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RESOLUCIÓN 136 DE 2013

(octubre 7)

Diario Oficial No. 48.978 de 18 de noviembre de 2013

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 de Codensa S.A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Que mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL).

Que a través de la Resolución CREG 100 de 2009, la Comisión aprobó el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por CODENSA S.A. E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR) y en el Sistema de Distribución Local (SDL).

Que a través de la Resolución CREG 081 de 2010, la Comisión aprobó la corrección de un error en los cálculos que sirvieron de base para la expedición de la Resolución CREG 100 de 2009 y se modificó dicho acto.

Que a través de la Resolución CREG 062 de 2011 la CREG aprobó la actualización del Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 de Codensa S.A. E.S.P. por la entrada de los equipos de compensación capacitiva en la subestación Salitre 115 kV;

Que a través de la Resolución CREG 081 de 2012 la CREG aprobó la actualización del Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 de Codensa S.A. E.S.P. por el reconocimiento del transformador de reserva de conexión al STN en la subestación Guaca 230/115 kV y por la entrada en operación de activos de nivel de tensión 4 en las subestaciones Calle Primera, Carrera Quinta y Noroeste.

Que a través de la Resolución CREG 053 de 2013 la CREG aprobó la actualización del Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 de Codensa S.A. E.S.P. por la entrada en operación de activos en las subestaciones La Guaca, Tunal y Florida.

Que el numeral 4.1 del Capítulo IV de la Resolución CREG 097 de 2008 expresa que: (…) El Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4 será revisado oficiosamente por la Comisión cuando se detecte que alguno de los activos reportados para su remuneración no continúa en servicio. Sin perjuicio de lo anterior, el agente tiene la obligación de informar a la Comisión sobre la ocurrencia de tal hecho.

Que el artículo 9 de la Resolución CREG 097 de 2008 previó que los cargos aprobados se pueden actualizar cuando entren en operación nuevos activos de uso del Nivel de Tensión 4 o de Conexión al STN durante el periodo tarifario, previo el cumplimiento de los requisitos señalados en el Capítulo IV del Anexo General de esa norma.

Que Codensa S.A. E.S.P., en comunicación dirigida a la CREG y radicada con el código E-2012-009773, informó sobre la situación presentada en la subestación Centro Urbano relacionando las unidades constructivas de Nivel de Tensión 4 que salieron de servicio.

Que Codensa S.A. E.S.P., en comunicación dirigida a la CREG y radicada con el código E-2013-002281, presentó una solicitud de actualización del costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 por la instalación del quinto banco de transformación 300 MVA en la subestación Torca y el cambio de configuración de dicha subestación.

Que mediante auto del 13 de junio de 2013, la Dirección Ejecutiva de la Comisión inició una actuación administrativa con el fin de decidir la solicitud de reconocimiento de los activos asociados con el quinto banco de transformación en la subestación Torca y el retiro de los activos fuera de servicio de la subestación Centro Urbano.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el 13 de junio se publicó en la página web de la comisión el aviso número 024 informando sobre la apertura de la actuación administrativa en comento, a fin de que los terceros interesados puedan hacerse parte en la misma.

Que el 18 de septiembre de 2013 se realizó una visita a la subestación Torca para verificar la existencia de los elementos que constituyen la solicitud, el acta de visita correspondiente reposa en el expediente de la respectiva actuación administrativa.

Que la Unidad de Planeación Minero Energética emitió conceptos favorables para la remuneración de los activos asociados con el quinto banco de transformación y la reconfiguración de la subestación Torca.

Que aplicada la metodología vigente, incluyendo los activos solicitados por el OR asociados con el quinto banco de transformación de la subestación Torca a excepción de una unidad de adquisición de datos (1 UC N4EQ1), retirando los activos reemplazados en la subestación Torca y retirando los activos reportados fuera de servicio de la subestación Centro Urbano, se calcularon las variables correspondientes para el sistema operado por Codensa S.A. E.S.P. En el Documento CREG-096 de 2013 están contenidos los análisis efectuados.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 7o de la Ley 1340 de 2009 y en el artículo número 5 del Decreto número 2897 de 2010, se respondió el cuestionario elaborado por la Superintendencia de Industria y Comercio, encontrando que todas las respuestas fueron negativas, dado que las disposiciones contenidas en esta resolución no tienen incidencia sobre la libre competencia en los mercados y por consiguiente no se requiere informar a esa superintendencia.

Que la Comisión, en sesión número 576 del día 7 de octubre de 2013, aprobó modificar el Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 de Codensa S.A. E.S.P. por la entrada en operación de activos en la subestación Torca y el retiro de activos de las subestaciones Torca y Centro Urbano,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 1o DE LA RESOLUCIÓN CREG 100 DE 2009. El artículo 1o de la Resolución CREG 100 de 2009, modificado por las Resoluciones CREG 081 de 2010, 062 de 2011, 081 de 2012 y 053 de 2013, queda así:

Artículo 1o. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por Codensa S.A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG-097 de 2008, es el siguiente:

Costo Anual por el Uso de los ActivosPesos de diciembre de 2007
Nivel de Tensión 4 (CAj,4)$ 167,219,309,670

ARTÍCULO 2o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 5o DE LA RESOLUCIÓN CREG 100 DE 2009. El artículo 5o de la Resolución CREG 100 de 2009, modificado por las Resoluciones CREG 062 de 2011, 081 de 2012 y 053 de 2013, quedará así:

Artículo 5o. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión del OR Codensa S.A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG-097 de 2008, son los siguientes:

Costo de Reposición de InversiónPesos de diciembre de 2007
Para el Nivel de Tensión 4 (CRIj,4)860.407.565.891
Para el Nivel de Tensión 3 (CRIj,3)235.570.145.879
Para el Nivel de Tensión 2 (CRIj,2)1.960.865.479.582
Para el Nivel de Tensión 1 (CRIj,1)2.123.320.858.817

ARTÍCULO 3o. La presente Resolución deberá notificarse a la empresa Codensa S.A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá. D. C., a 7 de octubre de 2013.

El Presidente,

AMÍLCAR DAVID ACOSTA MEDINA,

Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

GERMÁN CASTRO FERREIRA.

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