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RESOLUCIÓN 128 DE 2018

(octubre 26)

Diario Oficial No. 50.783 de 20 de noviembre de 2018

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución “Por la cual se define el cronograma para respaldar OEF asignadas en la subasta 2022-2023 con nueva infraestructura de importación de gas natural”.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 2.2.13.3.2 del Decreto 1078 de 2015, concordante con el artículo 8o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el artículo 33 de la Resolución CREG 039 de 2017, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 884 del 26 de octubre de 2018, aprobó hacer público el proyecto de resolución “Por la cual se define el cronograma para respaldar OEF asignadas en la subasta 2022-2023 con nueva infraestructura de importación de gas natural”

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Hágase público el siguiente proyecto de resolución “Por la cual se define el cronograma para respaldar OEF asignadas en la subasta 2022-2023 con nueva infraestructura de importación de gas natural”. Los análisis y las recomendaciones a la Comisión están contenidos en el Documento CREG 96 de 2018.

ARTÍCULO 2o. Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del proyecto en la página Web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

ARTÍCULO 3o. Infórmese en la página web la identificación de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podrá solicitar información sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o sugerencias, y los demás aspectos previstos en el Decreto 1078 de 2015.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución no deroga disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2018.

El Presidente,

Diego Mesa Puyo,

Viceministro de Energía Delegado de la Ministra de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

Christian Jaramillo Herrera.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución “Por la cual se define el cronograma para respaldar OEF asignadas en la subasta 2022-2023 con nueva infraestructura de importación de gas natural”.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con lo previsto en la Ley 143 de 1994, artículos 11 y 23 literal i), corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, establecer el Reglamento de Operación para realizar el planeamiento, la coordinación y la ejecución de la operación del Sistema Interconectado Nacional y para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista de Energía eléctrica.

La Ley 143 de 1994, artículo 33, dispuso que “la operación del Sistema Interconectado se hará procurando atender la demanda en forma confiable, segura y con calidad del servicio mediante la utilización de los recursos disponibles en forma económica y conveniente para el país”.

En virtud de lo dispuesto por la Ley 143 de 1994, artículo 23, Literal n), la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, tiene la facultad de “definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía”.

Mediante la Resolución CREG 106 de 2011 se definió la opción con gas natural importado para respaldar Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad con la instalación de nueva infraestructura de importación.

Mediante la Resolución CREG 104 de 2018 se fijó la oportunidad para llevar a cabo la Subasta para la asignación de las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.

Se recibieron solicitudes para definir el período de asignación a plantas térmicas existentes y nuevas que respalden las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad de la subasta 2022-2023 con nueva infraestructura de importación de gas natural.

La Comisión ha encontrado conveniente definir cronograma para cumplir con los requisitos definidos en la Resolución CREG 106 de 2011 y el período de asignación para los diferentes tipos de plantas térmicas (existentes, existentes con obras, especiales y nuevas) que respalden sus obligaciones con nueva infraestructura de importación de gas natural.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CRONOGRAMA PARA CUMPLIR CON LOS ARTÍCULOS 3° Y 4° DE LA RESOLUCIÓN CREG 106 DE 2011 PARA RESPALDAR OEF ASIGNADAS EN LA SUBASTA 2022-2023 CON OPACGNI NUEVA. El cronograma para cumplir con los artículos 3o y 4o de la Resolución CREG 106 de 2011 para respaldar OEF asignadas en la subasta 2022-2023 con OPACGNI nueva será el siguiente:

a) Requisitos para acogerse a la OPACGNI, artículo 3o de la Resolución CREG 106 de 2011. La manifestación escrita de que trata el artículo 3o de la Resolución CREG 106 de 2011 se deberá entregar a la CREG con copia a XM, en la misma fecha en que se hace entrega de las garantías, según el cronograma de la subasta definido en la Resolución CREG 104 de 2018;

b) Condiciones para respaldar las OEF con gas natural importado cuando se requiera nueva infraestructura de importación, artículo 4o de la Resolución CREG 106 de 2011. Las fechas para cumplir con los requisitos señalados en el artículo 4o de la Resolución CREG 106 de 2011, con nueva infraestructura de importación de gas natural para respaldar las OEF asignadas en la subasta 2022-2023, son:

Ítem Requisito Fecha
i. Organización Cuarenta (40) días hábiles después de la entrega de contratos, según cronograma de la Resolución 104 de 2018.
ii. Esquema de selección Cuarenta (40) días hábiles después de la entrega de la organización.
iii. Construcción y operación de la infraestructura de importación Ciento nueve (109) días hábiles después de la entrega del esquema de selección.
iv. Contratos de suministro y transporte de gas Una (1) año antes del período de inicio de las obligaciones

PARÁGRAFO. Los agentes que respalden OEF asignadas en la subasta 2022-2023 con OPACGNI nueva deberán cumplir con todo lo señalado en la Resolución CREG 106 de 2011.

ARTÍCULO 2o. ASIGNACIÓN DE OEF A PLANTAS TÉRMICAS QUE SE ACOJAN A LA OPACGNI CON NUEVA INFRAESTRUCTURA DE IMPORTACIÓN DE GAS NATURAL, ARTÍCULO 7° DE LA RESOLUCIÓN CREG 106 DE 2011. Las plantas y/o unidades térmicas que se acojan a la OPACGNI con nueva infraestructura de importación para respaldar las asignaciones de OEF de la subasta 2022-2023, podrán seleccionar el Período de Vigencia de la Obligación de acuerdo con el período definido en la Resolución CREG 071 de 2006 según el tipo de planta.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Firmas del proyecto

El Presidente,

Diego Mesa Puyo,

Viceministro de Energía Delegado de la Ministra de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

Christian Jaramillo Herrera.

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