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RESOLUCIÓN 243 DE 2015

(diciembre 29)

Diario Oficial No. 49.926 de 6 de julio de 2016

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se hace una fe de erratas a la Resolución CREG 073 de 2015, “por la cual se aprueba el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Páez e Inzá, en el departamento del Cauca, según solicitud tarifaria presentada por Surcolombiana de GAS S.A. E.S.P.”.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

Mediante Resolución CREG 202 de 2013, se establecieron los criterios generales para remunerar la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería y se dictan otras disposiciones.

Con la Resolución CREG 138 de 2014, se modifica y adiciona la Resolución CREG 202 de 2013.

La empresa Surcolombiana de GAS S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas en la CREG bajo los números E-2014-002416, E-2014-003795 y E-2014-006091, con base en lo establecido en las Resoluciones CREG 202 de 2013 y 138 de 2014, solicitó la aprobación del cargo de distribución de GLP por redes, para el mercado relevante conformado por los municipios de Páez e Inzá, en el departamento del Cauca.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 659 de 29 de mayo de 2015 acordó expedir la Resolución CREG 073 de 2015, mediante la cual se aprobó el cargo por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Páez e Inzá, en el departamento del Cauca, según solicitud tarifaria presentada por Surcolombiana de GAS S.A. E.S.P.

La empresa solicitante informó que el proyecto contaba con recursos públicos provenientes del Presupuesto General de la Nación, para la construcción de infraestructura de distribución de GLP por redes para los municipios de Páez e Inzá, en el departamento del Cauca.

No obstante, en la Resolución CREG 073 de 2015 se señaló de forma errónea, que los recursos provenían del Fondo Especial Cuota de Fomento.

La Comisión considera necesario aclarar las imprecisiones de la citada resolución, haciendo una fe de erratas en ese sentido.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión número 696 del 29 de diciembre de 2015, acordó expedir esta resolución,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. FE DE ERRATAS. Dentro de la Resolución CREG 073 de 2015, “por la cual se aprueba el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Páez e Inzá, en el departamento del Cauca, según solicitud tarifaria presentada por Surcolombiana de GAS S.A. E.S.P.”, donde dice Fondo Especial Cuota de Fomento, es Presupuesto General de la Nación.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución deberá notificarse al representante legal de la empresa Surcolombiana de GAS S.A. E.S.P., al Fondo Especial Cuota de Fomento y publicarse en el Diario Oficial.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 29 de diciembre de 2015.

El Presidente,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO.

Viceministro de Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

JORGE PINTO NOLLA.

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