BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

 

 

 

 

 

Por la cual se decide un recurso de reposición interpuesto por la Empresa Gas Natural del Centro S.A. contra la Resolución No. 038 de 1995

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCIÓN 69 DE 1995
(diciembre 21)

Diario Oficial No. 42.175 de 3 de enero de 1996

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Por medio de la cual se decide un recurso de reposición interpuesto por la Empresa Gas Natural del Centro S.A. contra la Resolución No. 038 de 1995

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y el Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

1. Que Gas Natural del Centro S.A, a través del representante legal interpuso recurso de reposición contra la Resolución No 038 del 6 de octubre de 1995, "Por la cual se señala la contribución que deben pagar las entidades reguladas por el año de 1995", expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, con el fin de obtener la revocatoria de dicho acto administrativo en cuanto a la liquidación del valor de la contribución de regulación a cargo de la citada empresa.

2. Que el recurrente se apoya en los siguientes argumentos:

a. Que desde su fundación la sociedad no ha prestado servicio público alguno y solamente ha tenido gastos para cubrir los estudios en la preparación de las ofertas a presentar en las varias invitaciones que el Ministerio de Minas y Energía ha convocado.

b. que por lo tanto solicita ser eximido de pagar la contribución.

Para resolver, se considera lo siguiente:

3. De acuerdo con los estados financieros a diciembre 31 de 1994, puestos a disposición de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, por Gas Natural del Centro S.A., de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 26 del Decreto 30 de 1995, y según lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto 2894 de 1994, se registraron operaciones que configuran la base para liquidar el valor de la contribución especial de regulación de que tratan los artículos 85.5 de la Ley 142 de 1994 y 26 del Decreto 30 de 1995.  

4. Por lo demás el artículo 10 de la Ley 43 de 1990 dispuso que la atestación o firma de un contador público en los actos propios de su profesión hará presumir, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que a los estatutarios en el caso de personas jurídicas. Tratándose de balances se presumirá además que los saldos se han tomado fielmente de los libros, que éstos se ajustan a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la correspondiente situación financiera en la fecha del balance.

Por las razones expuestas,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. No modificar la Resolución No. 038 del 6 de octubre de 1995, en cuanto señala la contribución que debe pagar la empresa Gas Natural del Centro S.A., por el año de 1995, según lo dispuesto por la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante la resolución 38 de 1995.

ARTICULO 2o. Confirmar la suma de $9.001 como el valor de la contribución especial de regulación por el año de 1995 a cargo de Gas Natural del Centro S.A.

ARTICULO 3o. Esta resolución rige a partir de la fecha de su notificación y contra no procede recurso alguno por la vía gubernativa.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá D.C. el día 21 de diciembre de 1995.

Ministro de Minas y Energía           

RODRIGO VILLAMIZAR ALVARGONZALEZ   

Presidente

ANTONIO BARBERENA S.

Director Ejecutivo (E)

×
Volver arriba