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RESOLUCIÓN 58 DE 2018

(27 abril)

Diario Oficial No. 50.629 de 19 de junio de 2018

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo y el artículo 41 ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los sistemas de transmisión regional (STR) y de distribución local (SDL).

En la Resolución CREG 121 de 2009, modificada por las resoluciones CREG 172 de 2009, 082 de 2012, 054 de 2014 y 053 de 2017, se aprobó el costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 y los cargos máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1 de los activos operados por la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. en el sistema de transmisión regional (STR) y en el sistema de distribución local (SDL).

De acuerdo con el artículo 9o de la Resolución CREG 097 de 2008, por la puesta en operación de nuevos activos podrán actualizarse los cargos por uso de los OR, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Capítulo 4 del anexo general de esa resolución.

Mediante comunicación radicada en la CREG con el número E-2018-000480 del 19 de enero de 2018, la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. solicita la actualización del costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4, por la entrada en operación del segundo transformador de conexión al STN en la subestación Bucaramanga 115 kV.

En la misma comunicación la empresa solicita “realizar la actualización de la fracción del activo financiado a través de recursos públicos de las unidades constructivas aprobadas en la Resolución CREG 054 de 2014 por la entrada en operación de la subestación Puerto Wilches 115 kV y la Línea Barranca - Puerto Wilches 115 kV y demás equipos asociados. Lo anterior teniendo en cuenta el contrato CAE-SD-044-2017 suscrito entre el Departamento de Santander y Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. para la adquisición de la fracción de los activos eléctricos que dentro de este proyecto pertenecían a la gobernación de Santander”.

La solicitud de la empresa se presentó y radicó ante la CREG con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución CREG 015 de 2018 y, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 24, la misma se deberá adelantar teniendo en cuenta los postulados de la Resolución CREG 097 de 2008.

Mediante auto del 26 de febrero de 2018, la Comisión dio inicio a la actuación administrativa tendiente a actualizar el costo anual por el uso de activos del nivel de tensión 4 de la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P., y ordenó la apertura del respectivo expediente que fue distinguido con el número 2018-0011.

Con respecto al ajuste en el inventario de la subestación Bucaramanga, la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. entregó la siguiente información:

a) Listado de unidades constructivas que componen los proyectos en el nivel de tensión 4, con base en las definidas en el capítulo 5 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008. Estas son:

UC Descripción Cantidad
N5T13 Autotransformador monofásico - Conexión al STN - 50 MVA 3,00
N4S43 Módulo común tipo 3 1,00
N4S12 Bahía de transformador - configuración en anillo 1,00
N4S19 Protección diferencial de barras 1,00
UC Descripción Cantidad
N4S48 Casa de control nivel de tensión 4 ($/m2) -56.14
N4S48 Casa de control nivel de tensión 4 ($/m2) 101.14
N4S42 Módulo común tipo 2 -1,00
N4EQ2 Transformador de tensión nivel 4 3,00
N4EQ4 Unidad de calidad de potencia 1,00
N4EQ9 Sistema de teleprotección 1,00
N4EQ10 Interface de usuario (IHM) 1,00
N4EQ12 Gateway de comunicaciones 1,00

b) Copia del concepto que sobre el proyecto emitió la Unidad de Planeación Minero Energética, mediante comunicaciones con radicado 20141500073651 del 28 de septiembre de 2014, 20161520011171 del 4 de marzo de 2016 y 20171520041401 del 30 de noviembre de 2017.

c) Comunicación con radicado 026850-1 del 21 de diciembre de 2017, en donde XM certifica la entrada en operación comercial, a parir del día 14 de diciembre de 2017, del segundo transformador de la subestación Bucaramanga 230/115 kV de 150 MVA y también certifica la entrada en operación de sus respectivas bahías de conexión al STN y STR.

d) Diagrama unifilar de la subestación Bucaramanga 230/115 kV.

Como resultado del análisis de la información entregada durante la actuación administrativa se ajustó el inventario de activos de la empresa. Las unidades constructivas a reconocer son las siguientes:

UC Descripción Cantidad
N5T13 Autotransformador monofásico - Conexión al STN - 50 MVA 3,00
N4S43 Módulo común tipo 3 1,00
N4S12 Bahía de transformador - configuración en anillo 1,00
N4S19 Protección diferencial de barras 1,00
N4S48 Casa de control nivel de tensión 4 ($/m2) 45,00
N4EQ2 Transformador de tensión nivel 4 3,00
N4EQ4 Unidad de calidad de potencia 1,00
N4EQ9 Sistema de teleprotección 1,00
N4EQ10 Interface de usuario (IHM) 1,00
N4EQ12 Gateway de comunicaciones 1,00

El módulo común tipo 2, que se reconocía en el inventario de la subestación Bucaramanga con la UC N4S42, se retiró en las mismas condiciones en las que fue incluido en el inventario.

La UC N4S48, en lugar de retirarla del inventario, se incluyó una adicional en el inventario con 45 m2, que es la diferencia entre el tamaño de la que ya se reconoce y la que pide la empresa.

Aplicada la metodología establecida en la Resolución CREG 097 de 2008 se calcularon las siguientes variables:

Costos anuales [Pesos dic. 2007] NCAAEj,n CAANEj,n AOMj,n
Nivel de Tensión 4 4.934.988.707 1.097.926.939 6.036.568.845

En relación con la actualización de la fracción del activo financiado a través de recursos públicos de las unidades constructivas aprobadas en la Resolución CREG 054 de 2014 por la entrada en operación de la subestación Puerto Wilches 115 kV y la Línea Barranca - Puerto Wilches 115 kV y demás equipos asociados, con base en lo dispuesto en el contrato CAE-SD-044-2017 suscrito entre el Departamento de Santander y Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. para la adquisición de la fracción de los activos eléctricos que dentro de este proyecto pertenecían a la gobernación de Santander, se observa que no es posible acceder a la misma, toda vez que no se encuadra dentro de los postulados consagrados tanto en el artículo 9o como en el capítulo 4 del anexo general ambos de la Resolución CREG 097 de 2008, por no ser un activo de uso nuevo.

La Comisión, en sesión número 850 del 27 de abril de 2018, aprobó modificar el costo anual por el uso de los activos de nivel de tensión 4 de la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P., por la conexión del segundo transformador 230/115 - 150 MVA y otros activos asociados.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. El artículo 1o de la Resolución CREG 121 de 2009, modificado por las resoluciones CREG 172 de 2009, 082 de 2012, 054 de 2014 y 053 de 2017, queda así:

Artículo 1o. Costo anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P., calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente:

ARTÍCULO 2o. El artículo 5o de la Resolución CREG 121 de 2009, modificado por las resoluciones CREG 172 de 2009, 082 de 2012, 054 de 2014 y 053 de 2017 queda así:

“Artículo 5o. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión del OR Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, son los siguientes:

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. De conformidad con lo previsto por el artículo 19 de la Resolución CREG 097 de 2008, los cargos y valores aquí aprobados estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme la presente resolución y por el periodo que establezca la regulación, sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar. Vencido su período de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos.

ARTÍCULO 4o. Se rechaza la solicitud presentada por la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P., relacionada con la actualización del Costo Anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 por la adquisición de la fracción de los activos eléctricos la subestación Puerto Wilches 115 kV y la Línea Barranca - Puerto Wilches 115 kV y demás equipos asociados, que eran de propiedad del departamento de Santander, por las razones expuestas en la parte motiva de este acto.

ARTÍCULO 5o. RECURSOS. La presente resolución deberá notificarse a la Electrificadora de Santander S. A. E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de abril de 2018.

El Presidente,

Alonso Mayelo Cardona Delgado.

Viceministro de Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

Germán Castro Ferreira.

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