DatosDATOS
BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE
MemoriaMEMORIA
DesarrollosDESARROLLOS
ModificacionesMODIFICACIONES
ConcordanciasCONCORDANCIAS
NotificacionesNOTIFICACIONES
Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE

Resolución 133 de 2016 CREG

Abrir documento modal
DOCUMENTO
Abrir
Datos modal
DATOS
Abrir
Búsqueda modal
BUSCAR
Abrir
Índice modal
ÍNDICE
Abrir
Memoria modal
MEMORIA
Abrir
Desarrollos modal
DESARROLLOS
Abrir
Modificaciones modal
MODIFICACIONES
Abrir
Concordancias modal
CONCORDANCIAS
Abrir
Notificaciones modal
NOTIFICACIONES
Abrir
Actos de trámite modal
ACTOS DE TRÁMITE
Abrir

RESOLUCIÓN 133 DE 2016

(septiembre 16)

Diario Oficial No. 50.068 de 25 de noviembre de 2016

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 operados por la Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., en el Sistema de Transmisión Regional (STR).

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994, y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y en el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG número 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG número 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL).

Con las Resoluciones CREG número 114 de 2009 y 024 de 2010, la CREG aprobó el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL).

Mediante la Resolución CREG (149) de 2011, la Comisión actualizó el costo anual por el uso de los activos de Nivel de Tensión 4 de la Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., por la entrada en operación de la subestación Jamundí 115 kV.

Con la Resolución CREG número 125 de 2012, la Comisión actualizó el costo anual por el uso de los activos de Nivel de Tensión 4 de la Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., por la entrada en operación en la subestación Pance 115 kV de la bahía de línea del segundo circuito de la línea Pance-Santander.

Mediante la Resolución CREG número 050 de 2013, la CREG actualizó el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., por la entrada en operación de la subestación Palmaseca 115 kV.

Con la Resolución CREG número 096 de 2014 se actualizó el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., por la entrada en servicio de la subestación Alférez II de conexión al STN.

Mediante la Resolución CREG número 107 de 2015 se actualizó el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., por la entrada en servicio en la subestación Cartago del segundo banco de autotransformadores de conexión al STN 220/115/13.2 kV.

Con la Resolución CREG número 236 de 2015 se actualizó el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., por la entrada en servicio del segundo circuito de la línea Juanchito-Candelaria 115 kV.

De acuerdo con el artículo 9o de la Resolución CREG número 097 de 2008, cuando entren en operación nuevos activos se actualizarán los cargos por uso de los OR, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el capítulo 4 del anexo general de esa resolución y en especial con lo dispuesto en el numeral 4.1.

Así mismo, es necesario tener en cuenta uno de los bullets correspondientes al numeral 5.1 del Capítulo 5 de la Resolución CREG número 097 de 2008, el cual dispone:

-- Cuando se requiera el reconocimiento de una UC especial, para su valoración se tendrá en cuenta la mejor información disponible en la CREG dentro de la cual se podrán considerar las facturas desagregadas que presente el OR.

La Empresa Energía del Pacífico S. A. E. S. P., mediante las comunicaciones con radicados CREG E2015011489 del 5 de noviembre de 2015 y E-2015-0011714 del 10 de noviembre de 2015, solicitó a la CREG la actualización del Costo Anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 por la entrada en operación de unidades constructivas especiales utilizadas en la derivación de la Línea Pance – Meléndez 115 kV para la alimentación de la Subestación Alférez I 115kV.

Con la solicitud la Empresa Energía del Pacífico S. A. E. S. P., EPSA, entregó la siguiente información:

-- Informe Costos proyecto EPSA: Derivación de la línea Pance Meléndez 115 kV hacia la subestación Alférez I propiedad de Emcali.

-- Concepto UPME 20111500050221 Concepto Estudio Proyecto Alférez 115 kV.

-- Concepto UPME 20151500022511 Alcance Concepto Alférez 115 kV.

-- Comunicación EPSA 201600009967 radicada en la CREG bajo el número E2016-005355 del 6 de mayo de 2016 con la cual se dio alcance a la solicitud, se incluyó el listado de unidades constructivas que componen el proyecto, con base en las definidas en el capítulo 5 del anexo general de la Resolución CREG número 097 de 2008:

-- Copia de la comunicación 008371-1 XM en la cual XM Compañía de Expertos en Mercados S. A. E. S. P., XM, informa de la entrada en operación comercial de los siguientes activos asociados a la subestación Alférez I 115 kV, la cual seccionó la línea Pance – Meléndez 1 115 kV en las líneas Alférez I – Pance 1 115kV y Alférez I – Meléndez 115 kV.

Mediante auto del 6 de enero de 2016 la Dirección Ejecutiva de la Comisión decidió iniciar la respectiva actuación administrativa con el fin de decidir la solicitud presentada por la empresa Energía del Pacífico S. A. E. S. P., y si en consecuencia se debe modificar el Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4 aprobado a dicha empresa. El expediente correspondiente es el 2015-0173.

En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo la CREG realizó la publicación en el Diario Oficial número 49.756 del 15 de enero de 2016 del aviso 001 que resume la actuación iniciada para presentar la respectiva actuación administrativa a los terceros interesados.

El día 26 de enero de 2016, funcionarios de la Comisión realizaron una inspección en campo de la subestación Alférez 115/13.2 kV y las unidades constructivas especiales solicitadas para reconocimiento en la actuación administrativa. La respectiva acta de la visita realizada reposa en el expediente CREG-20150173.

La Empresa Energía del Pacífico S. A. E. S. P. entregó información complementaria a su solicitud con el radicado CREG E-2016-005355 del 6 de mayo de 2016.

Con la comunicación radicada en la CREG bajo el número E-2016-008958 del 16 de agosto de 2016, la Empresa de Energía del Pacífico realizó algunas aclaraciones sobre el uso de la fibra óptica asociada al proyecto.

Como resultado del análisis realizado por esta Comisión y de la información entregada por la Empresa Energía del Pacífico S. A. E. S. P., se ajustó el inventario de activos de la empresa, el cual se encuentra en el Documento Soporte número 086 del 16 de septiembre de 2016.

Aplicada la metodología establecida en la Resolución CREG número 097 de 2008 se calcularon las siguientes variables:

Costos anuales [Pesos dic 2007]NCAAEj,nCATj,nCAANEj,nAOMj,n
Nivel de Tensión 4506.504.753020.766.695104.069.348

Que la Comisión, en sesión número 731 del 16 de septiembre de 2016, aprobó modificar el Costo Anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Empresa de Energía del Pacífico, por la entrada en operación comercial de la derivación de la línea Pance – Meléndez para la alimentación a la subestación Alférez I

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. El artículo 1o de la Resolución CREG número 114 de 2009, modificado por las Resoluciones CREG número 024 de 2010, 149 de 2011, 125 de 2012, 050 de 2013, 096 de 2014, 107 y 236 de 2015 queda así:

“Artículo 1o. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 operados por la Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG número 097 de 2008, es el siguiente:

 Costo Anual por el Uso de los ActivosPesos de diciembre de 2007
Nivel de Tensión 4 (CAj,4)79.511.975.563

ARTÍCULO 2o. El artículo 5o de la Resolución CREG número 114 de 2009 queda así:

“Artículo 5o. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión del OR Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG número 097 de 2008, son los siguientes:

Costo de Reposición de InversiónPesos de diciembre de 2007
Para el Nivel de Tensión 4 (CRIj,4)449.879.252.520
Para el Nivel de Tensión 3 (CRIj,3)160.608.793.315
Para el Nivel de Tensión 2 (CRIj,2)435.468.309.514
Para el Nivel de Tensión 1 (CRIj,1)240.763.749.131

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. De conformidad con lo previsto por el artículo 19 de la Resolución CREG número 097 de 2008, los cargos y valores aquí aprobados estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme la presente resolución y por el periodo que establezca la regulación, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido su período de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos.

ARTÍCULO 4o. RECURSOS. La presente resolución deberá notificarse a la Empresa de Energía del Pacífico S. A. E. S. P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 2016.

El Presidente,

GERMÁN ARCE ZAPATA,

Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

JORGE PINTO NOLLA.

×