RESOLUCIÓN 90 DE 1999
(diciembre 22)
Diario Oficial No. 43.835, de 30 de diciembre de 1999
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Por la cual se modifica el artículo 13 de laResolución CREG-055 de 1999.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución CREG-055 de 1999, la Comisión de Regulación de Energía y Gas sometió a consideración de los agentes y de terceros interesados, las condiciones en las que se establecerá el Precio Máximo Regulado para el gas natural colocado en Punto de Entrada al Sistema Nacional de Transporte y otras disposiciones para la comercialización de gas natural en el país;
Que mediante comunicación de fecha veintiuno (21) de diciembre de 1999, radicada internamente con el número CREG-7746 de 1999, la Asociación Colombiana de Gas Natural solicitó la ampliación del plazo para la presentación de comentarios a la Resolución CREG-055 de 1999;
Que la Comisión ha considerado conveniente ampliar el término establecido en la Resolución CREG-055 de 1999 hasta el 12 de enero del año 2000,
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Modifícase el literal a) del artículo 13 de la Resolución CREG-055 de 1997, el cual quedará así:
" a) Las observaciones por parte de los Agentes y de los terceros interesados en la decisión que adoptará la Comisión, deberán ser presentadas a más tardar el día doce (12) de enero del año 2000."
ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 1999.
El Viceministro de Energía
Delegado por el Ministro de Minas y Energía,
FELIPE RIVEIRA HERRERA,
Presidente.
JOSÉ CAMILO MANZUR J.
El Director Ejecutivo,