. El costo de reposición de los activos eléctricos (CREj) remunerados mediante cargos por uso a Transelca S. A. E.S.P., calculado con la base de activos al que hace referencia el artículo 3o de la presente resolución y de acuerdo con lo señalado en la Resolución CREG 011 de 2009 es:

Costo de ReposiciónPesos de diciembre de 2008
Costo de reposición de activos eléctricos (CREj)650.184.180.018

La base de activos y los valores aquí aprobados resultan de las variables y de la información que se identifican en la parte motiva de este acto y de las contenidas en el documento soporte”.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución deberá notificarse a Transelca S. A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de septiembre de 2012.

El Presidente,

FEDERICO RENJIFO VÉLEZ,

Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

GERMÁN CASTRO FERREIRA.

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