RESOLUCIÓN 501 098 DE 2024
(diciembre 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
Diario Oficial No. 53.034 de 18 de febrero de 2025
Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 21 de febrero de 2025
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
Por la cual se establecen las metas de calidad media para el sexto año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018 para la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 y 101 032 de 2022, 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024.
En el artículo 10 de la Resolución CREG 015 de 2018 se establece que “Para los SDL la calidad del servicio de distribución prestado por un OR se evaluará anualmente en términos de la calidad media brindada a los usuarios conectados a estos niveles de tensión, comparándola con las metas establecidas para cada OR. En función de las mejoras o desmejoras en la calidad media del servicio prestado respecto de las metas establecidas, el OR podrá obtener un aumento o disminución de sus ingresos y deberá compensar a los usuarios a quienes no les entregue una calidad mínima, definida por la CREG para cada grupo de calidad, con base en la metodología descrita en el Capítulo 5”.
En la Resolución CREG 137 de 2019 se establecieron las metas anuales de calidad media para los indicadores de duración y frecuencia de eventos de los primeros cinco años del periodo tarifario de aplicación de las disposiciones establecidas mediante la Resolución CREG 015 de 2018, para la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P.
En el numeral 5.2.3.2.1 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, con respecto a las metas de calidad media, se estableció que “Después del año 5 del periodo tarifario, la CREG estimará y publicará, mediante circular, las metas de calidad anual de cada OR hasta que se expida una nueva regulación.”
Mediante la Circular CREG 053 de 2024 se establecieron los criterios y consideraciones para la definición de las metas de calidad media para los años sexto y séptimo de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.
En el numeral 3.1 del anexo, de la mencionada circular, se establecen las consideraciones para el cálculo de las metas de calidad media del sexto año del periodo tarifario.
En el numeral 5 del mismo anexo se estableció que “Las metas de los años sexto y séptimo del periodo tarifario serán aprobadas a cada OR mediante resolución particular que se expida con base en las disposiciones contenidas en el presente documento. Para ello la Comisión iniciará las respectivas actuaciones administrativas de oficio.”
Mediante el Auto 325 del 13 de septiembre de 2024 la CREG inició de oficio la actuación administrativa para la definición de las metas de los indicadores de calidad media del sexto año del periodo tarifario, para la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P.
Con base en la regulación vigente y disposiciones antes mencionadas, la CREG realizó el cálculo de las metas de calidad media para el año sexto del periodo tarifario de aplicación de las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 015 de 2018, para la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P.
Conforme con lo expuesto, la CREG, en su sesión 1362 del 12 de diciembre de 2024, acordó expedir esta resolución.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. META PARA EL INDICADOR DE DURACIÓN DE EVENTOS. La meta de calidad media del indicador de duración de eventos, SAIDI_Mj,t, para el sexto año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, de la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P. es la siguiente:
Tabla 1. Meta del indicador de duración, para el sexto año. [horas]
| Año del periodo tarifario | SAIDI_Mj,t | Banda de indiferencia | |
| Límite inferior | Límite superior | ||
| t=6 | 8,961 | 9,006 | 8,916 |
ARTÍCULO 2. META PARA EL INDICADOR DE FRECUENCIA DE EVENTOS. La meta de calidad media del indicador de frecuencia de eventos, SAIFI_Mj,t, para el sexto año de periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, de la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P. es la siguiente:
Tabla 2. Meta del indicador de frecuencia, para el sexto año. [veces]
| Año del periodo tarifario | SAIFI_Mj,t | Banda de indiferencia | |
| Límite inferior | Límite superior | ||
| t=6 | 9,000 | 9,045 | 8,955 |
ARTÍCULO 3. VIGENCIA. La presente resolución deberá notificarse a la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a 12 días de diciembre de 2024.
ANDRÉS CAMACHO MORALES
Ministro de Minas y Energía
Presidente
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Director Ejecutivo