RESOLUCIÓN 145 DE 2018
(diciembre 21)
Diario Oficial No. 50.814 de 21 de diciembre de 2018
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución “Por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 125 de la Ley 1940 de 2018, en relación con la aplicación de los subsidios a los usuarios de estratos 1 y 2 de los servicios de energía eléctrica y gas combustible por redes de tubería”.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO QUE:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 8o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el artículo 9o del Decreto 2696 de 2004, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.
La Ley 1940 de 2018 y por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019” dispone en su artículo 125 lo siguiente:
“Artículo 125. Subsidios de energía eléctrica y gas. Los subsidios establecidos en el artículo 3o de la Ley 1117 de 2006, prorrogados por el artículo 1o de la Ley 1428 de 2010, asimismo por el artículo 76 de la Ley 1739 de 2014, y por el artículo 17 de la Ley 1753 de 2015, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2019”.
Esta disposición prorroga nuevamente el plazo de la aplicación de los subsidios en los servicios de energía eléctrica y gas para los estratos 1 y 2 con respecto al establecido en el artículo 76 de la Ley 1739 de 2014, lo que implica la necesidad de un ajuste regulatorio a fin de implementar y aplicar dicha normativa.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 894 de diciembre 21 de 2018, aprobó hacer público el proyecto de resolución “Por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 125 de la Ley 1940 de 2018, en relación con la aplicación de los subsidios a los usuarios de estratos 1 y 2 de los servicios de energía eléctrica y gas combustible por redes de tubería”.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Hágase público el proyecto de resolución “Por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 125 de la Ley 1940 de 2018, en relación con la aplicación de los subsidios a los usuarios de estratos 1 y 2 de los servicios de energía eléctrica y gas combustible por redes de tubería”.
ARTÍCULO 2o. Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que remitan sus observaciones o sugerencias durante los dos (2) días hábiles siguientes posteriores a la publicación del proyecto en la página web de la Comisión.
ARTÍCULO 3o. Infórmese en la página web la identificación de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podrá solicitar información sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o sugerencias, y los demás aspectos previstos en el artículo 10 del Decreto 1078 de 2015.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución no deroga disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2018.
El Presidente,
Diego Mesa Puyo,
Viceministro de Energía, Delegado de la Ministra de Minas y Energía.
La Directora Ejecutiva (E),
María Claudia Alzate Monroy.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 125 de la Ley 1940 de 2018, en relación con la aplicación de los subsidios a los usuarios de estratos 1 y 2 de los servicios de energía eléctrica y gas combustible por redes de tubería.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142, 143 de 1994 y 1753 de 2015, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013.
CONSIDERANDO QUE:
De conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley 142 de 1994, corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible.
El artículo 14.29 de la Ley 142 de 1994 define el “subsidio” como la “diferencia entre lo que se paga por un bien o servicio, y el costo de éste, cuando tal costo es mayor al pago que se recibe”.
En cumplimiento del artículo 116 de la Ley 812 de 2003, la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió las Resoluciones CREG 108 de 2003 y 040 de 2004, para el otorgamiento de subsidios en la forma dispuesta en dicha ley.
Así mismo, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3o de la Ley 1117 de 2006, la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió las Resoluciones CREG 001 de 2007 y 006 de 2007, para el otorgamiento de subsidios en la forma dispuesta en dicha ley.
Posteriormente mediante la Ley 1428 de 2010, se modificó el artículo 3o de la Ley 1117 de 2006 y la CREG mediante la Resolución CREG 186 de 2010 incorporó lo dispuesto en dicha ley.
La Resolución CREG 186 de 2013 modificó lo establecido en la Resolución CREG 186 de 2010 para el servicio de gas combustible por redes de tubería teniendo en cuenta que mediante la Resolución CREG 137 de 2013 se definieron las fórmulas tarifarias aplicables al servicio de gas combustible por redes de tubería.
Luego el Congreso de la República mediante la Ley 1739 de 2014 “Por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la Ley 1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión y se dictan otras disposiciones en el artículo 76 prorrogaba lo estipulado en la Ley 1428 de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2015 y se hizo necesario ampliar la vigencia de la aplicación de la Resolución CREG 186 de 2010, modificada por la Resolución CREG 186 de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2015, lo cual se realizó a través de la Resolución CREG 186 de 2014.
Posteriormente mediante el artículo 17 de la Ley 1753 de 2015 y por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país” se determinó que los subsidios establecidos en el artículo 3o de la Ley 1117 de 2006, prorrogados a su vez por el artículo 1o de la Ley 1428 de 2010 y por el artículo 76 de la Ley 1739 de 2014, se prorrogan, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2018.
De acuerdo con lo dispuesto en la anterior norma mediante la Resolución CREG 241 de 2015 se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1753 de 2015, en relación con la aplicación de los subsidios a los usuarios de estratos 1 y 2 de los servicios de energía eléctrica y gas combustible por redes de tubería y amplió la vigencia de la aplicación de la Resolución CREG 186 de 2010 modificada por la Resolución CREG 186 de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2018.
Ahora nuevamente la Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018 “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019” dispone en su artículo 125 lo siguiente:
“Artículo 125. Subsidios de energía eléctrica y gas. Los subsidios establecidos en el artículo 3o de la Ley 1117 de 2006, prorrogados por el artículo 1o de la Ley 1428 de 2010, asimismo por el artículo 76 de la Ley 1739 de 2014, y por el artículo 17 de la Ley 1753 de 2015, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2019”.
Conforme a lo dispuesto en la Ley 1940 de 2018 se hace necesario prorrogar nuevamente el plazo de la vigencia de la aplicación de la Resolución CREG 186 de 2010, modificada por la Resolución CREG 186 de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2019.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Prorrogar la vigencia de la aplicación de la Resolución CREG 186 de 2010 modificada por la Resolución CREG 186 de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN. La presente resolución regirá desde su publicación en el Diario Oficial y perderá su vigencia el 31 de diciembre de 2019, cuando termine el período de aplicación de los subsidios previsto en la Ley 1940 de 2018.
Publíquese y cúmplase.
Firmas del proyecto,
El Presidente,
Diego Mesa Puyo,
Viceministro de Energía, Delegado de la Ministra de Minas y Energía.
La Directora Ejecutiva (E),
María Claudia Alzate Monroy.