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CIRCULAR 19 DE 2023

(marzo 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D. C.,

PARA:GOBERNADORES, ALCALDES, PERSONEROS, COMITÉS DE VOCALES DE CONTROL, USUARIOS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, AGENTES, GREMIOS, ENTIDADES Y DEMÁS INTERESADOS.
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO:INVITACIÓN A PARTICIPAR EN LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE SOCIALIZACIÓN DE LAS PROPUESTAS REGULATORIAS: “POR LA CUAL SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE PRECIOS DEL MÁRGEN DE DISTRIBUCIÓN MAYORISTA PARA GASOLINA MOTOR CORRIENTE, ACPM-DIÉSEL, Y LOS BIOCOMBUSTIBLES DESTINADOS A LA MEZCLA CON COMBUSTIBLE FÓSIL” - RESOLUCIÓN CREG 704 002 DE 2022; “POR LA CUAL SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA DE REMUNERACIÓN DEL MÁRGEN MAYORISTA DE GASOLINA MOTOR CORRIENTE Y ACPM” – RESOLUCIÓN CREG 704 003 DE 2022.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, invita a los gobernadores, alcaldes, personeros, comités de vocales de control, usuarios de gasolina motor corriente y ACPM-Diésel, agentes, gremios, entidades y demás interesados a participar en la socialización de los proyectos de resolución: CREG 704 002 “Por la cual se establece el régimen de precios del margen de distribución mayorista para gasolina motor corriente, ACPM-Diésel, y los biocombustibles destinados a la mezcla con combustible fósil” y CREG 704 003 de 2022 “Por la cual se establece la metodología de remuneración del margen mayorista de gasolina motor corriente y ACPM” publicada “en consulta” el 8 de febrero de 2023.

Las audiencias de divulgación se llevarán a cabo, como se indica a continuación:

CiudadFechaHoraLugar
CaliAbril 19 de 202310 a.m. a 12 m.Lugar por definir
BarranquillaAbril 26 de 202310 a.m. a 12 m.Lugar por definir
BogotáAbril 28 de 202310 a.m. a 12 m.Auditorio CREG,
Av. Calle 116 # 7-15 Oficina 901

Los interesados en asistir a la socialización deberán inscribirse a través del portal web: www.creg.gov.co en la sección de calendario de eventos.

Cabe precisar que, conforme lo establece el Decreto 2696 de 2004(1), podrán intervenir directamente en las audiencias públicas los representantes de las personas prestadoras del servicio objeto de la decisión, los vocales de los comités de control social de los servicios públicos que fueren debidamente acreditados, los representantes legales de las ligas o asociaciones de consumidores, los representantes legales de las organizaciones gremiales, los delegados de las universidades, centros de investigación y los usuarios.

Para el efecto, los interesados en intervenir sobre los temas específicos consultados mediante las Resoluciones CREG 704 002 y 704 003 de 2022, lo podrán hacer con una ponencia que deberán inscribir, a más tardar, tres (3) días hábiles antes de la realización de cada audiencia, para lo cual deben enviar un correo electrónico a la dirección comunicaciones@creg.gov.cocon el asunto: Ponencia Resolución 704 002 o 704 003 de 2022 y adjuntar el documento base de su exposición. Cada ponencia tendrá una duración de máximo diez (10) minutos, teniendo como tiempo máximo para todas las ponencias 30 minutos.

En cada consulta pública se tendrá el siguiente programa:

- Presentación de la propuesta por parte de la CREG.

- Presentación de las ponencias de acuerdo con el orden de inscripción.

- Espa

Las personas que no asistan de manera presencial, podrán seguir el taller a través del portal Web de la Comisión, www.creg.gov.co, de la cuenta de YouTube Comisión CREG y por Twitter en @comisioncreg.

En la página web se encuentra la propuesta de resolución, documento soporte y cartilla explicativa, los cuales podrán encontrar al seleccionar las siguientes opciones:

Resolución CREG y Documento

704 002 2022:

http://apolo.creg.gov.co/Publicac.nsf/1c09d18d2d5ffb5b05256eee00709c02/9eb4326e09d02c8005258898004c0659?OpenDocument

704 003 2022:

http://apolo.creg.gov.co/Publicac.nsf/1c09d18d2d5ffb5b05256eee00709c02/032e954c9111ea3f05258950004f4dd5?OpenDocument

Cartilla

https://www.creg.gov.co/comunicaciones/publicaciones/publicaciones-2023

Cordialmente,

NATASHA AVENDAÑO GARCÍA

DIRECTORA EJECUTIVA SUPLENTE

<NOTA DE PIE DE PÁGINA>

1. “Por el cual se definen las reglas mínimas para garantizar la divulgación y la participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación.” Compilado en el Decreto 1078 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”

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