RESOLUCIÓN 501 047 DE 2022
(junio 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
Diario Oficial No. 52.170 de 27 de septiembre de 2022
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Por la cual se aprueba la inversión en proyectos de expansión de cobertura en zonas interconectables del mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P., para el año 2022.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013.
CONSIDERANDO QUE:
Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada y modificada por las resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, y 222 de 2021.
En la Resolución CREG 103 de 2019 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P., y mediante la Resolución CREG 158 de 2019 se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 103 de 2019.
Además, en la Resolución CREG 029 de 2021 se aprobaron las modificaciones al plan de inversiones para el mercado de comercialización atendido por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. Finalmente, a través de la Resolución CREG 501 023 de 2022 se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 029 de 2021.
En aplicación del Decreto número 1623 de 2015, modificado por el Decreto número 1513 de 2016, los OR deberán presentar los proyectos de expansión de cobertura de su área de influencia de acuerdo con los criterios y reglas establecidas en el numeral 13.2 del ANEXO GENERAL de la Resolución CREG 015 de 2018. Adicionalmente, de acuerdo con el numeral 13.4. del Anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, los OR podrán presentar, el último día hábil del mes de agosto de cada año, los proyectos de expansión de cobertura del año siguiente.
La Resolución 40172 de 03 de junio de 2021 del Ministerio de Minas y Energías, estableció que, el incremento máximo tarifario para cada OR, como consecuencia de las inversiones para ampliación de cobertura que podrán ser incluidas en la respectiva remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica no será mayor al 1% del cargo por uso del nivel de tensión 1 en el mes de abril del año en el que se estén presentando los proyectos.
En comunicaciones con radicado CREG E-2021-010172 y E-2021-011930, la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. solicitó la remuneración de proyectos de expansión de cobertura en zonas interconectables para el año 2022, con base en lo definido en la Resolución CREG 015 de 2018.
Mediante Auto del 06 de diciembre de 2021 se inició la actuación administrativa y se ordenó la formación del respectivo expediente, con el objeto de decidir sobre la solicitud de remuneración de proyectos de expansión de cobertura en zonas interconectables para el año 2022, presentada por la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P.
En el documento 501 008 de 2022 se encuentra el soporte de esta resolución, el cual incluye, entre otros, los inventarios aprobados, las memorias de cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores que se aprueban en la presente resolución.
Con base en lo anterior, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 1174 del 03 de junio de 2022, acordó expedir esta resolución.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. PLANES DE EXPANSIÓN DE COBERTURA EN ZONAS INTERCONECTABLES. Los valores de la variable,
, para el año 4, calculados con base en lo establecido en el numeral 13.5 del Anexo general de la resolución CREG 015 de 2018 son los siguientes:
Tabla 1 Plan de expansión de cobertura en zonas interconectables.
| Categoría de activos l | |||
| l = 1 | 0 | 0 | 0 |
| l = 2 | 0 | 0 | 0 |
| l = 3 | 0 | 0 | 0 |
| l = 4 | 0 | 0 | 193.347.000 |
| l = 5 | 0 | 0 | 0 |
| l = 6 | 0 | 0 | 0 |
| l = 7 | 0 | 0 | 4.653.741.790 |
| l = 8 | 0 | 0 | 0 |
| l = 9 | 0 | 0 | 537.667.200 |
| l = 10 | 0 | 0 | 0 |
| Categoría de activos l | |||
| l = 11 | 1.091.826.000 | ||
| l = 12 | 2.729.384.197 | ||
ARTÍCULO 2. PLAN DE INVERSIONES. Los valores de la variable
aprobados en esta resolución deben sumarse a los valores de la variable
aprobados en la Resolución CREG 103 de 2019, modificada por la Resolución CREG 501 023 de 2022, conforme al numeral 3.1.1.2.1 del Anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018.
ARTÍCULO 3. INGRESO ADICIONAL DEL OR POR APROBACIÓN DEL PLAN DE EXPANSIÓN DE COBERTURA EN ZONAS INTERCONECTABLES. Los cambios en los ingresos del OR, pendientes de aplicar a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, asociados con la aprobación de los proyectos de expansión de cobertura en zonas interconectables aprobados en esta resolución, se incluirán en las variables
definidas en los numerales 2.4, 2.5 y 2.6 y la variable
definida en el numeral 1.2.4.2 del Anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, en el mes de inicio de aplicación de esta resolución.
ARTÍCULO 4. La presente resolución deberá notificarse al representante legal de la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. y publicarse en el diario oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., 03 JUN. 2022
MIGUEL LOTERO ROBLEDO
Viceministro de Energía, delegado del Ministro de Minas y Energía
Presidente
MARIA CLAUDIA ALZATE MONROY
Directora Ejecutiva (E)