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RESOLUCIÓN 56 DE 2014

(mayo 8)

Diario Oficial No. 49.151 de 14 de mayo de 2014

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución, por la cual se define un nuevo plazo para la aplicación de la opción tarifaria definida en la Resolución CREG 168 de 2008.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y, en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el artículo 9 del Decreto 2696 de 2004, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 603 del 8 de mayo de 2014 aprobó hacer público el proyecto de resolución, por la cual se define un nuevo plazo para la aplicación de la opción tarifaria definida en la Resolución CREG 168 de 2008,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Hágase público el siguiente proyecto de resolución, por la cual se define un nuevo plazo para la aplicación de la opción tarifaria definida en la Resolución CREG 168 de 2008.

ARTÍCULO 2o. Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta hasta el 11 de mayo de 2014.

ARTÍCULO 3o. Infórmese en la página web la identificación de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podrá solicitar información sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o sugerencias, y los demás aspectos previstos en el artículo 10 del Decreto 2696 de 2004.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución no deroga disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2014.

El Presidente,

ORLANDO CABRALES SEGOVIA,

Viceministro de Energía, delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO.

PROYECTO

por la cual se define un nuevo plazo para la aplicación de la opción tarifaria definida en la Resolución CREG 168 de 2008.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y, en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE:

La Resolución CREG 168 de 2008 estableció una opción tarifaria, la cual permite moderar incrementos abruptos en la tarifa mediante la acumulación de saldos que son pagados por el usuario con posterioridad a lo largo de un mayor período de tiempo.

El término de vigencia de opción terminó en el mes de febrero del presente año.

Se podrían presentar aumentos del precio de la energía en bolsa debido a las bajas hidrologías y ante la alta probabilidad de ocurrencia del fenómeno de El Niño, según el informe de NOAA, lo cual permite prever que se podrían presentar incrementos en la tarifa al usuario final, especialmente para quienes son atendidos por comercializadores con un porcentaje expuesto a bolsa.

La Comisión considera necesario definir un nuevo plazo para aplicar la opción tarifaria definida mediante la Resolución CREG 168 de 2008, para evitar aumentos abruptos en la tarifa de los usuarios finales y así reducir el impacto que para ellos puedan tener los aumentos previstos.

De conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto 2696 de 2004 y el numeral 3 del artículo 2 de la Resolución CREG 097 de 2004, la Comisión decidió por unanimidad no someter la presente resolución a los plazos sobre publicidad de proyectos de regulación previstas en el citado decreto, debido a la existencia de razones de conveniencia general y, de oportunidad, toda vez que es necesario definir un nuevo plazo para la aplicación de la opción tarifaria para que los comercializadores puedan aplicar la opción y así reducir el impacto de los aumentos en el costo de la energía a sus usuarios finales.

RESUELVE:

Artículo 1o. Definición de un nuevo plazo para la aplicación de la opción tarifaria definida en la Resolución CREG 168 de 2008. La opción tarifaria definida mediante la Resolución CREG 168 de 2008 se aplicará desde la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución y hasta dos años a partir de la vigencia de esta resolución.

Artículo 2o. Vigencia. Esta resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Firmas del proyecto,

El Presidente,

ORLANDO CABRALES SEGOVIA,

Viceministro de Energía, delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO.

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