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RESOLUCIÓN 89 DE 1996

(octubre 15)

 Diario Oficial No. 42.832 de 16 de julio de 1996

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011>

Por la cual se establece el régimen de libertad de tarifas para la venta de energía eléctrica a los municipios y distritos, con destino al alumbrado público.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGÍA Y GAS

en ejercicio de las atribuciones que le confieren las Leyes 142 y 143 de 1994

y los decretos 1524 y 2253 de 1994,

CONSIDERANDO:

  

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, en su sesión del 15 de octubre de 1996, ha considerado que es posible establecer un régimen de tarifas de libre negociación entre las empresas distribuidoras-comercializadoras, los municipios y distritos que adquieran energía eléctrica con destino al alumbrado público,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011> Establécese el régimen de libertad de tarifas para la energía eléctrica que las empresas distribuidoras-comercializadoras o comercializadoras suministren a los municipios y distritos, con destino al alumbrado público.

ARTICULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011> La actividad de comercialización de electricidad para alumbrado público está sujeta a las normas que rigen la comercialización de electricidad.

ARTICULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011> Esta resolución deroga el artículo 5o. de la Resolución CREG-043 del 23 de octubre de 1995, y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 15 días de Octubre de 1996

Ministro de Minas y Energía  

RODRIGO VILLAMIZAR A.

Presidente

EDUARDO AFANADOR I.

Director Ejecutivo

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