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RESOLUCIÓN 140 DE 2019

(octubre 18)

Diario Oficial No. 51.222 de 9 de febrero 2020

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada y modificada por las resoluciones CREG 085 de 2018 y 036 de 2019.

Por medio de la Resolución CREG 015 de 2019 se modificó la tasa de retorno para la actividad de distribución de energía eléctrica, aprobada en la Resolución CREG 016 de 2018.

Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E 2018-009418 del 17 de septiembre de 2018, solicitó la aprobación de los ingresos asociados con el sistema de transmisión regional y el sistema de distribución local que opera.

Mediante Auto del 26 de septiembre de 2018 se dio inicio a la actuación administrativa, asignada al expediente 2018-0163, durante la cual se surtieron las respectivas aclaraciones y correcciones como respuesta a las etapas probatorias correspondientes.

En el Documento 097 de 2019 se encuentra el soporte de esta resolución, el cual incluye, entre otros, los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados, las memorias de cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores, variables, factores, indicadores e índices que se aprueban en la presente resolución.

Con base en lo anterior, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 953 del 18 de octubre de 2019, acordó expedir esta resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. En esta resolución se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P., en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.

ARTÍCULO 2o. BASE REGULATORIA DE ACTIVOS ELÉCTRICOS AL INICIO DEL PERIODO TARIFARIO. La base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario, BRAEj,n,0, es el siguiente:

Tabla 1 Base regulatoria de activos eléctricos al inicio del periodo tarifario

Variable Pesos de diciembre de 2017
BRAEj,4,0 182.862.691.781
BRAEj,3,0 97.359.700.844
BRAEj,2,0 318.810.957.738
BRAEj,1,0 208.873.464.176

ARTÍCULO 3o. INVERSIÓN APROBADA EN EL PLAN DE INVERSIONES. <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia> El valor de las inversiones aprobadas en el plan de inversiones, INVAj,n,l,t, para cada nivel de tensión, es el siguiente:

Tabla 2 Plan de inversiones del nivel de tensión 4, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l INVAj,4,l,1 INVAj,4,l,2 INVAj,4,l,3 INVAj,4,l,4 INVAj,4,l,5
l = 1 0 0 0 0 0
l = 2 0 0 0 0 0
l = 3 558.336.000 518.134.000 3.727.883.822 882.555.390 10.604.567.048
l = 4 23.943.000 23.943.000 71.829.000 0 0
l = 5 33.882.000 101.646.000 169.410.000 0 0
l = 6 176.746.000 0 0 0 634.616.110
l = 7 0 0 0 0 0
l = 8 0 0 0 0 0
l = 9 0 0 0 0 0
l = 10 0 0 0 0 0

Tabla 3 Plan de inversiones del nivel de tensión 3, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l INVAj,3,l,1 INVAj,3,l,2 INVAj,3,l,3 INVAj,3,l,4 INVAj,3,l,5
l = 1 0 1.149.617.500 7.452.612.000 2.082.437.291 2.082.437.291
l = 2 0 0 0 0 0
l = 3 1.827.546.000 1.546.797.000 4.172.883.150 1.205.783.976 725.652.000
l = 4 266.706.000 201.747.000 1.316.457.000 355.608.000 88.902.000
l = 5 8.636.000 25.908.000 43.180.000 0 0
l = 6 189.771.000 374.130.000 302.298.000 0 0
l = 7 2.388.332.500 9.541.963.350 832.462.700 0 0
l = 8 0 0 0 0 0
l = 9 486.192.000 0 0 0 182.322.000
l = 10 0 0 0 0 0

Tabla 4 Plan de inversiones del nivel de tensión 2, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l INVAj,2,l,1 INVAj,2,l,2 INVAj,2,l,3 INVAj,2,l,4 INVAj,2,l,5
l = 1 0 0 0 1.794.598.000 1.639.241.500
l = 2 0 0 0 0 0
l = 3 1.594.012.000 1.009.236.000 1.985.782.000 491.866.560 1.336.493.000
l = 4 62.375.000 143.658.000 47.886.000 0 38.432.000
l = 5 0 0 0 0 0
l = 6 199.144.000 199.144.000 334.540.000 0 0
l = 7 9.607.081.582 8.524.517.790 2.449.626.420 0 7.862.736.000
l = 8 0 0 0 0 0
l = 9 813.292.000 914.632.000 537.802.000 0 3.233.888.000
l = 10 0 0 0 0 0

Tabla 5 Plan de inversiones del nivel de tensión 1, pesos de diciembre de 2017

Categoría de activos l INVAj,1,l,1 INVAj,1,l,2 INVAj,1,l,3 INVAj,1,l,4 INVAj,1,l,5
l = 11 1.117.209.000 1.874.332.000 2.108.234.000 0 0
l = 12 2.487.621.244 4.687.250.014 4.662.896.603 0 0

PARÁGRAFO. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución CREG 015 de 2018 y el artículo 50 de la Resolución CREG 036 de 2019, el valor de los activos puestos en operación en el 2018, es el siguiente:

Tabla 6 Valor de los activos del nivel de tensión 4, 3 y 2 puestos en operación en el 2018

Categoría de activos l Nivel 4 Nivel 3 Nivel 2
l = 1 0 4.348.881.000 9.202.929.844
l = 2 0 0 0
l = 3 11.429.313.537 6.494.031.000 2.117.448.000
l = 4 1.061.334.394 454.917.000 377.559.000
l = 5 1.400.904.032 301.308.000 150.417.000
l = 6 7.140.113.128 959.317.000 619.294.000
l = 7 0 38.575.272.914 487.170.350
l = 8 0 0 0
l = 9 0 0 0
l = 10 274.861.333 274.861.333 274.861.333

ARTÍCULO 4o. RECUPERACIÓN DE CAPITAL DE ACTIVOS DE LA BRA INICIAL. El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos incluidos en la base regulatoria inicial de activos, RCBIAj,n,1, del año 1, para cada nivel de tensión, es el siguiente:

Tabla 7 Recuperación de capital de activos de la BRA inicial

Variable Pesos de diciembre de 2017
RCBIAj,4,1 5.554.306.691
RCBIAj,3,1 3.244.159.040
RCBIAj,2,1 9.598.305.828
RCBIAj,1,1 8.074.768.292

ARTÍCULO 5o. RECUPERACIÓN DE CAPITAL DE ACTIVOS NUEVOS. <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia> El valor de la recuperación de capital reconocida para los activos que entraron en operación en el primer año, RCNAj,n,1, es el siguiente:

Tabla 8 Recuperación de capital de activos nuevos

Variable Pesos de diciembre de 2017
RCNAj,4,1 695.751.079
RCNAj,3,1 1.448.650.811
RCNAj,2,1 724.710.881
RCNAj,1,1 118.078.518

ARTÍCULO 6o. BASE REGULATORIA DE TERRENOS. El valor de la base regulatoria de terrenos, BRTj,n,1, del año 1, para los niveles de tensión 4, 3 y 2, es el siguiente:

Tabla 9 Base regulatoria de terrenos

Variable Pesos de diciembre de 2017
BRTj,4,1 609.286.227
BRTj,3,1 303.330.435
BRTj,2,1 6.046.069

ARTÍCULO 7o. AOM BASE POR NIVEL DE TENSIÓN. El valor del AOM base para cada nivel de tensión, AOMbasej,n, es el siguiente:

Tabla 10 AOM base por nivel de tensión

Variable Pesos de diciembre de 2017
AOMbasej,4 6.739.861.451
AOMbasej,3 3.588.435.061
AOMbasej,2 11.750.574.506
AOMbasej,1 7.698.553.464

ARTÍCULO 8o. FACTOR AMBIENTAL PARA LAS NUEVAS INVERSIONES. El valor del factor ambiental para las nuevas inversiones, fAMBj, es el siguiente:

Tabla 11 Factor ambiental para nuevas inversiones

Variable Valor
fAMBj 1,019

ARTÍCULO 9o. INDICADORES DE REFERENCIA DE CALIDAD MEDIA. Los indicadores de referencia de la calidad media SAIDI_Rj y SAIFI_Rj, son los siguientes:

Tabla 12 Indicadores de referencia de calidad media

Variable Unidad Valor
SAIDI_Rj Horas 90,551
SAIFI_Rj Veces 40,272

ARTÍCULO 10. METAS ANUALES DE CALIDAD MEDIA PARA EL INDICADOR DE DURACIÓN DE EVENTOS. Las metas anuales de calidad media para el indicador de duración de eventos, SAIDI_Mj,t, son las siguientes:

Tabla 13 Metas anuales de calidad media para el indicador de duración, horas

Año del periodo tarifario SAIDI_Mj,t Límite inferior banda indiferencia Límite superior banda indiferencia
t=1 83,307 82,890 83,723
t=2 76,642 76,259 77,025
t=3 70,511 70,158 70,863
t=4 64,870 64,546 65,194
t=5 59,680 59,382 59,979

ARTÍCULO 11. METAS ANUALES DE CALIDAD MEDIA PARA EL INDICADOR DE FRECUENCIA DE EVENTOS. Las metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia de eventos, SAIFI_Mj,t, son las siguientes:

Tabla 14 Metas anuales de calidad media para el indicador de frecuencia, veces

Año del periodo tarifario SAIFI_Mj,t Límite inferior banda indiferencia Límite superior banda indiferencia
t=1 37,050 36,865 37,235
t=2 34,086 33,916 34,256
t=3 31,359 31,202 31,516
t=4 28,850 28,706 28,995
t=5 26,542 26,410 26,675

ARTÍCULO 12. INDICADORES DE CALIDAD INDIVIDUAL DE DURACIÓN DE EVENTOS. La duración máxima anual de los eventos percibidos por los usuarios, DIUGj,n,q, en los niveles de tensión 2, 3 y 1, es la siguiente:

Tabla 15 DIUG niveles de tensión 2 y 3, horas

Ruralidad 1Ruralidad 2 Ruralidad 3
Riesgo 1 16,22 47,70 77,19
Riesgo 2 - - -
Riesgo 3 - - -

Tabla 16 DIUG nivel de tensión 1, horas

Ruralidad 1Ruralidad 2 Ruralidad 3
Riesgo 1 63,19 115,59 157,25
Riesgo 2 - 164,04 164,20
Riesgo 3 - - -

ARTÍCULO 13. INDICADORES DE CALIDAD INDIVIDUAL DE FRECUENCIA DE EVENTOS. La frecuencia máxima anual de los eventos percibidos por los usuarios, FIUGj,n,q, en los niveles de tensión 2, 3 y 1, es la siguiente:

Tabla 17 FIUG niveles de tensión 2 y 3, veces

Ruralidad 1Ruralidad 2 Ruralidad 3
Riesgo 1 15 16 53
Riesgo 2 - - -
Riesgo 3 - - -

Tabla 18 FIUG nivel de tensión 1, veces

Ruralidad 1Ruralidad 2 Ruralidad 3
Riesgo 1 32 60 63
Riesgo 2 - 69 70
Riesgo 3 - - -

ARTÍCULO 14. ÍNDICES DE REFERENCIA PÉRDIDAS EFICIENTES. Los índices de pérdidas eficientes, Pej,n, en los niveles de tensión 3, 2 y 1, son los siguientes:

Tabla 19 Índice de pérdidas eficientes

Variable Valor
Pej,3 0,81%
Pej,2 1,74%
Pej,1 9,39%

ARTÍCULO 15. FACTOR DE PÉRDIDAS RECONOCIDAS EN EL NIVEL DE TENSIÓN 1 EN EL AÑO 1. El factor de pérdidas reconocidas en el nivel de tensión 1 en el año 1, FPIj,1, aplicable al plan de reducción de pérdidas aprobado, es el siguiente:

Tabla 20 Índice de pérdidas eficientes

Variable Valor
FPIj,1 9,39%

ARTÍCULO 16. COSTOS DE REPOSICIÓN DE REFERENCIA. El costo de reposición de referencia, CRRj, y los costos de reposición de referencia por nivel de tensión, Crrj,n, son los siguientes:

Tabla 21 Costo de reposición de referencia

Variable Pesos de diciembre de 2017
CRRj 837.206.845.188
Crrj,4 184.545.709.199
Crrj,3 99.702.971.057
Crrj,2 336.636.972.089
Crrj,1 216.321.192.843

ARTÍCULO 17. COSTO ANUAL DEL PLAN DE GESTIÓN DE PÉRDIDAS. <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia> El costo anual del plan de gestión de pérdidas, CAPj, es el siguiente:

Tabla 21 Costo anual del plan de gestión de pérdidas

Variable Pesos de diciembre de 2017
CAPj 2.644.569.634

ARTÍCULO 18. COSTO DE LAS INVERSIONES EN ACTIVOS QUE NO SON CLASIFICABLES COMO UC. <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia> El costo de las inversiones en activos que no son clasificables como unidades constructivas, INVNUCj, es el siguiente:

Tabla 22 Costo anual de inversiones en activos no clasificables como UC

Variable Pesos de diciembre de 2017
INVNUCj 12.178.973.258

ARTÍCULO 19. VALOR ANUAL POR CONCEPTO DE CONEXIONES AL SISTEMA DE OTRO OR. El valor anual por concepto de conexiones al sistema de otros OR en los niveles de tensión 3 y 2, Oj,n, es el siguiente:

Tabla 23 Valor anual por concepto de conexiones al sistema de otro OR

Variable Pesos de diciembre de 2017
Oj,3 0
Oj,2 0

A. E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto, procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de octubre de 2019.

El Presidente,

Diego Mesa Puyo.

Viceministro de Energía, Delegado de la Ministra de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

Christian Jaramillo Herrera.

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