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RESOLUCIÓN 501 118 DE 2025

(mayo 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Diario Oficial No. 53.133 de 30 de mayo de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 31 de mayo de 2025

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y CREG

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 501 096 de 2024

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

Por medio de la Resolución CREG 015 de 2018 se estableció la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional.

Mediante la Circular CREG 053 del 14 de agosto de 2024, se establecieron los criterios y consideraciones para la definición de las metas de calidad media para los años sexto y séptimo de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.

En el numeral 3.1 del anexo de la Circular CREG 053 de 2024 se determinaron las consideraciones para el cálculo de las metas de calidad media del sexto año del periodo tarifario.

En el numeral 5 del anexo del mencionado acto administrativo, se estableció que “Las metas de los años sexto y séptimo del periodo tarifario serán aprobadas a cada OR mediante resolución particular que se expida con base en las disposiciones contenidas en el presente documento. Para ello la Comisión iniciará las respectivas actuaciones administrativas de oficio.”

Mediante el Auto 344 del 13 de septiembre de 2024, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, inició de oficio la actuación administrativa para la definición de las metas de los indicadores de calidad media del sexto año del periodo tarifario, para la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P.

Mediante la Resolución CREG 501 096 de 2024 se establecieron las metas de calidad media, para el sexto año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, para la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P.

La Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., mediante comunicación radicada en la CREG con el número E2025000703 del 20 de enero 2025, presentó recurso de reposición contra la Resolución CREG 501 096 de 2024.

I. Del recurso de reposición presentado

En la comunicación citada se presentan las pretensiones y justificaciones del recurso de reposición que se resumen y analizan a continuación:

1. Inconformidad regulatoria.

Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, la CREG a través de la Resolución N° 501 096 de 2024, en la tabla 1. consigna los nuevos valores de SAIDI_Mj,t y límites superior e inferior de la banda de indiferencia con un error en el orden del límite inferior y superior de la banda de indiferencia. Este error es corregido mediante un comunicado que da FE DE ERRATAS donde se establecen los valores consignados en la siguiente tabla.

(…)

Sin embargo, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 3.1 del anexo de la circular CREG 053 de 2024, podemos evidenciar que el cálculo aplicado para determinar los valores de SAIDI_Mj,t y límites superior e inferior de la banda de indiferencia no coinciden con la reducción del 8% respecto a los valores del Año del periodo tarifario 5, los cuales presentamos a continuación.

(…)

2. Comparación de valores que generan la diferencia

Podemos observar que existe una diferencia en el tercer decimal entre lo calculado por ESSA y lo publicado por la CREG en el tercer decimal, lo cual se entiende por nuestra entidad como un error aritmético. (…)

Si bien la diferencia es mínima, consideramos que el valor publicado por la CREG respecto al indicador SAIDI para el año 6 debe ser exacto y lo evidenciado no corresponde con la reducción exacta del 8% respecto al año 5 y debe ser corregido. Este caso no sucede para el indicador SAIFI donde los valores calculados por ESSA y los publicados por la CREG sí coinciden en su totalidad.

(...)

PETICIONES:

Con base en las apreciaciones previamente expuestas, solicitamos respetuosamente reponer parcialmente la Resolución N° 501 096 de 2024 de fecha 12 de diciembre de 2024 y, en consecuencia, proceder a:

PRIMERO: Modificar el Artículo 1o de la Resolución N° 501 096 de 2024 de fecha 12 de diciembre de 2024, “Meta para el indicador de duración de eventos”. Solicitamos que dicha modificación se realice en el sentido de:

i) La meta de calidad media del indicador de duración de eventos, SAIDI_Mj,t, para el sexto año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, de la empresa Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. es la siguiente:

Año del periodo tarifarioSAIDI_Mj,tBanda de indiferencia
 Límite inferiorLímite superior
t=619.99619.89620.096

II. Análisis y consideraciones frente al recurso de reposición

Con respecto a la petición de la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., la Comisión encuentra posible realizar la corrección de los valores de las metas del año sexto para el indicador de frecuencia promedio de interrupciones SAIDI, considerando los argumentos presentados por la empresa. Así mismo, la Comisión identifica que en el tercer decimal del indicador SAIFI se presentó la misma situación para la meta del año sexto, por lo cual se considera necesario también realizar el ajuste de la meta de este indicador.

Con base en lo anterior, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 1387 del 22 de mayo de 2025, aprobó expedir la presente resolución y, en consecuencia

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución CREG 501 096 de 2024, el cual queda así:

Artículo 1o. Meta para el indicador de duración de eventos. La meta de calidad media del indicador de duración de eventos, SAIDI_Mj,t, para el sexto año del periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, de la empresa Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. es la siguiente:

Tabla 1. Meta del indicador de duración, para el sexto año. [horas]

Año del periodo tarifarioSAIDI_Mj,tBanda de indiferencia
 Límite inferiorLímite superior
t=619,99619,89620,096

ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 2o de la Resolución CREG 501 096 de 2024, el cual queda así:

Artículo 2o. Meta para el indicador de frecuencia de eventos. La meta de calidad media del indicador de frecuencia de eventos, SAIFI_Mj,t, para el sexto año de periodo tarifario de aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, de la empresa Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. es la siguiente:

Tabla 2. Meta del indicador de frecuencia, para el sexto año. [veces]

Año del periodo tarifarioSAIFI_Mj,tBanda de indiferencia
Límite inferiorLímite superior
t=612,83312,76912,897

ARTÍCULO 3o. La presente resolución deberá notificarse a la empresa Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno, toda vez que se entienden agotados todos los recursos que por ley son obligatorios.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de mayo de 2025.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JORGE CRISTANCHO GÓMEZ
Viceministro de Energía Encargado
Presidente


ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Director Ejecutivo

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