DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaMEMORIA
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE

Resolución 83 de 2012 CREG

Abrir documento modal
DOCUMENTO
Abrir
Datos modal
DATOS
Abrir
Búsqueda modal
BUSCAR
Abrir
Índice modal
ÍNDICE
Abrir
Memoria modal
MEMORIA
Abrir
Desarrollos modal
DESARROLLOS
Abrir
Modificaciones modal
MODIFICACIONES
Abrir
Concordancias modal
CONCORDANCIAS
Abrir
Notificaciones modal
NOTIFICACIONES
Abrir
Actos de trámite modal
ACTOS DE TRÁMITE
Abrir

RESOLUCIÓN 83 DE 2012

(agosto 1o)

Diario Oficial No. 48.558 de 19 de septiembre de 2012

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional, STR.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994,

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y en el artículo 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 097 de 2008, modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional, STR, y de Distribución Local, SDL.

La Comisión expidió la Resolución CREG 110 de 2009, mediante la cual se aprobaron los cargos unificados de distribución y comercialización aplicables a los usuarios del Sistema de Transmisión Regional Norte y al Sistema de Distribución Local, operados por la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P.

Mediante las resoluciones CREG 086 de 2010 y 050 de 2011, se actualizó el Costo por Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 de la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P. por la entrada en operación de nuevos activos y la exclusión de una bahía de la subestación Nueva Barranquilla.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9o de la Resolución CREG 097 de 2008, cuando entren en operación nuevos Activos de Uso se actualizarán los cargos correspondientes, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Capítulo IV del Anexo General de la citada resolución.

En el numeral 4.1 del Anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008 se establecen los requisitos que debe acreditar el OR junto con su solicitud de actualización de cargos.

La Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG con los números E-2011-002291 y E-2011-002292, solicitó la actualización del costo anual del nivel de tensión 4 por la entrada en operación de activos asociados con las subestaciones Termoflores, Bosque, La Sierpe y una línea de 115 kV entre San Marcos y la Sierpe. La empresa también anexó las comunicaciones de la UPME en las que da concepto favorable sobre estos proyectos.

La Comisión, mediante auto del 25 de noviembre de 2011, inició la respectiva actuación administrativa con el objeto de decidir sobre la solicitud de la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P, y ordenó la apertura del respectivo expediente, el cual fue asignado con el número 2011-0029. Además, con la comunicación CREG S-2011-005183 de la misma fecha, se solicitó a la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P. la publicación del resumen de su solicitud en un diario de amplia circulación.

Mediante comunicación radicada en la CREG con el número E-2011-011557, la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P. pide sustituir la solicitud inicial teniendo en cuenta el nuevo concepto emitido por la UPME donde dio su visto bueno para el cambio de algunas unidades constructivas en la subestación Termoflores.

Con base en la comunicación anterior, la CREG actualizó el resumen del aviso que se debía publicar en cumplimento de lo establecido en los artículos 15 y 16 del Código Contencioso Administrativo, el cual fue enviado a la empresa mediante la Comunicación S-2012-005416. En respuesta, la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. radicó en la CREG una carta con el número E-2011-012319, con la cual informa del aviso publicado en el diario La República del 17 de diciembre de 2011.

La CREG, mediante comunicación S-2012-000549, solicita a la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P. la información sobre la entrada en operación comercial de los activos objeto de la solicitud. La empresa, en la comunicación con radicado CREG E-2012-003581, entregó el listado de los activos que entraron en operación comercial, anexa certificaciones de XM e informa que no se ha finalizado el proyecto San Marcos - La Mojana (anteriormente La Sierpe), por lo que solicita continuar el trámite con los activos de las subestaciones Termoflores y el Bosque.

Durante el análisis realizado por esta Comisión, se encontró que una UC, incluida en el inventario reconocido a la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P., no corresponde con el transformador de conexión al STN existente en la subestación Termoflores, situación que no se había advertido antes y por tal razón se propone incluir en esta actuación el respectivo ajuste.

Los activos que hacen parte de la solicitud de la electrificadora, los análisis sobre los activos a incluir en la actualización, y la propuesta de ajuste para la remuneración del transformador de conexión del STN se presentan en el documento CREG 041 de 2012 que sirve de soporte para esta resolución.

Dado que se da cumplimiento a lo previsto en la Resolución CREG 097 de 2008 se procede a aplicar la metodología contenida en la citada resolución y se realizan los ajustes pertinentes para el sistema operado por la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P.

Teniendo en cuenta lo expuesto, para el nivel de tensión 4 se obtienen las siguientes variables, expresadas en pesos de diciembre de 2007:

Costos AnualesCAAEj,nNCAAEj,nCAANEj,nCATj,nAOMj,n
Nivel de tensión 4107.266.859.7893.755.829.5394.551.930.262237.706.05447.505.138.352

Con base en lo anterior, se modificará el Costo Anual por el Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 y el Costo de Reposición de la Inversión del Nivel de Tensión 4, como se muestra en la parte resolutiva de este acto.

La Comisión, en Sesión número 529 del día 1o de agosto de 2012, acordó expedir la presente resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 2o de la Resolución CREG 110 de 2009, modificado por la Resolución CREG 086 de 2010 y la Resolución CREG 050 de 2011, el cual queda así:

“Artículo 2o. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente:

Costo Anual por el Uso de los ActivosPesos de diciembre de 2007
Nivel de Tensión 4 (CAj,4)198.826.438.745

ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 6o de la Resolución CREG 110 de 2009, modificado por la Resolución CREG 050 de 2011 el cual queda así:

“Artículo 6o. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión de la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, son los siguientes:

Costo de Reposición de InversiónPesos de diciembre de 2007
Para el Nivel de Tensión 4 (CRI j,4)830.563.327.767
Para el Nivel de Tensión 3 (CRI j,3)314.995.841.373
Para el Nivel de Tensión 2 (CRI j,2)1.232.470.192.286
Para el Nivel de Tensión 1 (CRI j,1)919.981.165.431

ARTÍCULO 3o. RECURSOS. La presente resolución deberá notificarse a la Electrificadora del Caribe S. A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 1o de agosto de 2012.

El Presidente,

TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA,

Viceministro de Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

GERMÁN CASTRO FERREIRA.

×