Por la cual se aprueba el Mercado Relevante Especial de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería conformado por los Centros Poblados de Berlín, Juntas, La Flor, Llanitos, Pastales Nuevo, Pico de Oro, Puerto Perú Llanitos Parte Alta, Ramos y Astilleros, San Bernardo, San Juan de la China, Tres Esquinas y Villarestrepo en el Municipio de Ibagué, Departamento de Tolima; así como el Cargo de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Componente Fijo del Costo de Comercialización para el mercado, según solicitud tarifaria presentada por la empresa GAS UNIÓN DE COLOMBIA S.A.S. E.S.P