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Resolución 64 de 2015 CREG

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RESOLUCIÓN 64 DE 2015

(mayo 8)

Diario Oficial No. 49.555 de 26 de junio de 2015

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR).

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y en el artículo 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG número 097 de 2008, junto con aquellas que la han modificado o adicionado, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR), y de Distribución Local (SDL).

La Comisión expidió la Resolución CREG 110 de 2009, mediante la cual se aprobaron los cargos unificados de distribución y comercialización aplicables a los usuarios del Sistema de Transmisión Regional Norte y al Sistema de Distribución Local, operados por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P.

Mediante las Resoluciones CREG 086 de 2010, 050 de 2011, 083 y 108 de 2012, 010, 092 y 191 de 2013 y 087 de 2014, se actualizó el Costo por Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. por la entrada en operación de nuevos activos y la sustitución de otros.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9o de la Resolución CREG número 097 de 2008, cuando entren en operación nuevos activos de uso se actualizarán los cargos correspondientes, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Capítulo 4 del anexo general de la citada resolución.

En el numeral 4.1 del anexo general de la Resolución CREG número 097 de 2008 se establecen los requisitos que debe acreditar el OR junto con su solicitud de actualización de cargos.

La Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E-2014-012558, solicitó la actualización del costo anual del nivel de tensión 4 teniendo en cuenta la ampliación de la subestación Cerromatoso.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, un resumen de la actuación administrativa iniciada se publicó en la página de Internet de la Comisión, acto que fue informado a la empresa mediante comunicación CREG S-2015-002027. Para esta actuación se abrió el expediente 2015-0009.

La UPME expidió los siguientes conceptos:

- 20111500055941 del 11 de noviembre de 2011, mediante el cual se emite concepto aprobatorio para la conexión del tercer transformador, 3*50 MVA, 500/110 kV.

- 20131500059281 del 2 de septiembre de 2013, donde se da alcance al concepto 20111500055941 para modificar las unidades constructivas relacionadas con el proyecto.

Mediante las comunicaciones 201477004625-1 del 9 de octubre de 2014 de Intercolombia y SR372-2014 del 10 de octubre de 2014 de Electricaribe, estos agentes declaran en operación comercial los activos del STN y del STR relacionados con la conexión del tercer banco de autotransformadores 3*50 MVA, 500/110 kV, en la subestación Cerromatoso.

Con base en la información suministrada y teniendo en cuenta el listado de unidades constructivas, UC, en los conceptos de la UPME, se incluirán en el inventario de activos reconocidos las siguientes UC en la subestación Cerromatoso:

Unidades de subestación:

UCDescripciónCantidadPorcentaje de Uso
N4S6Bahía de transformador - configuración barra doble con by pass - tipo convencional114,13%

Equipos de subestación:

UCDescripciónCantidadPorcentaje de Uso
N4EQ2Transformador de tensión nivel 4314,13%
N4EQ3Armario concentrador (marshall in kiosk)114,13%

Transformadores:

UCDescripciónCantidadCapacidadPorcentaje de Uso
N5T13Autotransformador monofásico (OLTC) - conexión al STN - capacidad final de 41 a 50 MVA350 MVA14,13%

Dado que se da cumplimiento a lo previsto en la Resolución CREG número 097 de 2008 se procede a aplicar la metodología contenida en la citada resolución y se realizan los ajustes pertinentes para el sistema operado por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P.

Teniendo en cuenta lo expuesto, para el nivel de tensión 4 se obtienen las siguientes variables, expresadas en pesos de diciembre de 2007:

Costos AnualesCAAEj,nNCAAEj,nCAANEj,nCATj,nAOMj,n
Nivel de tensión 105.179.311.568 16.002.957.727 4.968.473.041 241.626.210 51.868.895.602

Con base en lo anterior, se modificará el Costo Anual por el Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 y el Costo de Reposición de la Inversión del Nivel de Tensión 4, como se muestra en la parte resolutiva de este acto.

La Comisión en Sesión 656 del 8 de mayo de 2015 acordó expedir la presente resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 2o de la Resolución CREG 110 de 2009 el cual queda así:

Artículo 2. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG número 097 de 2008, es el siguiente:

Costo Anual por el Uso de los Activos Pesos de diciembrede 2007
Nivel de Tensión 4 (CAj,4)213.879.293.532

ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 6o de la Resolución CREG 110 de 2009 el cual queda así:

Artículo 6o. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG número 097 de 2008, son los siguientes:

Costo de Reposición de InversiónPesos de diciembrede 2007
Para el Nivel de Tensión 4 (CRIj,4)906.852.790.189
Para el Nivel de Tensión 3 (CRIj,3)314.995.841.373
Para el Nivel de Tensión 2 (CRIj,2)1.232.470.192.286
Para el Nivel de Tensión 1 (CRIj,1)919.981.165.431

ARTÍCULO 3o. RECURSOS. La presente resolución deberá notificarse a la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2015.

El Presidente,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO.

Viceministro de Energía.

Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

JORGE PINTO NOLLA.

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