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RESOLUCIÓN 81 DE 1997

(abril 29)

Diario Oficial No. 43.038 de 9 de mayo de 1997

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por medio de la cual se precisa el método para calcular el precio de gas en boca de pozo a partir de la Resolución MME-0061 de 1983.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y los decretos 1523 y 2253 de 1994 y 30 de 1995.

CONSIDERANDO:

Que el método de aproximación que viene siendo utilizado para la actualización semestral del precio del gas natural en boca de pozo a partir de la Resolución 0061 de 1983, es el método de truncamiento a partir del tercer decimal;

Que ECOPETROL, por medio de la comunicación No. VCG - 019 del 31 de enero de 1997 solicitó a la Comisión corregir el método de aproximación que se venía utilizando, para utilizar el método de aproximación de decimales;

Que la Comisión ha considerado preciso sustituir el sistema de truncamiento por el de aproximación a tres (3) decimales;

RESUELVE:

ARTICULO 1o. A partir del 1o. de julio de 1997, las personas que compren o vendan gas, basados en la Resolución 0061 de 1983, deberán aplicar un sistema de liquidación con tres (3) decimales, aproximando el cuarto decimal a la milésima más cercana.

ARTICULO 2o. La presente Resolución rige a partir del 1o. de julio de 1997, y deberá publicarse en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá D.C. a los

Ministro de Minas y Energía  

RODRIGO VILLAMIZAR A.

Presidente

EDUARDO AFANADOR IRIARTE

Director Ejecutivo

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