RESOLUCIÓN 89 DE 1996
(octubre 15)
Diario Oficial No. 42.832 de 16 de julio de 1996
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011>
Por la cual se establece el régimen de libertad de tarifas para la venta de energía eléctrica a los municipios y distritos, con destino al alumbrado público.
LA COMISION DE REGULACION DE ENERGÍA Y GAS
en ejercicio de las atribuciones que le confieren las Leyes 142 y 143 de 1994
y los decretos 1524 y 2253 de 1994,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, en su sesión del 15 de octubre de 1996, ha considerado que es posible establecer un régimen de tarifas de libre negociación entre las empresas distribuidoras-comercializadoras, los municipios y distritos que adquieran energía eléctrica con destino al alumbrado público,
RESUELVE:
ARTICULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011> Establécese el régimen de libertad de tarifas para la energía eléctrica que las empresas distribuidoras-comercializadoras o comercializadoras suministren a los municipios y distritos, con destino al alumbrado público.
ARTICULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011> La actividad de comercialización de electricidad para alumbrado público está sujeta a las normas que rigen la comercialización de electricidad.
ARTICULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 30 de la Resolución 123 de 2011> Esta resolución deroga el artículo 5o. de la Resolución CREG-043 del 23 de octubre de 1995, y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 15 días de Octubre de 1996
Ministro de Minas y Energía
RODRIGO VILLAMIZAR A.
Presidente
EDUARDO AFANADOR I.
Director Ejecutivo