RESOLUCIÓN 7 DE 1995
(marzo 14)
<Publicada Página WEB de la Comisión de Regulación de Energía y Gas>
Diario Oficial No. 41.773 de 24 de marzo de 1995
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Por la cual se establece la metodología para calcular la tarifa de compra de energía a largo plazo a los generadores Empresa de Energía de Bogotá, -EEB-, Empresas Públicas de Medellín -EPM- y la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA-.
LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1523 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas está facultada para fijar las tarifas de venta de energía eléctrica, de conformidad con lo previsto en las Leyes 142 y 143 de 1994. Es especial, el artículo 91 de la Ley 142 de 1994 el cual atribuye a la Comisión la potestad de establecer las tarifas para cada una de las etapas del servicio público de energía eléctrica.
Que la Comisión debe fijar la tarifa de compra de energía a largo plazo a los generadores Empresa de Energía de Bogotá, -EEB-, Empresas Públicas de Medellín -EPM- y la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA-. para el lapso comprendido entre la fecha de vigencia de esta resolución y el 30 de junio de 1995.
Que la Comisión en su sesión del 7 de marzo de 1995 definió la metodología para calcular la tarifa de compra de energía a largo plazo a los generadores Empresa de Energía de Bogotá, -EEB-, Empresas Públicas de Medellín -EPM- y la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA-.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Para calcular la tarifa de compra de energía a largo plazo a los generadores Empresa de Energía de Bogotá, -EEB-, Empresas Públicas de Medellín -EPM- y la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA- se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento:
1. Para calcular la tarifa de energía y potencia a marzo de 1995, se tomará como base la tarifa de intercambio a diciembre de 1994 descontando el valor de los cargos por uso de la red de transmisión correspondientes a las zonas donde están ubicadas las empresas.
"Por la cual se establece la metodología para calcular la tarifa de compra de energía a largo plazo a los generadores Empresa de Energía de Bogotá, -EEB-, Empresas Públicas de Medellín -EPM- y la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA-."
2. Se actualizará la tarifa de energía con el Indice de Precios al Productor calculado por el Banco de la República del mes correspondiente.
3. Se mantendrá constante la tarifa de potencia de diciembre de 1994 hasta el mes de abril de 1995 y a partir de mayo de 1995 se actualizará con el Indice de Precios al Productor calculado por el Banco de la República del mes correspondiente.
ARTICULO 2o. Las tarifas resultantes de aplicar la metodología determinada en el artículo 1o. tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 1995.
ARTICULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., el día 14 de Marzo de 1995
JORGE EDUARDO COCK LONDOÑO
Presidente
EVAMARIA URIBE TOBON
Director Ejecutivo