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Por la cual se asignan los porcentajes de distribución del ingreso por concepto del uso del STN, aplicables a TRANSELCA S.A. E.S.P. y a CORELCA.
RESOLUCIÓN 105 DE 1998
(septiembre 29)
Diario Oficial No. 43.411 de 21 de octubre de 1998
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Por la cual se asignan los porcentajes de distribución del ingreso por concepto del uso del STN, aplicables a TRANSELCA S.A. E.S.P. y a CORELCA.
LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
CONSIDERANDO
Que en el Artículo 5o de la Resolución CREG-233 de 1997, se fijaron los Porcentajes de Distribución del Ingreso que regirían a partir del 1o de enero de 1998, aplicables a las empresas transportadoras propietarias del Sistema de Transmisión Nacional;
Que se presentó un cambio en la propiedad de una parte de los activos de transmisión que pertenecían a CORELCA, activos que fueron traspasados a la empresa TRANSELCA S.A. E.S.P.;
Que TRANSELCA S.A. E.S.P. solicitó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante comunicación con número de radicación CREG No. 4675 del 2 de septiembre de 1998, la asignación del porcentaje de distribución del ingreso por concepto de uso del STN que le correspondiera, con base en los activos que le fueron traspasados;
Que Interconexión Eléctrica S.A. "E.S.P." cumpliendo con la reglamentación vigente, calculó el porcentaje de los ingresos que le corresponde a TRANSELCA S.A. E.S.P. y a CORELCA, con base en la participación de los activos reportados por dichas empresa en la "Red Mínima". Cálculo que remitió a la CREG mediante comunicación con número de radicación CREG-4684 del 2 de septiembre de 1998;
Que es necesario redistribuir entre TRANSELCA S.A. E.S.P. y CORELCA el porcentaje inicialmente asignado a esta última entidad;
RESUELVE:
ARTICULO 1o. PORCENTAJES DE DISTRIBUCIÓN DEL INGRESO POR CONCEPTO DEL USO DEL STN. A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, modifícase el porcentaje de distribución del ingreso asignado a los transportadores del STN, proveniente de la aplicación de los Cargos por Uso del Sistema a que se refiere la Resolución CREG-233 de 1997, en la siguiente forma:
| CENS | 0.17% |
| CORELCA | 0.41% |
| CHB | 0.25% |
| CHEC | 0.23% |
| DISTASA | 0.31% |
| EBSA | 0.17% |
| EE.PP.M. | 5.36% |
| EEB | 5.91% |
| EPSA | 2.20% |
| ESSA | 2.03% |
| ISA | 75.29% |
| TRANSELCA | 7.67% |
ARTICULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha en que se encuentre en firme. Deberá publicarse en el Diario Oficial y notificarse a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., TRANSELCA S.A. E.S.P. y CORELCA. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación o publicación según el caso.
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., el día 29 de Septiembre de 1998
Ministro de Minas y Energía
LUIS CARLOS VALENZUELA D.
Presidente
JOSE CAMILO MANZUR J.
Director Ejecutivo