RESOLUCIÓN 502 158 DE 2025
(mayo 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
Diario Oficial No. 53.269 de 10 de octubre de 2025
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Por la cual resuelve el recurso de reposición interpuesto por la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 502 112 de 2024.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y, en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013; y,
CONSIDERANDO QUE:
1. ANTECEDENTES
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, en su Sesión 1356 del 14 de noviembre de 2024, aprobó expedir la Resolución CREG 502 112 de 2024, “Por la cual se aprueban el Mercado Relevante de Distribución conformado por el Municipio de Vélez en el departamento de Santander, y el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de Gas Natural (GN) por redes de tubería para el mismo mercado”, con sujeción a la Metodología de Distribución de gas combustible por redes de tubería, contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 y 132 de 2018 y 011 de 2020, en adelante “la Metodología”.
La Resolución CREG 502 112 de 2024 fue notificada electrónicamente el día 13 de febrero de 2025, mediante radicado CREG S2025001406, al Representante Legal de la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P.
Dentro del término legalmente establecido para el efecto, mediante comunicación radicada en la CREG bajo número E2025002450 del 19 de febrero de 2025, el Representante Legal de la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P. interpuso recurso de reposición contra la Resolución CREG 502 112 de 2024, y solicitó lo siguiente:
“Yo, Elizabeth Marcelo Casas como Representante Legal de la empresa Nacional de Servicios Públicos Domiciliarios S.A. E.S.P., como consta en el certificado de Cámara de Comercio anexo, presento Recurso de Reposición contra la Resolución CREG 502 112 de 2024 mediante “la cual se aprueban el Mercado Relevante de Distribución conformado por el Municipio de Vélez en el departamento de Santander, y el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de Gas Natural (GN) por redes de tubería para el mismo mercado”.
2. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P.
La empresa recurrente sustentó el recurso de reposición en los siguientes antecedentes y fundamentos:
ANTECEDENTES
Nacional de Servicios Públicos Domiciliarios S.A. E.S.P. mediante oficio con Radicado CREG E-2020-013859 del 11 de noviembre de 2020, y número de solicitud Apligas 2210, presentó solicitud tarifaria para: (i) aprobar el Mercado Relevante de Distribución de Gas Natural (GN) conformado por el municipio de Vélez en el departamento de Santander; y, (ii) aprobar los cargos por uso del Sistema de Distribución correspondiente, aplicables a los usuarios de uso residencial y a los usuarios de uso diferente al residencial de dicho mercado.
Después de un largo proceso, la CREG mediante el oficio con radicado CREG S2025000980, el 4 de febrero de 2025 notificó electrónicamente a la empresa Nacional de Servicios Públicos Domiciliarios S.A. E.S.P. la Resolución CREG 502-112 de 2024 anexando el Documento CREG 902 087 de 2024, que hace parte integral de la resolución notificada. En el artículo 2 de la Resolución CREG 502 112 de 2024, se aprobaron los siguientes cargos de Distribución:
| Componente | Unidad | Usuarios de Uso Residencial | Usuarios diferentes a los de Uso Residencial |
| Cargo de distribución Total | $/m3 | 421.23 | 421.23 |
| Componente de inversión pagada con recursos de la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P. | $/m3 | 343.40 | 343.40 |
| Componente Gastos AOM | $/m3 | 77.83 | 77.83 |
Cifras en pesos colombianos de diciembre de 2019
Debido a que en la primera notificación no se incluyó el documento Informe_AOM_OA_OAOM_NAL_SERV_PUB.pdf y a que el Documento CREG 902 087 de 2024 presenta información errónea para los diferentes cálculos presentados, la CREG mediante oficio con radicado S2025001406 volvió a notificar la Resolución CREG 502 112 de 2024, anexando la información faltante.
El Componente Gastos AOM solicitado por la empresa es de 172.98 $/m3 de diciembre de 2019, valor superior al calculado por la CREG y el cual consideramos no es el correcto. Realizando ajustes a la demanda con base en la información del documento (de acuerdo con el numeral 5.3 del documento Informe_AOM_OA_OAOM_NAL_SERV_PUB.pdf “…el valor final de AOM permanece en $134.765.904, el cual será considerado para el cálculo del porcentaje de AOM eficientes”), el Componente Gastos AOM es de 167.49 $/m3 de diciembre de 2019, como se indica en el archivo Excel Memoria de Calculo Cargos Velez 2025.xlsx.
FUNDAMENTOS
De manera cordial dentro del término legal, presentamos recurso de reposición contra el Artículo 2 de la Resolución CREG 502 112 de 2024, específicamente sobre el Componente Gastos AOM. Con base en los cálculos presentados en el archivo Excel anexo a este recurso, hacemos la siguiente petición:
1. Modificar el Artículo 2 de la Resolución CREG 502 112 de 2024 el cual quedaría de la siguiente manera:
Artículo 2. Cargo de Distribución Aplicable a los Usuarios de Uso Residencial y Cargo Promedio de Distribución aplicable a los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial. A partir de la vigencia de la presente Resolución, el Cargo de Distribución Aplicable a los Usuarios de Uso Residencial y el Cargo Promedio de Distribución Aplicable a los Usuarios Diferentes a los de Uso Residencial conectados al Sistema de Distribución del Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente Período Tarifario aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución, para recuperar los costos de inversión y los gastos de AOM para la distribución domiciliaria de Gas Natural (GN) por redes de tubería, se fija de la siguiente manera:
| Componente | Unidad | Usuarios de Uso Residencial | Usuarios diferentes a los de Uso Residencial |
| Cargo de distribución Total | $/m3 | 510.89 | 510.89 |
| Componente de inversión pagada con recursos de la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P. | $/m3 | 343.40 | 343.40 |
| Componente Gastos AOM | $/m3 | 167.49 | 167.49 |
Cifras en pesos colombianos de diciembre de 2019
PARÁGRAFO 1. Para el cálculo de las tarifas que se cobren a los usuarios conforme a los cargos aprobados en el numeral 5.2 de la presente Resolución, se tendrá en cuenta lo establecido en el numeral 87.9 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 99 de la Ley 1450 de 2011, o aquella que la modifique, aclare o sustituya.
PARÁGRAFO 2. Los Cargos de Distribución del presente artículo se actualizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Metodología, modificado por el artículo 3 de la Resolución CREG 125 de 2015.
3. ANÁLISIS DE LA COMISIÓN FRENTE AL RECURSO INTERPUESTO
Frente a la solicitud de la empresa recurrente, encaminada en que se modifique el cargo de distribución aprobado en la Resolución CREG 502 112 de 2024, para el mercado relevante conformado por el municipio de Vélez en el departamento de Santander, específicamente en la componente de Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento – AOM, a continuación, se presenta el análisis realizado por la Comisión para determinar dicha componente, contrastando dicho procedimiento con la información presentada por la empresa recurrente.
El
es determinado de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula establecida en la Metodología.

Para determinar los porcentajes de gastos de AOM eficientes, se compararon los valores de
,
y
, cuyos resultados se muestran en a continuación:
Tabla 1. Porcentaje de gastos de AOM eficiente y monto eficiente de gastos de AOM del mercado existente conformado por el municipio de Vélez, Santander para el siguiente periodo tarifario.
| Mercado | ![]() | BRA a fecha de corte | Monto AOM eficiente | |||
| Vélez | 5.62% | 6.82% | 3.11% | 3.11% | 1,867,959,274 | 58,087,953 |
Para determinar los montos eficientes de gastos de AOM, se multiplica dicho porcentaje por el valor de la Base Regulatoria de Activos del mercado en cuestión a fecha de corte. El valor eficiente del mercado, corresponde al monto eficiente de gastos de AOM a reconocer, el cual es $58,087,953.
Cabe señalar que los mencionados cálculos fueron efectuados en el aplicativo Apligas, herramienta utilizada por la Comisión para el cálculo de los cargos de distribución de gas por redes.
La empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P. por su parte presentó la siguiente información dentro del recurso de reposición:
Tabla 2. Porcentaje de gastos de AOM eficiente y monto eficiente de gastos de AOM del mercado existente conformado por el municipio de Vélez, Santander para el siguiente periodo tarifario presentados por la empresa recurrente.
Mercado | ![]() | BRA a fecha de corte | Monto AOM eficiente | |||
| Vélez | 8.27% | 6.82% | 8.4% | 6.82% | 1,867,959,274 | 127,394,822 |
Teniendo en cuenta que los porcentajes presentados por la empresa recurrente no coinciden con los calculados por la Comisión, a continuación, se presenta el procedimiento utilizado por la CREG para determinar cada uno de los porcentajes de la fórmula del AOM eficiente:
Los gastos de AOM reconocidos por la Comisión corresponden a los gastos de la empresa, para atender a todos los mercados relevantes de distribución en los que se encuentra prestando el servicio. En ese sentido, la CREG reconoció como gastos de AOM a la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P. un total de 134,765,903 millones de pesos para los 123.37 km de red que tenían en la fecha de corte[1], para todos sus mercados.
Ahora bien, los gastos de AOM correspondientes a la actividad de distribución, se asignan a cada uno de los mercados relevantes de distribución atendidos por la empresa en forma proporcional al número de kilómetros de red construidos a diciembre de 2016, que para el caso del mercado relevante conformado por el municipio de Vélez, Santander de la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P corresponden a 43.97km.
En ese sentido los gastos de AOM para el mercado de Vélez, Santander corresponden a 48,036,354 millones de pesos.
Para determinar el porcentaje de la relación
, se consideran los valores de Gastos de AOM asignados al mercado, con respecto al valor de la Base Regulatoria de Activos reportado a diciembre 2016,
. El resultado de esta operación se muestra a continuación:
Tabla 3. Componentes del AOM reportado
| Componente | Valor |
| 48,036,354 | |
| 1,544,725,706[2] | |
| 3.11% |
Esto determina un porcentaje de AOM reportado de 3.11%.
La empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS S.A. E.S.P. en este primer componente presentó la siguiente información:
Tabla 4. Componentes AOM reportado presentado por la empresa.
| Componente | Valor |
| 142,608,516 | |
| 1,697,616,646[3] | |
| 8.40% |
Lo anterior, evidencia que la empresa recurrente calculó este primer porcentaje con información que no corresponde con lo establecido en la Metodología, ya que la Base Regulatoria no está en pesos del año 2016 y el valor de los AOM no están distribuidos en forma proporcional al número de kilómetros para el mercado de Vélez, Santander, sino que fue tomado el valor total de AOM para todos los mercados atendidos por la empresa.
En ese sentido la empresa presenta un primer porcentaje de 8.4%
El porcentaje de gastos de AOM máximo a reconocer
para el mercado de Vélez, Santander se determinó de acuerdo con la siguiente ecuación:

Donde:

Para el cálculo, se utilizó el porcentaje de gastos de AOM asignado según la clasificación dada por grupo G y metodología M del municipio de Vélez, Santander y la información de kilómetros de red de dicho municipio aprobada como Inversión Base. La información utilizada para el cálculo se muestra a continuación:
Tabla 5. Componentes AOM máximo a reconocer
| Mercado | Municipio | Departamento | Grupo G | Metodología M | km de red | |
| Vélez | Vélez | Santander | 1 | 2 | 6.82% | 47.99 |
| Mercado | ||||||
| Vélez | 6.82% | 1,544,725,706 | ||||
Dando como resultado un porcentaje de 6.82%
Por su parte, la empresa presentó la siguiente información:
Tabla 6. Componentes AOM máximo a reconocer presentado por la empresa
Mercado | Municipio | Departamento | Grupo G | Metodología M | km de red | |
| Vélez | Vélez | Santander | 1 | 2 | 6.82% | 43.97 |
| Mercado | ||||||
| Vélez | 6.82% | 1,697,616,647 | ||||
El porcentaje máximo a reconocer calculado por la empresa, coincide con el calculado por la Comisión, en este caso de 6.82%.
Finalmente, se determinó el último porcentaje el cual corresponde con la semisuma
para el mercado de Vélez, Santander utilizando la siguiente información:
Tabla 7. Componentes AOM semi suma
| Mercado | AOM promedio | |||
| Vélez | 79,034,439 | 971,712,927 | 3.11% | 5.62% |
Dando como resultado un valor de 5.62%.
Por su parte, la empresa recurrente utilizó la siguiente información:
Tabla 8. Componentes AOM semi suma presentado por la empresa
| Mercado | AOM promedio | |||
| Vélez | 79,034,439 | 971,712,927 | 8.4% | 8.27% |
Dando como resultado un valor de 8.27%.
Una vez presentados ambos procedimientos, se puede determinar que la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P. no siguió el procedimiento establecido en la Metodología, para calcular el porcentaje del AOM eficiente para el mercado relevante existente conformado por el municipio de Vélez en el departamento de Santander.
En ese sentido, se aclara que la asignación de cargos por parte de la CREG es una actividad reglada que proviene de la aplicación objetiva de la Metodología que corresponda, y por lo tanto, la información necesaria para la expedición de tarifas de distribución de gas está limitada a los factores estrictamente estipulados en la Metodología de Distribución, lo cual se refleja en el aplicativo Apligas, para su debida validación.
Con base en lo expuesto, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 1388 del 30 de mayo de 2025, aprobó expedir la presente Resolución y, en consecuencia,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. No reponer y confirmar el contenido de la Resolución CREG 502-112 de 2024, con base en lo que se expone en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO 2. La presente Resolución deberá notificarse al representante legal de la empresa NACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS S.A. E.S.P., y una vez en firme, deberá publicarse en el Diario Oficial, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de mayo de 2025.
EDWIN PALMA EGEA
Ministro de Minas y Energía
Presidente
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Director Ejecutivo
<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>
1. Correspondiente a 2016 por metodología
2. Base regulatoria de activos a 2016 expresado en pesos de 2016.
3. Base regulatoria de activos a 2016 expresado en pesos de 2019.

