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RESOLUCIÓN 107 DE 2010

(julio 1o)

Diario Oficial No. 47.789 de 2 de agosto de 2010

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se aprueba la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Transelca S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en los artículos 23, literales c) y d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas definir la metodología de cálculo y fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 011 de 2009 se estableció la metodología y fórmulas tarifarias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional.

Transelca S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los números E-2009-003664 y E-2009-003669, sometió a aprobación de la Comisión la base de activos que representa actualmente ante el LAC.

Transelca S.A. E.S.P. reportó a la CREG la base de activos eléctricos del STN que se encuentran en operación clasificados según el listado de unidades constructivas que aparece en el Capítulo 3 del Anexo General de la Resolución CREG 011 de 2009.

La información relativa a los activos cuyo valor no debe incluirse en el cálculo de los cargos en los términos del artículo 87 numeral 87.9 de la Ley 142 de 1994, en la forma en que quedó modificado por el artículo 143 de la Ley 1151 de 2007, provino del Transmisor por ser el responsable de su reporte en los términos de la citada norma y de lo dispuesto en la Resolución CREG 011 de 2009.

En respuesta a la Circular CREG 018 de 2009, Transelca S.A. E.S.P. entregó la información solicitada de AOM, mediante las comunicaciones radicadas en la CREG con los números E-2009-005351 y E-2009-005498.

Transelca S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los números E-2009-006027, E-2009-007916, E-2010-001342, E-2010-003438 y E-2010-003619, presentó las aclaraciones solicitadas por la Comisión.

El día 24 de mayo de 2010 se consultaron las cifras del Plan Único de Cuentas del Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se obtuvieron las correspondientes a Transelca S.A. E.S.P., para los años 2001 a 2007. En la misma fecha se consultó el Sistema de Costos y Gastos del SUI, para la actividad de transmisión y se obtuvieron los datos correspondientes a Transelca S.A. E.S.P. para los años 2006 y 2007.

Al interior de la Comisión se analizó la información presentada por Transelca S.A. E.S.P. conjuntamente con la información adicional de los activos del STN operados por la misma, que se encontraba a disposición de la CREG.

Como resultado del análisis de la información y de las respuestas presentadas a la Comisión por Transelca S.A. E.S.P., se realizaron los ajustes pertinentes a la base de activos reportada, así como a la información adicional, según se relaciona, con su respectivo sustento, en el documento soporte de la presente resolución.

Aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 011 de 2009 se calcularon para los activos representados por Transelca S.A. E.S.P., las siguientes variables principales:

Costo AnualPesos de
diciembre de 2008
Costo Anual Equivalente del Activo Eléctrico (CAEAj)76.298.713.467
Valor de los gastos de AOM (VAOMj)20.494.172.073
Costo Anual Equivalente de Terrenos (CAETj)129.388.741
Costo Anual Equivalente de Servidumbres (CAESj)2.713.917.900
Otros Ingresos (OIj)128.442.678
Valor anual de AOMPesos de diciembre de 2008Porcentaje
Gastado (AOMGj,01-07)21.092.752.7493,28%
Remunerado (AOMRj, 08)19.895.591.3973,09%

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 458 del 1o de julio de 2010, aprobó la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de Transelca S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. INGRESO ANUAL. <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia. El texto ORIGINAL es el siguiente:> El Ingreso Anual (IATj) por los activos representados por Transelca S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional, calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 011 de 2009, es el siguiente:

Ingreso AnualPesos de diciembre de 2008
Ingreso Anual del Transmisor (IATj)103.322.685.176

ARTÍCULO 2o. PORCENTAJE DE AOM DE REFERENCIA. <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia. El texto ORIGINAL es el siguiente:> El Porcentaje de AOM de referencia (PAOMj,ref) para Transelca S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 011 de 2009, es igual a:

Porcentaje de AOM(%)
De referencia (PAOMj,ref)3,19

PARÁGRAFO. Antes de iniciar la aplicación de esta resolución, Transelca S.A. E.S.P. deberá actualizar el porcentaje de AOM de acuerdo con lo previsto en la Resolución CREG 050 de 2010, teniendo en cuenta la información de AOM correspondiente al año 2009.

ARTÍCULO 3o. BASE DE ACTIVOS. Se aprueba la base de activos relacionada en el Anexo de la presente resolución para Transelca S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Nacional.

PARÁGRAFO. La base de activos del Anexo de la presente resolución corresponde a los activos diferentes a los construidos mediante procesos de libre concurrencia, regulados mediante las Resoluciones CREG 004 de 1999 y 022 de 2001 y aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

ARTÍCULO 4o. COSTO DE REPOSICIÓN DE LOS ACTIVOS ELÉCTRICOS. <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia. El texto ORIGINAL es el siguiente:> El costo de reposición de los activos eléctricos (CREj) remunerados mediante cargos por uso a Transelca S.A. E.S.P., calculado con la base de activos al que hace referencia el artículo 3o de la presente resolución y de acuerdo con lo señalado en la Resolución CREG 011 de 2009 es:

Costo de ReposiciónPesos de diciembre de 2008
Costo de reposición de activos eléctricos (CREj)642.871.571.518

La base de activos y los valores aquí aprobados resultan de las variables y de la información que se identifican en la parte motiva de este acto y de las contenidas en el documento soporte.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La base de activos y los valores aprobados en esta resolución estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme y hasta el 25 de febrero de 2014 y se empezarán a aplicar en la forma prevista en el artículo 21 de la Resolución CREG 011 de 2009. Vencido su período de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos.

ARTÍCULO 6o. RECURSOS. <Ver resoluciones que modifican esta resolución en Resumen de Notas de Vigencia> La presente resolución deberá notificarse a Transelca S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 1o de julio de 2010.

La Presidenta,

SILVANA GIAIMO CHÁVEZ,

Viceministra de Minas y Energía, delegadadel Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

ANEXO.

BASE DE ACTIVOS APROBADA.

Base de activos para Transelca S.A. E.S.P. clasificada con las Unidades Constructivas definidas en el Capítulo 3 del Anexo General de la Resolución CREG 011 de 2009.

Para cada activo se indica el porcentaje (PU) de la Unidad Constructiva (UC) remunerado al Transmisor mediante cargos por uso.

1. Subestaciones

<Consultar resoluciones que modifican este numeral en Notas de Vigencia. El texto ORIGINAL es el siguiente:>

No.SubestaciónUCPU
1CC2011,00000
2CC2031,00000
3CC2041,00000
4CC2051,00000
5CC2061,00000
6COPEYSE2031,00000
7COPEYSE2031,00000
8COPEYSE2201,00000
9COPEYSE2301,00000
10COPEYSE2401,00000
11COPEYSE2421,00000
12CUESTECITASSE2031,00000
13CUESTECITAS ESE2151,00000
14CUESTECITAS ESE2151,00000
15CUESTECITAS ESE2151,00000
16CUESTECITAS ESE2241,00000
17CUESTECITAS ESE2331,00000
18CUESTECITAS ESE2401,00000
19CUESTECITAS ESE2421,00000
20FUNDACIÓNCP2031,00000
21FUNDACIÓNCP2041,00000
22FUNDACIÓNCP2041,00000
23FUNDACIÓNSE2131,00000
24FUNDACIÓNSE2131,00000
25FUNDACIÓNSE2131,00000
26FUNDACIÓNSE2131,00000
27FUNDACIÓNSE2131,00000
28FUNDACIÓNSE2131,00000
29FUNDACIÓNSE2141,00000
30FUNDACIÓNSE2431,00000
31NUEVA BARRANQUILLASE2111,00000
32NUEVA BARRANQUILLASE2111,00000
33NUEVA BARRANQUILLASE2111,00000
34NUEVA BARRANQUILLASE2111,00000
35NUEVA BARRANQUILLASE2111,00000
36NUEVA BARRANQUILLASE2111,00000
37NUEVA BARRANQUILLASE2121,00000
38NUEVA BARRANQUILLASE2190,50000
39NUEVA BARRANQUILLASE2191,00000
40NUEVA BARRANQUILLASE2191,00000
41NUEVA BARRANQUILLASE2191,00000
42NUEVA BARRANQUILLASE2191,00000
43NUEVA BARRANQUILLASE2371,00000
44NUEVA BARRANQUILLASE2411,00000
45NUEVA BARRANQUILLASE2431,00000
46SABANALARGASE2111,00000
47SABANALARGASE2111,00000
48SABANALARGASE2111,00000
49SABANALARGASE2111,00000
50SABANALARGASE2111,00000
51SABANALARGASE2111,00000
52SABANALARGASE2111,00000
53SABANALARGASE2111,00000
54SABANALARGASE2111,00000
55SABANALARGASE2111,00000
56SABANALARGASE2111,00000
57SABANALARGASE2121,00000
58SABANALARGASE2121,00000
59SABANALARGASE2121,00000
60SABANALARGASE2121,00000
61SABANALARGASE2121,00000
62SABANALARGASE2191,00000
63SABANALARGASE2191,00000
64SABANALARGASE2191,00000
65SABANALARGASE2191,00000
66SABANALARGASE2191,00000
67SABANALARGASE2191,00000
68SABANALARGASE2191,00000
69SABANALARGASE2191,00000
70SABANALARGASE2191,00000
71SABANALARGASE2371,00000
72SABANALARGASE2411,00000
73SABANALARGASE2431,00000
74SANTA MARTASE2131,00000
75SANTA MARTASE2131,00000
76SANTA MARTASE2131,00000
77SANTA MARTASE2131,00000
78SANTA MARTASE2141,00000
79SANTA MARTASE2141,00000
80SANTA MARTASE2421,00000
81TEBSASE2111,00000
82TEBSASE2111,00000
83TEBSASE2111,00000
84TEBSASE2111,00000
85TEBSASE2121,00000
86TEBSASE2121,00000
87TEBSASE2190,50000
88TEBSASE2190,50000
89TEBSASE2190,50000
90TEBSASE2191,00000
91TEBSASE2191,00000
92TEBSASE2371,00000
93TEBSASE2411,00000
94TEBSASE2431,00000
95TERMOCARTAGENASE2111,00000
96TERMOCARTAGENASE2111,00000
97TERMOCARTAGENASE2121,00000
98TERMOCARTAGENASE2121,00000
99TERMOCARTAGENASE2190,50000
100TERMOCARTAGENASE2190,50000
101TERMOCARTAGENASE2190,50000
102TERMOCARTAGENASE2190,50000
103TERMOCARTAGENASE2371,00000
104TERMOCARTAGENASE2411,00000
105TERMOCARTAGENASE2431,00000
106TERMOFLORESSE2091,00000
107TERMOFLORESSE2091,00000
108TERMOFLORESSE2231,00000
109TERMOFLORESSE2301,00000
110TERMOFLORESSE2401,00000
111TERMOFLORESSE2421,00000
112TERMOGUAJIRASE2111,00000
113TERMOGUAJIRASE2111,00000
114TERMOGUAJIRASE2111,00000
115TERMOGUAJIRASE2111,00000
116TERMOGUAJIRASE2120,28250
117TERMOGUAJIRASE2190,50000
118TERMOGUAJIRASE2190,50000
119TERMOGUAJIRASE2190,64125
120TERMOGUAJIRASE2191,00000
121TERMOGUAJIRASE2371,00000
122TERMOGUAJIRASE2411,00000
123TERMOGUAJIRASE2431,00000
124TERNERASE2131,00000
125TERNERASE2131,00000
126TERNERASE2131,00000
127TERNERASE2131,00000
128TERNERASE2141,00000
129TERNERASE2141,00000
130TERNERASE2141,00000
131TERNERASE2431,00000
132VALLEDUPARSE2131,00000
133VALLEDUPARSE2131,00000
134VALLEDUPARSE2141,00000
135VALLEDUPARSE2141,00000
136VALLEDUPARSE2141,00000
137VALLEDUPARSE2421,00000

2. Líneas de Transmisión

No.Código líneaSubestación
Inicial
Subestación
Final
UCCantidadPU
1LN-801SABANALARGATEBSALI21219,21151,0000
2LN-802SABANALARGATEBSALI21219,21151,0000
3LN-803TERMOCANDELARIATERNERALI2121,56251,0000
4LN-804TERMOCANDELARIATERNERALI2121,56251,0000
5LN-805FUNDACIÓNSABANALARGALI21193,50601,0000
6LN-806FUNDACIÓNSABANALARGALI21245,57351,0000
7LN-807FUNDACIÓNSANTA MARTALI21242,10201,0000
8LN-808FUNDACIÓNSANTA MARTALI21242,10201,0000
9LN-809COPEYFUNDACIÓNLI21149,39401,0000
10LN-809COPEYFUNDACIÓNLI2120,01001,0000
11LN-810COPEYVALLEDUPARLI21188,94801,0000
12LN-810COPEYVALLEDUPARLI2120,92601,0000
13LN-811SABANALARGABOLÍVARLI21234,81751,0000
14LN-812SABANALARGATERNERALI21240,09151,0000
15LN-813BOLÍVARTERNERALI2125,27401,0000
16LN-814SANTA MARTATERMOGUAJIRALI21245,75501,0000
17LN-815SANTA MARTATERMOGUAJIRALI21245,75501,0000
18LN-816FUNDACIÓNSABANALARGALI21245,34101,0000
19LN-816FUNDACIÓNSABANALARGALI2110,52201,0000
20LN-817CUESTECITAS ETERMOGUAJIRALI21247,72751,0000
21LN-818CUESTECITAS ETERMOGUAJIRALI21247,72751,0000
22LN-819CUESTECITAS EVALLEDUPARLI211115,03901,0000
23LN-819CUESTECITAS EVALLEDUPARLI2211,33201,0000
24LN-821SABANALARGATEBSALI21219,25301,0000
25LN-822NUEVA BARRANQUILLATEBSALI21211,47801,0000
26LN-824NUEVA BARRANQUILLATERMOFLORESLI2123,45101,0000
27LN-824NUEVA BARRANQUILLATERMOFLORESLI2110,28901,0000
28LN-825NUEVA BARRANQUILLATERMOFLORESLI2123,45101,0000
29LN-825NUEVA BARRANQUILLATERMOFLORESLI2110,55701,0000
30LN-826NUEVA BARRANQUILLASABANALARGALI21222,64051,0000
31LN-827NUEVA BARRANQUILLASABANALARGALI21221,67101,0000
32LN-828NUEVA BARRANQUILLASABANALARGALI21221,67101,0000
33LN-829TERMOCANDELARIATERMOCARTAGENALI2121,44401,0000
34LN-830TERMOCANDELARIATERMOCARTAGENALI2121,44401,0000

La Presidenta,

SILVANA GIAIMO CHÁVEZ,

Viceministra de Minas y Energía, delegadadel Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

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