BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CIRCULAR 40017 DE 2024

(abril 29)

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

Bogotá D.C.,

De:Ministro de Minas y Energía.
Para:Agentes y entidades, que se encuentran involucrados en el Despacho Económico del Sistema.
Asunto:Prórroga de la aplicación de las medidas de la Resolución 40116 del 02 de abril de 2024.

1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES

En el marco de la reunión No. 182 de la Comisión Asesora de Coordinación y Seguimiento a la Situación Energética (CACSSE) realizada el 27 de marzo de 2024, los miembros de la CACSSE recomendaron establecer una meta de generación térmica diaria a partir de una referencia en función de las condiciones que se presenten en el sistema (aportes, demanda, generación), programada como una restricción desde el despacho económico buscando asegurar la continua operación del SIN y el abastecimiento de la demanda de energía eléctrica en el país.

En respuesta a esta recomendación, el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40116 de 2024, “Por la cual se adoptan medidas transitorias para el abastecimiento de la demanda debido a las condiciones energéticas del Verano 2023-2024 durante el Fenómeno de El Niño del mismo período, y se dictan otras disposiciones”, la cual fue publicada en el Diario Oficial No. 52.719 del 6o de abril de 2024.

El establecimiento de una meta de generación térmica implica que esta sea calculada utilizando los criterios de calidad, confiabilidad y seguridad para el abastecimiento de la demanda, con base en la disponibilidad del parque de generación y la evolución de los aportes hídricos de cada región del país.

En aplicación del artículo 1o de la Resolución 40116 de 2024, fueron expedidas la Circulares Nos. 40008, 40009, 40011 y 40016 durante el mes de abril del 2024, con la definición de la cantidad de energía de referencia para la generación mínima del parque de generación termoeléctrico diario a programar en el despacho económico y la operación del sistema.

De acuerdo con lo indicado en el parágrafo 3o del artículo 1o de la Resolución en mención, el Ministerio de Minas y Energía podrá informar la prórroga o terminación anticipada de la aplicación de las medidas del artículo 1o, vía circular, según el análisis eléctrico y energético desarrollado por el CND.

La información del Boletín Energético No 295 Seguimiento a Variables publicado por XM[1] indica que, de acuerdo con el Boletín IRI “A mediados de abril de 2024, las condiciones de El Niño aún persisten en el Pacífico ecuatorial centro-oriental, con importantes indicadores oceánicos y atmosféricos alineados con un evento de El Niño en curso que está disminuyendo gradualmente. La mayoría de los modelos en la columna de predicción de ENOS del IRI pronostican una transición del evento de El Niño a ENSO neutral en abril-junio de 2024, que luego persiste durante las temporadas de verano boreal de mayo-julio y junio-agosto de 2024. La Niña se convierte en la categoría más probable entre agosto y octubre de 2024 hasta diciembre y febrero de 2025”.

Por otra parte, el informe en mención señala a partir de la predicción climática basada en Ondas Intraestacionales (MJO), que, “El pronóstico de las ondas intraestacionales indica que, para la semana del 19 al 25 de abril, se espera el paso de una onda convectiva sobre el territorio nacional, que favorece la nubosidad y la precipitación. Para las dos semanas posteriores se esperan condiciones entre normalidad y fase subsidente (desfavorable para la precipitación)”.

De acuerdo con información del Portal XM[2], el volumen útil real al 28 de abril de 2024 fue de 32,06%, incrementando 3,5% en los últimos 11 días. Teniendo un promedio de 30,51% en desde inicios de mes hasta el 28 de abril de 2024.

Adicionalmente, en sesión del 29 de abril de 2024 de la Comisión Asesora de Coordinación y Seguimiento a la Situación Energética del País (CACSSE), se discutió la pertinencia de mantener las medidas establecidas en la Resolución 40116 de 2024 para asegurar el abastecimiento de la demanda eléctrica del país. Las discusiones respecto a los aportes hídricos en días recientes, la potencial disminución de los mismos para las próximas semanas, y la transición entre la senda de verano a invierno de las que trata el Estatuto para Situaciones de Riesgo de Desabastecimiento en la Resolución CREG 026 de 2014, permiten concluir que pudiera ser conveniente mantener la aplicación de las medidas, al menos durante el mes de mayo de 2024, de tal forma que se pueda monitorear el comportamiento del sistema, los aportes hídricos derivados de la situación climatológica del país, disminuir en los próximos días la meta de generación térmica y contar con las herramientas que permitiesen actuar de manera oportuna ante posibles escenarios de estrés operativo.

En consecuencia, ante la persistencia de las condiciones del fenómeno de El Niño, la predicción climática basada en Ondas Intraestacionales y el volumen útil real del embalse agregado es preciso continuar con la aplicación de las medidas dispuestas en artículo 1o de la Resolución 40116 de 2024, con las consideraciones de la cantidad de energía de referencia para la generación mínima del parque de generación termoeléctrico diario a programar en el despacho económico y la operación del sistema.

2. PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS MEDIDAS ART 1o RESOLUCIÓN 40116 DE 2024

De conformidad con lo establecido en el parágrafo 3o del artículo 1o de la Resolución 40116 del Ministerio de Minas y Energía, del 2o de abril de 2024, por medio de la presente circular, se prorroga la vigencia de aplicación de las medidas establecidas en el artículo 1o de la Resolución 40116 de 2024 hasta el 31 de mayo de 2024.

Atentamente,

OMAR ANDRÉS CAMACHO MORALES

Ministro de Mina y Energía.

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. https://www.xm.com.co/nuestra-ernpresa/informes/informes-de-la-operacion-y-el-mercado/boletin-energetico

2. https://www.xm.com.co/resoluciones/operacion-y-mercado/resolucion-creg-209-de-2020-condicion-del-sistema

×
Volver arriba