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RESOLUCIÓN 101 105 DE 2026

(abril 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la CREG: 14 de mayo de 2026>

Diario Oficial No. 53.491 de 15 de mayo de 2026

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Por la cual se actualiza el reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del administrador de la subasta para la asignación de obligaciones de energía firme

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de las facultades legales conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y por los decretos 1524 y 2253 de 1994, 1260 de 2013 y 1073 de 2015

CONSIDERANDO QUE:

Por mandato del artículo 334 de la Constitución Política corresponde al Estado la dirección general de la economía, para lo cual intervendrá, por disposición de la ley, entre otros asuntos, en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía en un marco de sostenibilidad fiscal, buscando el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano.

El artículo 365 de la Constitución Política establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y es deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

De conformidad con la Ley 142 de 1994, artículo 3o numeral 3, la regulación de los servicios públicos es una forma de intervención del Estado en la economía.

Según la Ley 142 de 1994, artículo 74, son funciones y facultades especiales de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, entre otras, las de regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente; propiciar la competencia en el sector de minas y energía y proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia; y establecer criterios para la fijación de compromisos de ventas garantizadas de energía y potencia entre las empresas eléctricas y entre éstas y los grandes usuarios.

La ley 142 de 1994, artículo 74, también le asignó a la CREG, la función de expedir el Reglamento de Operación para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía.

Según la Ley 143 de 1994, artículo 4o, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos.

El artículo 20 de la Ley 143 de 1994 definió como objetivo fundamental de la regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio, para lo cual, deberá promover la competencia y crear y preservar las condiciones que la hagan posible.

Para el cumplimiento del anterior objetivo, el artículo 23 de la Ley 143 de 1994, le atribuyó a la CREG, entre otras, las siguientes funciones:

- Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia, para lo cual, la oferta eficiente, en el sector eléctrico, debe tener en cuenta la capacidad de generación de respaldo.

- Valorar la capacidad de generación de respaldo de la oferta eficiente.

- Definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía.

Determinar las condiciones para la liberación gradual del mercado hacia la libre competencia.

La CREG en desarrollo de los objetivos y funciones señalados, mediante la Resolución CREG 071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista.

En la Resolución CREG 101 024 de 2022 se definen, organizan y centralizan los procedimientos para la realización de las subastas del cargo por confiabilidad, así como, se actualiza el Reglamento de la Subasta para la asignación de Obligaciones de Energía Firme, OEF, contenido en el Anexo 10 de la Resolución CREG 071 de 2006. De las modificaciones se destaca que se estableció el Sistema Unificado de Información para los procesos de asignación de OEF del Cargo por Confiabilidad, SUICC.

El literal l) del numeral 1) del Capítulo 1 del Anexo 2o de la Resolución CREG 101 024 de 2022 indica que: "El Administrador de la Subasta podrá elaborar los reglamentos que considere necesarios para llevar a cabo las actividades encomendadas, los cuales deberán ser puestos a consideración de la CREG para su aprobación a más tardar en el día D más noventa (90) días hábiles. En especial, deberá establecer la estructura computacional y de comunicaciones requerida por los agentes, y que sean necesarias para su acceso al sistema de recepción de ofertas."

En la Resolución CREG 101 032 de 2023 se actualizó el reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del administrador de la subasta para la asignación de obligaciones de energía firme teniendo en cuenta la implementación del SUICC.

Mediante la Resolución CREG 101 079 de 2025 la Comisión decidió convocar una subasta de expansión para la asignación de OEF para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2029 y el 30 de noviembre de 2030.

De conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 101 024 de 2022, mediante comunicación con radicado CREG E2026002425, el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista presentó a la Comisión, para su aprobación el reglamento con los procedimientos operativos y técnicos, realizando ajustes considerando lo dispuesto en la Resolución CREG 101 079 de 2025, así como, precisiones menores en los procedimientos establecidos.

Mediante el Proyecto de Resolución CREG 701 120 de 2026 la Comisión hizo público el proyecto de Resolución "Por la cual se actualiza el reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del administrador de la subasta para la asignación de obligaciones de energía firme".

Los análisis que soportan la decisión de la Comisión y el análisis y atención de los comentarios se encuentran en el Documento CREG 901 364 de 2026.

Diligenciado el cuestionario de que trata el artículo 2.2.2.30.5 del Decreto 1074 de 2015, se encontró que el ajuste regulatorio propuesto no tiene incidencia sobre la libre competencia, por lo cual no fue informado a la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC.

Por lo anterior, la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión No. 1454 del 30 de abril de 2026 se acordó expedir esta resolución.

En consecuencia,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN DEL REGLAMENTO CON LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS Y TÉCNICOS DEL ADMINISTRADOR DE LA SUBASTA PARA ASIGNACIÓN DE OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME. Aprobar el reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del Administrador de la Subasta para asignación de Obligaciones de Energía Firme (OEF) que el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista (ASIC), en su calidad de Administrador de la Subasta presentó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

El Administrador de la Subasta deberá dar aplicación al reglamento que se publica anexo a esta resolución.

ARTÍCULO 2o. DEROGATORIA. Se deroga la Resolución CREG 101 032 de 2023.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 30 días el mes de abril de 2026.

Presidente

VICTOR JOSE PATERNINA NOVOA
Viceministro de Energía

Antonio jimenez rivera

Director Ejecutivo

REGLAMENTO SUBASTA ASIGNACIÓN DE OEF 1 DE DICIEMBRE DE 2029 HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2030.

XM S.A. E.S.P

Abril, 2026

Introducción

XM COMPAÑÍA DE EXPERTOS EN MERCADOS S.A. E.S.P., en su calidad de Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales -ASIC-, para dar cumplimiento a sus responsabilidades y deberes como Administrador de la Subasta para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme -OEF-, publica el siguiente Reglamento, dando cumplimiento a lo dispuesto en el literal l del numeral 1 del Capítulo 1 del Anexo 2o de la Resolución CREG 101 024 de 2022:

"El Administrador de la Subasta podrá elaborar los reglamentos que considere necesarios para llevar a cabo las actividades encomendadas, los cuales deberán ser puestos a consideración de la CREG para su aprobación a más tardar en el día D más noventa (90) días hábiles. En especial, deberá establecer la estructura computacional y de comunicaciones requerida por los agentes, y que sean necesarias para su acceso al sistema de recepción de ofertas."

El presente Reglamento para la realización de la Subasta de OEF tiene por objeto establecer los procedimientos operativos y técnicos que deben considerar y aplicar los Participantes que, conforme a la regulación vigente, aspiren a recibir asignaciones de OEF en la Subasta del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2029 y el 30 de noviembre de 2030 convocada mediante la Resolución CREG 101 079 de 2025.

El documento contiene inicialmente las definiciones de los términos técnicos de mayor uso, los cuales requieren un entendimiento común por parte de todos los Participantes de la Subasta. Posteriormente se detalla la información y la documentación que debe ser entregada por los Participantes en los plazos establecidos en el Cronograma del Administrador de la Subasta, el cual se publica para tal efecto. Además, se describen los requisitos técnicos para el funcionamiento que deben tener las estaciones de trabajo desde las cuales los Participantes de la Subasta accederán al Sistema de Recepción de Ofertas.

Contenido

1. Definiciones

2. Documentos de participación

3. Validación de ENFICC en el SUICC

4. Requisitos operativos del Sistema de Recepción de Ofertas - SRO (para los Participantes)

5. Proceso de Subasta de Sobre Cerrado

6. Mecanismos alternos para la presentación de ofertas

6.1. Mecanismo excepcional de contingencia para la recepción de ofertas ante incidente cibernético del Participante

7. Soporte técnico y canales de comunicación

8. Plan de contingencia

Anexo 1 – Cronograma del Administrador de la Subasta

1. Definiciones

Administrador de la Subasta: El Administrador de la Subasta es XM S.A. E.S.P. en desarrollo de sus actividades como Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales -ASIC-.

Auditor de la Subasta: Persona natural o jurídica contratada por el Administrador de la Subasta con el objeto de verificar la correcta aplicación de la regulación vigente para el desarrollo de la Subasta y el adecuado funcionamiento del Sistema de Recepción de Ofertas y demás funciones que establezca la normatividad vigente en el marco de la realización de la Subasta para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme, en particular la Resolución CREG 101 024 de 2022, la Resolución CREG 071 de 2006 y la Resolución CREG 101 079 de 2025 y todas aquellas que las modifiquen, adicionen, complementen o sustituyan.

CAPTCHA: Sistema de validación por imágenes que muestra en un formulario de ingreso una imagen con un conjunto de caracteres, el cual debe ser visualizado y digitado en un campo del formulario. El conjunto de caracteres está desfigurado de tal forma que sea difuso para que lo entienda un programa OCR (del inglés Optical Character Recognition - Reconocimiento óptico de caracteres) y natural para un humano.

Clave o password: Combinación de letras y/o signos que permitirán a los Participantes de la Subasta el acceso seguro al Sistema de Recepción de Ofertas para la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme.

Cronograma del Administrador de la Subasta: Establece las fechas para la entrega de la información y documentación por parte de los Participantes y hace parte del presente reglamento. El Cronograma puede consultarse en los siguientes sitios:

- En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona "Subasta Primaria", "OEF 2029-2030" y la carpeta "Cronograma".

- En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción "Reportes y documentos", en la pestaña "Documentos", seleccionar el mecanismo "Subasta Primaria" y en Período asignar/verificar elegir "Periodo Diciembre 2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025". Dar clic en botón "Aplicar búsqueda" y aparecerá entre los documentos publicados el "Cronograma-Obligaciones y Plazos-SubastaCxC_2029-2030".

El cronograma, los formatos y documentos definidos en el presente Reglamento hacen parte integral del mismo y deben ser consultados permanentemente por cuanto pueden ser modificados o ajustados.

Equipo computacional y de comunicaciones del Participante: Todo el hardware, software, periféricos de telecomunicaciones o relacionado con cualquiera de éstos disponible por el Participante, compatible con el Sistema de Recepción de Ofertas de la Subasta de tal manera que le permita operar bajo condiciones normales de funcionamiento en los términos del presente reglamento.

Formatos: Archivos estándar publicados por el Administrador de la Subasta para facilitar el intercambio de comunicaciones entre los Participantes y el Administrador de la Subasta a través del SUICC.

Informe de habilitados: Comunicación del Administrador de la Subasta a través del SUICC en la cual se le informa a las personas naturales o jurídicas representantes de plantas y/o unidades de generación aspirantes a participar en la Subasta, que han cumplido los requisitos establecidos en la normatividad vigente y que por tanto se encuentran habilitados para participar en la misma. En dicha comunicación se le informará al habilitado: i) la ENFICC máxima para el caso de plantas nuevas; ii) la ENFICC no comprometida para plantas especiales, existentes con obras y existentes; iii) La cantidad de Energía Amparada por la Garantía de participación, EAG, de la planta y/o unidad.

Oferentes: Son los Participantes debidamente habilitados, que de acuerdo con la regulación vigente pueden presentar ofertas de precio y ENFICC en la Subasta Primaria.

Participantes: Se entenderá por Participantes en una Subasta del Cargo por Confiabilidad aquellos agentes registrados en el Mercado Mayorista de Energía que representen plantas de generación, así como personas naturales o jurídicas que representen proyectos de generación que aspiren a recibir asignaciones de Obligaciones de Energía Firme - OEF.

Sistema de Recepción de Ofertas (SRO): Plataforma tecnológica basada en protocolos de Internet, a la que se accede a través del SUICC y se utiliza para presentar la función de oferta de ENFICC.

SUICC: Sistema Unificado de Información para los procesos de asignación de OEF del Cargo por Confiabilidad, de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 101 024 de 2022. Este sistema está alojado en la dirección web https://suicc.xm.com.co. El manual de usuario del SUICC puede consultarse en los siguientes sitios:

- En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona "Documentos SUICC" y elige el documento "Manual de usuario SUICC XM".

- En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción "Manuales y lineamientos", seleccionar "Manual de usuario SUICC".

Tarjeta de códigos: Documento que, por medio de la validación de posiciones con diferentes números de identificación, facilita al Administrador de la Subasta la identificación de los Participantes para el ingreso al sistema de la Subasta o para la identificación en los mecanismos alternos que se definan.

2. Documentos de participación

Para participar en la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme los aspirantes deberán suministrar a través del SUICC la siguiente información y adjuntar los documentos requeridos dentro del plazo definido en el cronograma establecido en las Resoluciones CREG 101 024 de 2022, CREG 101 079 de 2025, CREG 101 092 de 2025 y las demás que la modifiquen y en el cronograma del Administrador de la Subasta:

a. Registrarse en el SUICC:

Para registrarse en el SUICC, el interesado deberá suministrar nombre completo, correo electrónico, teléfono de contacto, asignar un nombre de usuario y contraseña. El registro como usuario del SUICC le permite recibir notificaciones sobre los diferentes procesos de asignación de OEF, en aplicación de lo definido en el Parágrafo 2 del Artículo 8o de la Resolución CREG 101 024 de 2022.

b. Registrarse en el Mecanismo de Asignación de OEF del SUICC:

Esta actividad está definida en el SUICC para aquellas personas naturales o jurídicas que quieran participar en los mecanismos de asignación de OEF del Cargo por Confiabilidad. El registro en el SUICC es el resultado exitoso de la aplicación de lo establecido en el Artículo 8o de la Resolución CREG 101 024 de 2022. Posterior a este registro debe elegirse en el SUICC el mecanismo Subasta Primaria – Agosto 2025, que corresponde a la Subasta de asignación de las obligaciones de energía firme del cargo por confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2029 y el 30 de noviembre de 2030. Es importante mencionar que los Participantes que representen plantas y/o unidades de generación nuevas, especiales, o existentes con obras deben considerar en el registro en el SUICC el plazo definido en el literal c del Artículo 5o de la Resolución CREG 101 079 de 2025. Se considera parte del registro la actualización oportuna de cualquier cambio de los datos suministrados, para lo cual se pueden utilizar las opciones de actualización en el SUICC.

Para este registro los interesados deberán suministrar la siguiente información y documentos a través del SUICC:

-- Nombre completo de la empresa, NIT, sigla (tal como aparece en el Certificado de Existencia y Representación Legal) y datos básicos de la empresa como ubicación y teléfono.

-- Declarar si ya es una empresa registrada en el ASIC como agente del Mercado de Energía Mayorista.

-- Información del representante legal (nombre, documento de identificación, teléfono de contacto y correo electrónico).

-- Adjuntar copia del documento de identidad del representante legal.

-- Certificado de Existencia y Representación Legal:

La persona jurídica colombiana deberá adjuntar un Certificado de Existencia y Representación Legal (CERL) expedido por la entidad competente, con una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario. Es fundamental que dicho certificado acredite la renovación vigente de la matrícula mercantil, conforme a los siguientes criterios:

1. CERL presentado hasta el 31 de marzo de 2026: se aceptará como válida la renovación correspondiente al año 2025.

2. CERL presentado a partir del 1 de abril de 2026: únicamente se recibirán certificados en los que conste que la persona jurídica renovó su matrícula mercantil para el año en curso.

Estos requisitos se aplican en cumplimiento de lo establecido en el artículo 33 del Código de Comercio.

La persona jurídica extranjera deberá acreditar su existencia y Representación Legal conforme a la legislación de su país de origen, con documentos cuya expedición no sea superior a treinta (30) días calendario. El Poder otorgado en el exterior, si se actúa mediante apoderado y cualquier otro documento público que se aporte, deberán ser apostillados o legalizados mediante el trámite Consular y del Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme a lo establecido en el artículo 480 del Código de Comercio. Si estos documentos son expedidos en lengua diferente al Castellano, se deberán presentar traducidos a éste por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia o por un traductor oficial.

-- Certificación de no figurar en listas para la prevención y control del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT):

Corresponde a una comunicación suscrita por el representante legal debidamente autorizado donde se certifique que la empresa que representa y quienes hacen parte de ella no figuran en alguna lista restrictiva en materia de lavado de activos y financiación del terrorismo. Adicionalmente, se deberá certificar que los recursos con los cuales se realiza el desarrollo de los proyectos no provienen de actividades ilícitas.

Para el cumplimiento de este requisito en el SUICC al momento del registro se construye un formato con esta certificación el cual llega al correo del Representante Legal para que lo firme a través de Docusign.

-- Autorización del órgano competente otorgada al Representante Legal para participar en la Subasta de OEF para la vigencia 2029-2030 en la que expresamente esté facultado para comprometer a la sociedad en cuantía ilimitada, lo anterior en caso de existir alguna limitación en el Certificado de Existencia y Representación Legal.

-- Autorización de representación de proyectos cuando el Participante no sea el propietario de la planta y/o unidad de generación con la cual se presenta. El Administrador de la Subasta le sugiere un formato, el cual debe ir acompañado por el Certificado de Existencia y Representación Legal del titular del proyecto, así como el Certificado de la UPME donde conste que el proyecto se encuentra registrado en Fase II o superior e incluya al titular del proyecto.

c. Nombrar Apoderado y Contactos activos

-- Otorgar Poder Especial:

En los casos en los cuales el Representante Legal desee actuar a través de un Apoderado, se le sugiere un formato para la realización de este poder, que deberá ser firmado por el representante legal, ya sea firma digital con certificación o manuscrita autenticada ante notario y si se trata de un notario del exterior, deberá estar debidamente apostillada -Convención de La Haya - o legalizada.

El poder debe indicar que el Apoderado cuenta con plenas facultades para participar en el proceso de Asignación de Obligaciones de Energía Firme para la vigencia 2029-2030, entre las cuales deben estar:

a. Adelantar, solicitar, tramitar, entregar y formalizar todas las gestiones que se requieran y sean necesarias, a fin de que todos los actos que ejecute y deba atender la sociedad representada, se lleven a cabo y se realicen en debida y legal forma.

b. Enviar la documentación asociada a la presentación de la Función de Oferta de ENFICC, sin límite de cuantía ni restricciones.

c. Representar al poderdante en todos los actos que se lleven a cabo durante el desarrollo de la Subasta.

d. Designar ante XM las personas que actuarán como Contactos Activos para la entrega de información y documentación para participar en la Subasta.

e. Realizar las actividades que se requieran para la participación en la Subasta de Asignación de las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad y que sean requeridas por la normatividad vigente, expedida por el Gobierno Nacional, por la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG–, Ministerio de Minas y Energía –MME - y por las demás autoridades correspondientes; o aquella normatividad que modifique, derogue o sustituya la ya existente.

-- Autorización de dos (2) contactos activos:

A través del SUICC, el Representante Legal, o apoderado, podrá autorizar dos (2) contactos activos previamente registrados para participar en mecanismos de asignación de OEF en el SUICC, para la entrega y/o recibo de toda la información y documentación de que tratan las Resoluciones CREG 101 024 de 2022 y 101 079 de 2025 para la Subasta de OEF del Cargo por Confiabilidad para el periodo de vigencia 2029-2030, incluyendo la presentación de la oferta el día de la Subasta.

Están autorizados para presentar la Función de Oferta de ENFICC a través del Sistema de Recepción de Ofertas, el representante legal del Participante o el Apoderado o sus contactos activos; siempre y cuando hayan asistido a la capacitación que el Administrador de la Subasta imparta en materia de manejo y operación del Sistema. Una vez cumplida la capacitación dictada por el Administrador de la Subasta, se suministrará a los asistentes las claves de acceso al Sistema de Recepción de Ofertas de la Subasta.

El Administrador de la Subasta solo tendrá comunicación, a través del SUICC o de los canales establecidos en el presente Reglamento, con el Representante Legal o Apoderado y con las dos (2) personas autorizadas por éste. Por lo tanto, no se realizará ningún intercambio de información con personal diferente al registrado previamente.

d. Capacitación en el Sistema de Recepción de Ofertas

Solo podrán ingresar al Sistema de Recepción de Ofertas, los representantes legales o apoderados y autorizados, que hayan asistido a la capacitación dada por el Administrador del Subasta en materia del manejo y operación del Sistema de Recepción de Ofertas.

El Administrador de la Subasta informará a través del SUICC el estado de cada uno de los trámites realizados en la plataforma, lo cual se realizará dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente o en el Cronograma del Administrador de la Subasta.

3. Validación de ENFICC en el SUICC

El Administrador de la Subasta validará con cada uno de los Participantes de la Subasta la información que será utilizada como valor de la ENFICC de la planta y/o unidad de generación que representan. Lo anterior se realizará al momento de finalizar los procesos de cálculo de:

- La ENFICC máxima por parte del Centro Nacional de Despacho –CND-.

- La ENFICC no comprometida por parte del Administrador del Sistema de Intercambios de Intercambios Comerciales -ASIC-.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Resolución CREG 101 024 de 2022, el CND calculará la ENFICC máxima de las plantas y/o unidades de generación Participantes. Así mismo, el ASIC calculará la ENFICC no comprometida conforme a lo establecido en los artículos 22 y 24 de la resolución antes mencionada, y la Resolución CREG 002 de 2019 y todas aquellas que adicionen, modifiquen o sustituyan. Una vez realizado el cálculo de la ENFICC, ya sea de la máxima o de la no comprometida, el CND o el ASIC-CND notificará a través del SUICC a los Participantes de la Subasta para su debida revisión en el SUICC:

- Validación de la ENFICC máxima:

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Resolución CREG 101 024 de 2022, el CND calculará la ENFICC máxima de las plantas y/o unidades de generación Participantes. Una vez realizado el cálculo de la ENFICC máxima, de acuerdo con el cronograma de actividades de la Subasta, se notificará a los Participantes de la Subasta a través del SUICC para la debida revisión del valor obtenido, así:

-- El Participante deberá ingresar al SUICC a la actividad establecida para validar la ENFICC Máxima y confirmar si tiene o no solicitudes de aclaración de la información para cada una de las plantas y/o unidades de generación que representa.

- Una vez se dé clic en "Realizar actividad" de la tarjeta NOTIFICACIÓN DE ENFICC MÁXIMA, se debe seleccionar la pestaña Gestionar la Actividad. Una vez allí, se listará una tabla con las plantas y los valores de ENFICC MÁXIMA y EDA notificados por XM

En la última columna aparece la pregunta "¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada?" Y las opciones SI y NO.

Las plantas a las que se les está notificando la ENFICC MÁXIMA, tendrán inicialmente el estado EN REVISIÓN, este estado corresponde al primer estado con el cual el CND está notificando el valor de ENFICC MÁXIMA y EDA (cuando aplique). A partir de este momento, debe iniciar la revisión por parte de los Participantes de la Subasta. Después de esto, un registro de NOTIFICACIÓN DE ENFICC MÁXIMA puede pasar por los siguientes estados:

- SOLICITUD DE ACLARACIÓN: Cuando quien representa a la planta responde SI a la pregunta ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada?

- ACLARADO: Cuando el CND responde a la solicitud de aclaración recibida por el representante de la planta.

- APROBADO: Cuando quien representa a la planta responde NO a la pregunta ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada?. Este es el valor que queda aprobado en esta actividad.

Para iniciar el proceso de solicitar aclaraciones a un registro de NOTIFICACIÓN DE ENFICC MÁXIMA se deben seguir los siguientes pasos:

Paso 1: En la columna ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada? Seleccionar la opción SI.

Paso 2: Diligenciar la información de la ventana emergente que se mostrará en pantalla, donde se debe ingresar el valor de ENFICC MÁXIMA propuesta, un campo de texto donde se deberá escribir la justificación y adicionalmente se tiene la opción de adjuntar un archivo. Finalmente darle clic en el botón SOLICITAR ACLARACIÓN.

¡TENER EN CUENTA! Si se tienen valores de EDA para informar en la solicitud de aclaración estos deberán ser ingresados en el campo TEXTO de la ventana emergente y/o anexando un archivo con esta información.

Paso 3: El registro cambiará automáticamente al estado SOLICITUD DE ACLARACIÓN.

Paso 4: Una vez el CND dé respuesta, el registro pasará al estado ACLARADO. Para ver el detalle de la respuesta se debe ingresar a la pestaña de GESTIÓN DE ACLARACIONES.

Paso 5: En el estado ACLARADO se habilita nuevamente la pregunta ¿Tienes solicitudes de aclaración acerca de la información presentada?, si todo se encuentra conforme se deberá seleccionar NO para que el registro pase automáticamente a estado APROBADO. De no ser así, se inicia nuevamente con los pasos anteriormente descritos.

¡IMPORTANTE! Una vez agotada la etapa de aclaraciones, el valor de ENFICC MAXIMA corresponde al valor que determina el CND a partir de las metodologías establecidas en la regulación. Por tanto, una vez vencidos los plazos correspondientes, los registros pasan automáticamente al estado APROBADO.

- Validación de la ENFICC no comprometida

El Administrador de la Subasta validará con cada uno de los Participantes de la Subasta, la información que será utilizada como valor de la ENFICC no comprometida de cada una de las plantas y/o unidades de generación que representa, lo cual se realizará al momento de finalizar los procesos de cálculo. Para tal efecto, el ASIC a través del SUICC notificará el valor para que se realice la correspondiente revisión.

El Participante deberá ingresar al SUICC a la actividad establecida para tal fin y confirmar si tiene o no solicitudes de aclaración de la información de ENFICC no comprometida para cada una de las plantas y/o unidades de generación que representa. La pantalla correspondiente a la actividad en el SUICC para la validación de la ENFICC no comprometida es del tipo:

Cuando el Participante solicita aclaración, deberá cargar el nuevo valor que considera de la ENFICC y describir las observaciones al valor calculado. Además, el Participante podrá adjuntar como soporte a la aclaración un documento. La pantalla en el SUICC para la aclaración será del tipo:

En los casos en los cuales se hayan solicitado aclaraciones y luego de que estas sean gestionadas por el Administrador de la Subasta, se le informará al Participante y éste deberá iniciar nuevamente el proceso de validación.

4. Requisitos operativos del Sistema de Recepción de Ofertas - SRO (para los Participantes)

Al Sistema de Recepción de Ofertas se ingresará a través del SUICC y será desplegado en infraestructura de alta disponibilidad de XM, adicionalmente cuenta con un certificado SSL que hace de este un sitio seguro https.

El sistema estará auditado por el Auditor de la Subasta en cuanto a pruebas de funcionalidad y de seguridad informática, de tal manera que los Participantes de la Subasta cuentan con un sistema confiable y seguro.

Los Participantes de la Subasta deberán disponer de la plataforma tecnológica requerida para la presentación de la Función de Ofertas de ENFICC. Las estaciones de trabajo deben tener como mínimo las siguientes características técnicas de hardware y software:

RequisitoRequerido
ComputadorProcesador Intel Core i3 (o superior) o equivalente de otro fabricante
Memoria (RAM)8 GB RAM o más
Disco (Hard disk)120 GB o más
Tarjeta de Red100 Mbps FastEthernet o superior
Sistema operativoWindows 10 (o superior)
Navegador de InternetChrome (versión 116.0.5845.96 o superior)
Microsoft Edge (versión 115.0.1901.203 o superior)
Firefox (versión 119.0.1 o superior)
Conexión a Internet5 Mbps o superior
Firma digital (Medio Alterno)Firma Digital Certificada

La conexión a internet es un requisito indispensable para realizar las Ofertas en el Sistema de Recepción de Ofertas, por lo tanto, será responsabilidad de los Participantes de la Subasta asegurar la conexión a internet y/o definir un plan de contingencia para dicha conexión.

Pruebas: El Administrador de la Subasta programará sesiones de trabajo previas a la Subasta, con el fin de verificar que el Sistema de Recepción de Ofertas tiene la conectividad necesaria con los equipos computacionales que tienen los Participantes.

El Administrador de la Subasta no es responsable de la infraestructura computacional y de comunicaciones de los Participantes, ni de su funcionamiento y soporte. Así mismo, el Participante será responsable directamente de la manipulación, cambio o modificación de los equipos dispuestos por él para la Subasta.

Configuración del navegador de internet. Se describe a continuación la configuración necesaria en el navegador de internet que deben tener los Participantes;

a) Deshabilitar el bloqueador de Pop Up del navegador para la dirección electrónica (URL) del sistema.

b) Bloqueadores de Pop Up de terceros (Google, MSN, Yahoo, Otros) deshabilitados para la dirección electrónica (URL) del sistema.

c) JavaScript del navegador Habilitado.

Mecanismos de autenticación. Para el ingreso al SRO se han definido cuatro (4) mecanismos de seguridad, los cuales deben ser realizados completa y correctamente por los Participantes para ingresar las Ofertas en la Subasta. Las validaciones de seguridad de ingreso al Sistema que se realizarán corresponden a: usuario, tarjeta de códigos, contraseña, y captcha.El Administrador de la Subasta suministrará los dos primeros ítems a través del SUICC. La contraseña la suministrará el SRO en el primer ingreso, usando la opción "Recordar contraseña".

La tarjeta de códigos es un conjunto de 20 números de 4 dígitos, únicos para cada usuario Participante, el código solicitado por el Sistema de Recepción de Ofertas es aleatorio y cambiante para cada ingreso al sistema. El Captchaes un mecanismo que permite identificar mediante el ingreso de imágenes que quien ingresa es una persona, el Participante deberá ingresar el texto de la imagen en un campo para realizar el ingreso al sistema, el captcha puede ser generado múltiples veces por el Participante antes de ingresarlo al Sistema.

Claves de acceso al sistema. El Administrador de la Subasta enviará los datos correspondientes a usuario y tarjeta de códigos al Representante Legal y a las personas autorizadas que hayan participado en la Capacitación del manejo del Sistema de Recepción de Ofertas. El envío de esta información se hará a más tardar con dos (2) días hábiles de anticipación a la fecha establecida para la realización de la Subasta.

Se entregará, al Representante Legal o Apoderado y a los Contactos Activos del Participante que se encuentre habilitado, una tarjeta con Códigos la cual contendrá números de identificación que se deberán digitar para ingresar al Sistema de Recepción de Ofertas. Este Participante tendrá la obligación de mantener bajo su exclusiva responsabilidad y estrictos estándares de seguridad y confidencialidad las claves de acceso al Sistema de Recepción de Ofertas y las tarjetas entregadas por el Administrador de la Subasta.

Mensajes de datos: Los mensajes que se intercambien a través del Sistema de Recepción de Ofertas se entienden como mensajes de datos de conformidad con la Ley de Comercio Electrónico en Colombia y sus decretos reglamentarios.

Mecanismos de firma electrónica: El Sistema de Recepción de Ofertas tiene establecido los mecanismos de seguridad descritos en el presente Reglamento, los cuales a su vez, permiten la identificación de los Participantes en relación con los mensajes de datos que estos emitan; lo anterior, toda vez que, se entiende que dichos mecanismos, de forma individual o en su conjunto, constituyen la firma electrónica de los Participantes según los términos de la Ley de Comercio Electrónico en Colombia y sus decretos reglamentarios, y por tanto, los Participantes declaran que aceptan que cualquier mensaje de datos que se genere dentro o con ocasión del Sistema de Recepción de Ofertas, provienen exclusivamente de los códigos asignados por este Sistema de Recepción de Ofertas al Participante, pues las condiciones de uso de la firma electrónica son confiables y apropiadas para los fines de los mensajes de datos a los que hace referencia este Reglamento.

El Administrador de la Subasta se reserva el derecho a suspender o limitar la interacción con el Participante en caso de que se identifique o conozca una situación asociada con un incidente cibernético que lo esté afectando, lo cual podría poner en peligro la información de la Subasta o los datos de los demás Participantes.

En caso de que sea el Administrador de la Subasta el afectado por un incidente cibernético se procederá con la activación del plan de respuesta ante incidentes de seguridad de la información y ciberseguridad para atender la situación. Con base en ello se evaluará la pertinencia de aplicar el artículo 11 de la Resolución CREG 101 079 de 2025 relacionado con fallas en el SUICC y/o en el Sistema de Recepción de Ofertas.

5. Proceso de Subasta de Sobre Cerrado

La Subasta de Asignación de las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre diciembre 1 de 2029 y noviembre 30 de 2030 será de sobre cerrado y de precio único; el Sistema de Recepción de Ofertas estará habilitado para la recepción de la Función de Oferta de ENFICC, así:

a) Hora Inicio: 9:00 horas en Colombia.

b) Hora de Cierre: 14:00 horas en Colombia.

Se recomienda a los Participantes hacer la oferta en las primeras horas de tal forma que se tenga tiempo de recurrir a los mecanismos alternos en caso de que se presenten contingencias en el Sistema de Recepción de Ofertas, según se explica en el capítulo 6 de este reglamento. Sin perjuicio de lo anterior, la hora de cierre del Sistema de ofertas es la establecida en el literal b) y no podrá ser modificada en ningún caso, salvo los contemplados en la normatividad vigente, tal como el establecido en el artículo 11 de la Resolución CREG 101 079 de 2025, mediante la cual se convocó la Subasta.

El día de recepción de ofertas será informado con dos (2) días hábiles de anticipación por el Administrador de la Subasta a través del SUICC al Representante Legal o apoderado, y a los contactos activos del Participante habilitado, tal como lo establece el literal g del numeral 1 del anexo 2o de la Resolución CREG 101 024 de 2022.

Sólo podrán participar en la Subasta de Asignación de OEF 2029-2030 los Participantes que hayan cumplido con los requisitos legales y técnicos establecidos en la reglamentación vigente y en el presente Reglamento; es decir, a quienes se les otorgue la condición de habilitados de la que trata el Artículo 30 de la Resolución CREG 101 024 de 2022.

Oferentes:

Los Participantes que tienen la posibilidad de presentar la Función de Ofertas de ENFICC con Precio y Cantidad de Energía Firme ENFICC en el Sistema de Recepción de Ofertas son aquellos que representen:

1- Plantas o unidades de generación nuevas o,

2- Plantas o unidades de generación existentes que deseen presentar obras adicionales que no se han iniciado a la fecha de la Subasta, para clasificar y participar como plantas especiales con cierre de ciclo o por repotenciación, o como plantas existentes con obras.

Adicionalmente, los Participantes que representen Plantas o unidades de generación Existentes o Plantas o unidades existentes y existentes con obras y especiales que iniciaron sus obras antes de la Subasta, quienes no están habilitados para presentar la función de Ofertas de ENFICC con Precio y Cantidad de Energía Firme ENFICC, tendrán acceso al Sistema de Recepción de Ofertas para validar la información de sus plantas o unidades de generación.

Ofertas:

Los oferentes deberán presentar a través del Sistema de Recepción de Ofertas una Función de Oferta que cumpla lo establecido en la Regulación vigente según el tipo de planta, la cual deberá contener:

a) La Cantidad de Energía Firme ENFICC expresada en kilovatios horas día [kWh-día]. La cantidad solo se debe ingresar en número entero, no admite decimales.

b) La Oferta de precio de la Energía Firme en dólares de los Estados Unidos de América por megavatio hora [USD/MWh], con una cifra decimal.

El sistema no admitirá la presentación de la Función de Oferta de ENFICC que no cumpla con las condiciones establecidas en la reglamentación. En estos casos el sistema le hará el aviso correspondiente.

El Proponente deberá haber revisado previamente, el instructivo de ingreso al Sistema de Recepción de Ofertas denominado "Manual_UsuarioSRO.pdf", publicado a más tardar en la fecha prevista en el cronograma del administrador de la Subasta, en los siguientes sitios:

- En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona "Subasta Primaria", "OEF 2029-2030", en la carpeta "Manuales y Procedimientos", aparecerá el documento: "ManualUsuarioSRO.pdf".

- En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción "Reportes y documentos", en la pestaña "Documentos", seleccionar el mecanismo "Subasta Primaria" y en Período asignar/verificar elegir "Periodo Diciembre 2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025". Dar clic en botón "Aplicar búsqueda" y en el filtro Tipo de documento elegir "Manual", de esta forma aparecerá entre los documentos publicados: "ManualUsuarioSRO".

Durante el periodo de recepción de Ofertas y siempre que en las comunicaciones exista la posibilidad del uso del Sistema de Recepción de Ofertas, éste será el medio de comunicación desde el Administrador de la Subasta. El Sistema cuenta con funcionalidades de mensajería con la cual el Administrador de la Subasta informará a los Participantes en la Subasta los aspectos relevantes de la misma.

Oferta definitiva: Durante el período de recepción de ofertas los Oferentes podrán ingresar información cuantas veces lo consideren necesario, no obstante, se considerará que la Oferta definitiva corresponderá al último dato ingresado por el Oferente a través del Sistema de Recepción de Ofertas dentro del período de recepción de ofertas.

En caso de que el Oferente haga uso de los mecanismos alternos que se definen en el presente reglamento, se tendrá como oferta definitiva la última comunicación entregada a través del sistema SUICC o del último correo electrónico recibido en el buzón soportesubasta@xm.com.co debidamente firmado con firma digital certificada. En el caso en que el Oferente haga uso del Mecanismo excepcional de contingencia, posible únicamente ante incidente cibernético definido en este reglamento, se tendrá como oferta definitiva el último registro de la oferta en el Sistema de Recepción de Ofertas que realizó el Administrador de la Subasta.

Cuando un oferente realice la Oferta a través del Sistema de Recepción de Ofertas y también haga uso de los mecanismos alternos o del mecanismo excepcional ante incidente cibernético, se tendrá como oferta definitiva la última realizada cronológicamente.

Registro: De las transacciones realizadas en el Sistema de Recepción de Ofertas, se realiza un registro en bases de datos que será almacenado por el mismo Sistema.

La fecha y hora oficial válida para todos los efectos del Sistema de Recepción de Ofertas, será la que registre el servidor central del Administrador de la Subasta. El servidor registrará el día y la hora exacta (HH:MM:SS:MS) en que se efectúe cualquier transacción. Para los mecanismos alternos establecidos en este Reglamento, la hora de Registro para la Oferta de ENFICC enviada, será la hora del ingreso de la Oferta al Sistema de Recepción de Ofertas por parte del Administrador de la Subasta.

Validación de información. A más tardar un (1) día hábil antes de la fecha de realización de la Subasta, todos los Participantes deberán ingresar al Sistema de Recepción de Ofertas para verificar y confirmar la información correspondiente a sus plantas o unidades de generación que será utilizada en el proceso de Subasta. El Participante deberá confirmar a través del Sistema de Recepción de Ofertas que está de acuerdo con la información correspondiente a:

a) Plantas o unidades de generación representadas por el Participante.

b) ENFICC de las Plantas o unidades de generación.

c) Periodo de vigencia de la Obligación para cada una de las Plantas o unidades de generación.

d) Tipo de planta.

En caso de que el Participante encuentre inconsistencias en la información, deberá notificarlo inmediatamente al Administrador de la Subasta a través del SUICC, en la actividad dispuesta para ello dentro del plazo establecido para la validación de información, en caso de que no se reciba notificación se entenderá que el Participante confirma la información relacionada en los literales a) al d), antes mencionados.

El Participante será el responsable por la NO validación de información o por las inconsistencias no reportadas al Administrador de la Subasta en los plazos definidos para tal fin.

Resultados de la Subasta. El administrador de la Subasta publicará en el SUICC y en la página web de XM los resultados de la Subasta, en el transcurso del día calendario inmediatamente siguiente a su realización. El contenido de los resultados indicará como mínimo:

a) El nombre del Participante

b) El nombre de la Planta o unidad de generación

c) Clasificación de la Planta o unidad de generación

d) Tecnología de la planta o unidad de generación

e) Obligaciones de Energía Firme -OEF asignadas.

f) Periodo de vigencia de la OEF

g) Precio de cierre de la Subasta

h) La(s) planta(s) que quedaron asignadas y que presentaron un precio de oferta igual al precio de cierre de la Subasta.

6. Mecanismos alternos para la presentación de ofertas

Ante la ocurrencia de situaciones que impidan a los Participantes la presentación de las ofertas a través del Sistema de Recepción de Ofertas, situaciones que fueron previamente informadas al soporte técnico previsto durante el período de oferta según el numeral 7 de este reglamento, los Participantes podrán recurrir a los siguientes mecanismos alternos para la realización de las Ofertas:

- A través del SUICC

- Vía correo electrónico

A través del SUICC:

El Participante podrá presentar su Función de Oferta de precios para cada una de sus plantas o recursos de generación, para la cual se deberá cumplir el siguiente protocolo:

a) El Participante debe utilizar el formato Oferta denominado "Oferta mecanismo alterno" dispuesto por el Administrador de la Subasta en los siguientes sitios:

- En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona "Subasta Primaria", "OEF 2029-2030", en la carpeta "Formatos", aparecerá el documento: "Oferta mecanismo alterno.docx"

- En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción "Reportes y documentos", en la pestaña "Documentos", seleccionar el mecanismo "Subasta Primaria" y en Período asignar/verificar elegir "Periodo Diciembre 2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025". Dar clic en botón "Aplicar búsqueda" y en el filtro Tipo de documento elegir "Formato", de esta forma aparecerá entre los documentos publicados: "Oferta mecanismo alterno".

El formato deberá cargarlo en la actividad dispuesta en el SUICC para ello. Este formato se firmará desde el SUICC electrónicamente por el Representante Legal o el apoderado, cuando aplique. Esta solicitud quedará en el SUICC en estado "En revisión".

b) El Administrador de la Subasta realizará la verificación de la información del remitente conforme la reglamentación vigente.

c) Cuando la Oferta sea válida, el Administrador de la Subasta confirmará la recepción de la oferta y aprobará la actividad en el SUICC. La actividad quedará en estado "Aprobado".

d) El Administrador de la Subasta ingresará la oferta en el Sistema de Recepción de Ofertas y lo informará a través del SUICC al Participante indicando lo siguiente:

"Conforme a la solicitud realizada en el SUICC, se registró la Oferta de Precio de Energía Firme en (XX) USD/MWh corrientes al día de la OfertaXXde XX de 2026 para una ENFICC de (XXXXX) kWh -día de la planta.' (nombre de la planta),siendo lashh:mm:ss:m".

e) Cuando la Oferta NO sea válida, el Administrador de la Subasta solicitará aclaración de la actividad a través del SUICC, la cual quedará en estado "Solicitud de aclaración", indicando lo siguiente:

"En respuesta a su solicitud indicamos que la información presentada nocumplecon los requisitos para ser registrada como Oferta de Precio de Energía Firme para la planta. (nombre de la planta),siendo las hh:mm:ss:ms, por motivo de:(indicando el motivo)".

f) El Participante podrá hacer la corrección de su oferta reemplazando el formato de oferta, quedando la actividad en estado "Aclarada".

Vía correo electrónico:

En caso de no estar disponible el SUICC y que imposibilite la conexión al Sistema de Recepción de Ofertas, el Participante podrá presentar su Función de Oferta para cada una de sus plantas o recursos de generación, a través de correos electrónicos, para la cual se deberá cumplir el siguiente protocolo:

a) El Participante debe utilizar el formato denominado "Oferta mecanismo alterno", dispuesto por el Administrador de la Subasta en su página weby en el SUICC:

- En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona "Subasta Primaria", "OEF 2029-2030", en la carpeta "Formatos", aparecerá el documento: "Oferta mecanismo alterno.docx"

- En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción "Reportes y documentos", en la pestaña "Documentos", seleccionar el mecanismo "Subasta Primaria" y en Período asignar/verificar elegir "Periodo Diciembre 2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025".

Dar clic en botón "Aplicar búsqueda" y en el filtro Tipo de documento elegir "Formato", de esta forma aparecerá entre los documentos publicados: "Oferta mecanismo alterno".

El formato deberá ser suscrito por el Representante Legal o personas autorizadas. Dicha comunicación deberá realizarse con la tecnología de firma digital con certificación y ser enviada desde una de las direcciones de correo electrónico que fueron registradas en el SUICC por el Participante en la Subasta, es decir desde el correo del representante legal del Participante o del Apoderado o de sus contactos activos.

b) Enviar la comunicación al buzón soportesubasta@xm.com.co

c) El Administrador de la Subasta deberá responder el correo electrónico acusando recibo de este.

d) El Administrador de la Subasta realizará la verificación de la información del remitente conforme la reglamentación vigente.

e) Cuando la Oferta sea válida, el Administrador de la Subasta confirmará la recepción de la oferta, mediante correo electrónico al Participante indicando lo siguiente:

"Conforme al correo electrónico recibido, se registró la Oferta de Precio de Energía Firme en (XX) USD/MWh corrientes al día de la Oferta XX de XX de 2026. para una ENFICC de (XXXXX) kWh-día de la planta: (nombre de la planta), siendo las hh:mm:ss:ms".

f) Cuando la Oferta NO sea válida, el Administrador de la Subasta informará mediante correo electrónico al Participante indicando lo siguiente:

"Conforme al correo electrónico recibido el díaXX de XX de

2026, indicamos que la información presentada no cumple con los requisitos para ser registrada como Oferta de Precio de Energía Firme para la planta: (nombre de la planta), siendo las hh:mm:ss:ms, por motivo de: (indicando el motivo)".

El uso de cualquiera de los mecanismos alternos estará habilitado desde las 9:00 horas y hasta 15 minutos previos a la terminación del plazo, ya sea el definido en este Reglamento para la Recepción de Ofertas (hasta la 13:45 horas) o el establecido por falla en el SRO según lo establecido en el Artículo 11 de la Resolución CREG 101 079 de 2025. Lo anterior, por cuanto el Administrador de la Subasta tendrá que verificar e ingresar en el Sistema de Recepción de Ofertas la información recibida por los mecanismos alternos.

6.1. Mecanismo excepcional de contingencia para la recepción de ofertas ante incidente cibernético del Participante

De manera excepcional, y con el único propósito de preservar la continuidad, transparencia e integridad del proceso de la Subasta, el Administrador de la Subasta podrá habilitar un mecanismo de contingencia para la recepción de ofertas, exclusivamente cuando se configure un incidente cibernético en la infraestructura informática del Participante, entendiendo por tal el que le impida de forma comprobable el acceso al Sistema de Recepción de Ofertas y a los mecanismos alternos dispuestos a través del SUICC o del correo electrónico.

La activación de este mecanismo es de responsabilidad exclusiva del participante previa declaración de este de encontrarse ante un incidente cibernético y entendiendo que está actuando conforme a los comportamientos esperados en los participantes en la subasta, según lo definido en el artículo 4o de la Resolución CREG 101 024 de 2022. Bajo este mecanismo:

a) El Participante deberá diligenciar el formato oficial denominado "Oferta mecanismo alterno – incidente cibernético", el cual deberá estar debidamente firmado por el Representante Legal o su apoderado. Este formato estará dispuesto por el Administrador de la Subasta en su página web y en el SUICC:

-- En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona "Subasta Primaria", "OEF 2029-2030", en la carpeta "Formatos", aparecerá el documento: "Oferta mecanismo alterno.docx"

-- En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción "Reportes y documentos", en la pestaña "Documentos", seleccionar el mecanismo "Subasta Primaria" y en Período asignar/verificar elegir "Periodo Diciembre 2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025". Dar clic en botón "Aplicar búsqueda" y en el filtro Tipo de documento elegir "Formato", de esta forma aparecerá entre los documentos publicados: "Oferta mecanismo alterno".

b) El Participante deberá contactar al Administrador de la Subasta a través de las líneas telefónicas oficiales definidas para el período de recepción de ofertas (numeral 7 de este reglamento), con el fin de informar la ocurrencia del incidente y coordinar la activación del mecanismo de contingencia.

c) La imagen del formato diligenciado y firmado deberá ser remitida a través del canal de mensajería instantánea definido por el Administrador de la Subasta, exclusivamente como medio de soporte documental, sin que dicho canal constituya un medio de presentación de la oferta.

d) El Administrador de la Subasta realizará la verificación de la identidad del remitente y del cumplimiento de los requisitos formales de la oferta, conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento y haciendo uso del Protocolo de Comunicación que se publica en el SUICC. Y se procederá a inhabilitar los usuarios de acceso del participante al Sistema de Recepción de Ofertas – SRO.

e) Una vez verificada la validez formal de la información recibida, el Administrador de la Subasta procederá a registrar la oferta en el Sistema de Recepción de Ofertas, momento a partir del cual la oferta se entenderá presentada para todos los efectos reglamentarios.

f) El Administrador de la Subasta informará al Participante la confirmación del registro de la oferta, indicando el valor registrado, la planta correspondiente y la hora oficial del Sistema de Recepción de Ofertas.

g) En caso de que la información recibida no cumpla los requisitos formales, el Administrador de la Subasta informará dicha situación al Participante para que, dentro del plazo de recepción de ofertas, realice los ajustes correspondientes mediante el mismo mecanismo.

El presente mecanismo tendrá carácter estrictamente excepcional, no constituye un derecho automático del Participante, no modifica la responsabilidad de este sobre su infraestructura tecnológica, y no será aplicable a situaciones distintas a las aquí descritas.

El uso de este mecanismo excepcional para presentar la Función de Oferta de precios estará habilitado desde las 9:00 horas y hasta 15 minutos previos a la terminación del plazo, ya sea el definido en este Reglamento para la Recepción de Ofertas (hasta la 13:45 horas) o el establecido por falla en el SRO según lo establecido en el Artículo 11 de la Resolución CREG 101 079 de 2025. Lo anterior, por cuanto el Administrador de la Subasta tendrá que verificar e ingresar en el Sistema de Recepción de Ofertas la información recibida por este mecanismo.

7. Soporte técnico y canales de comunicación

Los Participantes podrán enviar las inquietudes y comentarios de carácter tecnológico al buzón de correo soportesubasta@xm.com.co.

Será responsabilidad del Participante de la Subasta notificar al Administrador de la Subasta, las fallas asociadas al Sistema de Recepción de Ofertas, y/o al SUICC, mediante los mecanismos de comunicación establecidos para el efecto.

Durante el Período de Recepción de Ofertas se establecerán los siguientes canales de comunicación:

a. Desde el Administrador de la Subasta hacia los Participantes habilitados, el canal será a través del Chat del Sistema de Recepción de Ofertas, a través del SUICC o correos generados desde el buzón de la Subasta soportesubasta@xm.com.co o desde el SUICC (xm_s_soporte_suicc@xm.com.co).

b. Desde los Participantes hacia el Administrador de la Subasta, el canal será a través del buzón de correo soportesubasta@xm.com.co y de las líneas telefónicas que se dispondrán para tal fin y que serán informadas el día de la capacitación en el Sistema de Recepción de Ofertas y publicadas en el SUICC.

8. Plan de contingencia

Es preciso recordar que la infraestructura de alta disponibilidad en sistemas de información se refiere a un conjunto de prácticas, tecnologías y arquitecturas diseñadas para garantizar que los sistemas informáticos estén siempre disponibles y funcionando de manera confiable, incluso en situaciones de fallo. El objetivo principal es minimizar el tiempo de inactividad y asegurar que los servicios críticos estén disponibles para los usuarios en todo momento.

Para la implementación del sistema de Subasta de energía, XM priorizó la adecuación de una infraestructura de alta disponibilidad que, en conjunto con la adopción de recursos en la nube, específicamente, Microsoft Azure, permitirá disponer de una serie de elementos de hardware y servicios de software configurando una solución robusta y confiable.

Microsoft Azure como definición es un conjunto de servidores físicos en uno o varios centros de datos en distintas partes del mundo que ejecutan hardware virtualizado. En cada uno de estos centros de datos hay una colección de servidores que se encuentran en bloques. Cada bloque de servidor contiene muchos servidores físicos, así como un equipo de red que proporciona conectividad y una unidad de distribución de energía (PDU) que suministra la alimentación.

Para el sistema de Subasta de energía se dispusieron dos nodos con servidores y balanceadores de carga en cada nodo para distribuir el tráfico entre los servidores, mejorando la escalabilidad y proporcionando redundancia.

Esta configuración y basados en la información de referencia registrada por Microsoft en las páginas de los distintos servicios: https://www.microsoft.com/licensing/docs/view/Service-Level-Agreements-SLAOnline-Services?lang=1; Azure asegura una alta estabilidad de la plataforma, lo que garantiza que, si el servicio es degradado o suspendido desde un nodo, automáticamente es migrado a otro nodo o Datacenter dependiendo el tipo de indisponibilidad. Adicionalmente Microsoft se ha destacado en el sector por el establecimiento de requisitos claros de seguridad y privacidad, y por cumplir estos requisitos de forma constante. Azure cumple un amplio abanico de normas internacionales y específicas del sector, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ISO 27001, HIPAA, FedRAMP, SOC 1 y SOC 2, así como normas específicas de cada país.

Con la estrategia anteriormente expuesta se pasó de tener el Sistema de Recepción de Ofertas para la Subasta en servidores propios del Administrador de la Subasta, migrando a servidores en la nube, lo cual garantiza un porcentaje de disponibilidad del Sistema de Recepción de Ofertas entre el 99.5% y 99.9%.

Anexo 1 - Cronograma del Administrador de la Subasta

El Cronograma del Administrador de la Subasta mediante el cual se establecen las fechas para la entrega por parte de los Participantes de la información y documentación necesaria para la correcta realización de la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme, hace parte del presente reglamento, y puede consultarse en los siguientes sitios:

- En la página web de XM: en la sección SUICC, opción Manuales y formatos, se selecciona "Subasta Primaria", "OEF 2029-2030" y la carpeta "Cronograma".

- En el SUICC: desde la página principal del SUICC en la opción "Reportes y documentos", en la pestaña "Documentos", seleccionar el mecanismo "Subasta Primaria" y en Período asignar/verificar elegir "Periodo Diciembre 2029 - Noviembre 2030, Agosto 2025". Dar clic en botón "Aplicar búsqueda" y aparecerá entre los documentos publicados el "Cronograma- AdmonSubasta_CxC_2029-2030_V2".

El cronograma debe ser consultado permanentemente por cuanto puede ser modificado o ajustado.

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