Por la cual se modifican los artículos 26 y 34 de la Resolución CREG 045 de 2008, "por la cual se establece la regulación aplicable al Período de Transición de un esquema de parque universal de cilindros a un esquema de parque marcado de cilindros de propiedad de los distribuidores, en el marco de la prestación del servicio público de distribución de GLP, y se dictan otras disposiciones con respecto al Margen de Seguridad" y se deroga el artículo 14 de la Resolución CREG 067 de 2008, "por la cual se establecen metas individuales de reposición de cilindros universales utilizados en la prestación de servicio de Gas Licuado del Petróleo (GLP) y las metas individuales de recolección del Programa REPU para su reemplazo por un parque universal de cilindros marcados propiedad de los distribuidores inversionistas de los cuales trata la Resolución CREG 045 de 2008"; Art. 1