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RESOLUCIÓN 501 063 DE 2024

(septiembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Diario Oficial No. 53.055 de 11 de marzo de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 12 de marzo de 2025

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL GUAVIARE S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 501 039 de 2024

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos
de la Ley 143 de 1994, es función de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3  de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la  actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado  Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las  Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222  de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022 y 101  019 de 2023.

Mediante la Resolución CREG 028 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL GUAVIARE S.A. E.S.P. El plan de inversiones inicialmente aprobado fue modificado para el periodo 2023-2027 mediante la Resolución CREG 501 039 de 2024.

En el documento CREG 901 077 de 2024 se encuentra el soporte de la Resolución CREG 501 039 de 2024, donde se incluyen los criterios de revisión de la información, las bases de datos utilizadas y los cálculos realizados por la Comisión para definir las variables aprobadas.

La EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL GUAVIARE S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E2024008563 del 21 de junio de 2024, presentó recurso de reposición contra la Resolución CREG 501 039 de 2024.

En la comunicación citada se presentan las siguientes peticiones:

(…)

PRIMERO: ACLARE el artículo 1 de la Resolución No. 501 039 de 2024, como fue la metodología empleada para la estimación de los INVA en el horizonte 2024 – 2029… así mismo se nos indique si los valores modificados (INVA 2024 2029) corresponden a las inversiones para empresas sin plan de inversiones aprobado, ya que los valores de las inversiones expuestos en la resolución que reza el asunto varían conforme a los calculados realizados por la comisión en la resolución CREG 028 del 2021 en el formato “Cálculo ingresos D – Guaviare”, y en caso afirmativo, ¿cuál fue la metodología empleada para su estimación?, esta aclaración es fundamental para comprender el impacto de la resolución en nuestra operación y planificación financiera

SEGUNDO: ACLARE el artículo 2 de la Resolución No. 501 039 de 2024, si la inclusión de cambios en los ingresos del Operador de Red (OR), asociados a la modificación del plan de inversiones, implicará ajustes retroactivos sobre los ingresos ya liquidados y, de ser así, ¿cómo se aplicarán?, ya que esta información es crucial para nuestra planificación financiera y para la adecuada estructuración del plan de inversión que estamos elaborando.

(…)

Análisis de la Comisión

A continuación, se presenta el análisis de las solicitudes presentadas por el Operador de Red, OR, en el recurso de reposición:

Primera solicitud

El numeral 3.1.1.2.2 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018 indica la manera en que se deben calcular las inversiones a los OR que no presentan solicitud de aprobación del plan de inversiones o esta no se les aprueba. La EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL GUAVIARE S.A. E.S.P. no presentó solicitud de aprobación del plan de inversiones según lo dispuesto en el capítulo 6 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018.

En el documento 901 077 de 2024 se encuentran los datos utilizados para el cálculo de las inversiones, entre estos se encuentran el CRIIj,n,l, CRINj,n,l y BRAEj,n,l,0. Para el cálculo de las inversiones se utilizaron las siguientes ecuaciones:

Donde:

 Inversión aprobada en el plan de inversiones del  en el nivel de tensión  en la categoría de activos  para el año t.
Base regulatoria inicial de activos eléctricos del  en el nivel de tensión  en la categoría de activos .
Porcentaje de inversiones de referencia del OR j en el nivel de tensión . Corresponde al mínimo entre 1 % y el porcentaje promedio de inversiones realizadas, . La variable  es calculada de la siguiente manera:

Donde:

Porcentaje promedio de inversiones realizadas por la empresa durante el periodo 2008–2017.
Valor de la inversión del OR j en el nivel de tensión n para la categoría de activos , asociado con los activos que fueron puestos en operación en el periodo 2008 a la fecha de corte, calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.1.1.1.4.
Valor implícito de los activos del OR j en el nivel de tensión n para la categoría de activos , calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.1.1.1.1.
Categoría de activos, l toma los valores de 11 o 12 para el nivel de tensión 1.
Cantidad de categorías de activos en el nivel de tensión . L1 toma el valor de 12.

Con base en lo expuesto y lo solicitado por el OR, la Comisión procede nuevamente a realizar una revisión de la información utilizada en los cálculos de las inversiones encontrando que las variables usadas para los cálculos de la Resolución CREG 501 039 de 2024 son distintas a las del formato “Cálculo ingresos D- Guaviare” de la Resolución CREG 028 de 2021, por lo tanto se procede con la actualización de las variables y por lo tanto se ajustan los valores del plan de inversiones aprobado en la Resolución CREG 501 039 de 2024.

Se debe aclarar que los años 6 a 9 de la variable  presentados tanto en el documento como en la Resolución 501 039 de 2024 corresponden a los años 2024 al 2027 y no del 2024 al 2029 como lo manifiesta el OR.

Segunda solicitud

El artículo 2 de la Resolución CREG 501 039 del 2024 indica lo siguiente:

ARTÍCULO 2. Ingreso adicional del OR por ajuste al plan de inversiones. Los
cambios en los ingresos del OR, pendientes de aplicar a la fecha de entrada en  vigencia de la presente resolución, asociados con la modificación del plan de  inversiones, se incluirán en la variable  definida en el numeral 2.1, en las variables  definidas en los numerales 2.4, 2.5 y 2.6, y en la variable  definida en el numeral 1.2.4.2 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018.
 
Con este objetivo, desde el mes de inicio de aplicación de la presente resolución  y durante tres (3) meses, al resultado de la fórmula definida en los numerales  2.1, 2.4, 2.5, 2.6 y 1.2.4.2 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018,  se le adicionará el valor que resulte de dividir entre tres (3) la suma de los  cambios de los ingresos del OR.

Considerando lo expuesto en la segunda solicitud del OR, cuando la fecha de entrada en vigencia de la resolución es mayor a la fecha en la que el plan de inversiones ha comenzado a ejecutarse, se pueden presentar diferencias en los ingresos por cada mes transcurrido que deben ser ajustadas una vez la resolución de ajuste del plan de inversiones quede en firme.

Para el caso de la EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL GUAVIARE S.A. E.S.P. estas diferencias pueden presentarse desde el inicio del año 2024 (año 6 del plan de inversiones). Dichas diferencias, según lo establece el artículo 2 de la Resolución CREG 501 039 de 2024 se dividen en tres partes iguales que se aplicarán a las variables que ya fueron calculadas por el Liquidador y Administrador de Cuentas, LAC, una parte por cada mes para un total de tres meses. Esto quiere decir que no hay lugar a reliquidaciones pero si se puede presentar un ajuste en los ingresos que se aplica una vez el presente acto administrativo entre en vigencia.

Por lo anterior, la decisión administrativa expuesta en la parte motiva de la presente resolución, da respuesta efectiva a todas las cuestiones que fueron planteadas a la administración, de forma que no queda ninguna sin resolverse. Lo anterior, en consonancia con lo previsto en los artículos 42 y 80 del CPACA.

Con la aplicación de este principio se busca prevenir arbitrariedad de la administración en la toma de sus decisiones y evitar la vulneración del derecho de defensa de quien presentó la correspondiente reclamación.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 1335 del 05 de septiembre de 2024, acordó expedir esta resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 3 de la Resolución CREG 028 de 2021 modificado por el artículo 1 de la Resolución CREG 501 039 de 2024. El artículo 1 de la Resolución CREG 028 de 2021 quedará así:

Artículo 3. Inversión aprobada en el plan de inversiones. El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, , para cada nivel de tensión, es el siguiente:

Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l
= 100000
= 200000
 = 30558.336.000000
 = 4047.886.000000
 = 500000
 = 600000
 = 700000
 = 800000
 = 900000
 = 1000000
Categoría de activos l
 = 10000
 = 20000
 = 30000
 = 40000
 = 50000
 = 60000
 = 7542.353542.353542.353542.353
 = 80000
 = 90000
 = 1073737373

Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos
= 100000
 = 200000
 = 300000
 = 40143.658.000000
 = 5076.038.000000
 = 600000
 = 700000
 = 800000
 = 900303.870.000121.548.0000
 = 1000000
Categoría de activos
 = 10000
 = 20000
 = 30000
 = 40000
 = 50000
 = 6959.746959.746959.746959.746
 = 7-453.234-453.234-453.234-453.234
 = 80000
 = 953.73253.73253.73253.732
 = 101.3101.3101.3101.310

Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos
 = 100000
 = 200000
 = 300000
 = 40143.658.000000
 = 5054.846.000000
 = 600000
 = 7000121.619.0220
 = 800000
 = 9090.798.0001.089.576.000226.995.0000
l = 1000000
Categoría de activos
 = 110.681.09710.681.09710.681.09710.681.097
 = 20000
 = 317.010.35717.010.35717.010.35717.010.357
 = 40000
 = 50000
 = 61.559.4641.559.4641.559.4641.559.464
 = 775.231.44475.231.44475.231.44475.231.444
 = 80000
 = 9832.723832.723832.723832.723
 = 1055.01555.01555.01555.015

Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos
 = 1100000
 = 120000157.714.440
Categoría de activos
 = 1145.116.96245.116.96245.116.96245.116.962
 = 1212.265.03112.265.03112.265.03112.265.031

ARTÍCULO 2. La presente Resolución deberá notificarse a EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL GUAVIARE S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno, toda vez que se entienden agotados todos los recursos que por ley son obligatorios.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 5 días del mes de septiembre de 2024.

OMAR ANDRÉS CAMACHO MORALES
Ministro de Minas y Energía
Presidente

ANTONIO JÍMENEZ RIVERA
Director Ejecutivo

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