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Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por  GOMBEL GAS LTDA contra la resolución 204 de octubre 22 de 1997.

RESOLUCIÓN 45 DE 1998
(marzo 26)
Diario Oficial No. 43.294 de 7 de mayo de 1998

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por GOMBEL GAS LTDA, contra la resolución CREG 204 de octubre 22 de 1997.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución CREG 204 del 22 de octubre de 1997 la Comisión señaló la contribución que debe pagar cada una de las entidades reguladas por el año de 1997, entre las cuales se incluyó a las sociedades GOMBEL GAS LTDA, y GUAVIO GAS LTDA., determinándoles el monto a pagar en las sumas de $840.638 y $ 980,128, respectivamente.   

Que tal decisión se adoptó teniendo en cuenta la obligación que tienen los distintos agentes económicos que desarrollan actividades reguladas en el subsector de gas combustible, de pagar la contribución especial destinada a recuperar los costos del servicio de regulación atribuido a la Comisión, de acuerdo con la Ley 142 de 1994, en particular los artículos 1o., 3o., 14.18, 14.28 y 85

Que mediante escrito del 10 de diciembre de 1997, la empresa GAS GOMBEL LTDA. interpuso oportunamente recurso de reposición contra la citada resolución, solicitando que esta sociedad junto con la sociedad GUAVIO GAS LTDA sean excluidas del pago de la contribución por el año de 1997.

Que el recurrente fundamenta su petición en el hecho de que "en virtud de la Ley 142 de 1994, se procedió a constituir la empresa Gas Gombel S.A. Empresa de Servicios Públicos, que asumió la comercialización y distribución de G.L.P. de las empresas Gombel Gas Limitada y Guavio Gas Limitada que cumplían ese objeto social hasta el año de 1996". Solicita la recurrente que se oficie internamente a la dependencia de gestión y viabilidad de la Superintendencia de Servicios Públicos para que confirmen lo aquí informado.

Que para resolver el recurso interpuesto, la Comisión considera:

Mediante comunicación 2835 del 22 de diciembre de 1997, se solicitó a la Empresa Gombel Gas Ltda., poner a disposición de la Comisión copia de la escritura de constitución de la empresa Gombel Gas S.A. E.S.P.

Mediante comunicación recibida el 7 de enero de 1998, suscrita por la Representante Legal de la sociedad GAS GOMBEL S.A. E.S.P. aportaron a la Comisión copia de varias escrituras sobre esta sociedad, quien manifiesta que "se espera se proceda a hacerse efectivo el recurso de reposición interpuesto".

Revisadas las escrituras puestas a disposición de la CREG, se encontró que ni en la escritura de constitución de la Sociedad Gas Gombel S.A., ni en las demás escrituras de reforma de dicha sociedad, enviadas a la Comisión, existe constancia de que se hayan celebrados actos jurídicos en virtud del cual esta sociedad asumiera legalmente en el año de 1997 las actividades de comercialización y distribución de GLP que desarrollaban en el año de 1996 las empresas Gombel Gas Limitada y Guavio Gas Limitada, como lo afirma la sociedad recurrente.

A través de la comunicación MMECREG-342 del 6 de febrero de 1998, se solicitó a la empresa recurrente, suministrar a la Comisión toda la información sobre las transacciones mediante las cuales la Empresa GAS GOMBEL E.S.P. constituida mediante la citada escritura No. 2352, "asumió la comercialización y distribución de G.L.P. de las empresas Gombel Gas Limitada y Guavio Gas Limitada, que cumplían ese objeto social hasta el año 1996", como lo afirma el recurso de reposición".

Revisada la información presentada por la Representante Legal de Gas Gombel S.A. E.S.P mediante comunicación del 12 de febrero 1998, se encuentra:

Copia del Acta No. 96A de la reunión extraordinaria de la Junta General de Socios de la sociedad "Guavio Gas Ltda.", celebrada el día 11 de Diciembre de 1996, donde consta que se aprobó por unanimidad ordenar al gerente cumplir el objeto social de GUAVIO GAS LTDA., a través de la nueva sociedad GAS GOMBEL S.A.

Copia del Acta No. 97A de la reunión extraordinaria de la Junta General de Socios de la sociedad "GOMBEL GAS LTDA." celebrada el día 11 de Diciembre de 1996, donde consta que se aprobó por unanimidad ordenar al gerente cumplir el objeto social de sociedad, a través de la nueva sociedad GAS GOMBEL S.A.

Copia del Acta No. 004 de la reunión extraordinaria de la Junta Directiva de la sociedad GAS GOMBEL S.A. E.S.P. celebrada el día 28 de noviembre de 1996, donde consta que "se autoriza el recibo del objeto social, por parte de GAS GOMBEL S.A. E.S.P. comercializadoras GUAVIO GAS Ltda. y GOMBEL GAS Ltda., a partir de enero de 1997."

Copia de la certificación suscrita por el señor Revisor Fiscal Gabriel Mena, con T.P. No. 9284-T, de fecha septiembre 11 de 1997, donde certifica "Que la Compañía GAS GOMBEL S.A. E.S.P (EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS), recibió el objeto social de comercialización de G.L.P. (Gas Licuado del Petróleo), de las Empresas GOMBEL GAS LTDA Y GUAVIO GAS LTDA, a partir de enero de 1.997"

Copia de la escritura No. 4370 reforma de sociedad efectuada el 19 de diciembre de 1997, de la Notaria Octava del Círculo de Santa Fe de Bogotá, donde se lee que la empresa Gombel Gas Ltda. "en ningún caso la empresa se dedicará a la compraventa, distribución y comercialización de gas propano y/o natural".

Como consta en la certificación presentada por el señor Revisor Fiscal de la sociedad GOMBEL GAS S.A. E.S.P., esta Sociedad "recibió el objeto social de comercialización" de GLP que desarrollaban las sociedades Gombel Gas Ltda. y Guavio Gas Ltda., a partir del 1° de enero de 1997, es decir que para el año de 1997, las actividades sujetas a regulación que realizaban tales sociedades fueron desarrolladas por GOMBEL GAS S.A. E.S.P. y por tanto, es esta sociedad quien debe pagar la contribución correspondiente al año de 1997, por el desarrollo de tales actividades.

Comoquiera que, según lo establecido en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, la contribución por los servicios de regulación prestados en el año de 1997 se debe liquidar con base en los estados financieros correspondientes al año fiscal de 1996, para el efecto se tendrán en cuenta los estados financieros y las autoliquidaciones presentadas por las empresas Gombel Gas Ltda. y Guavio Gas Ltda., correspondientes a las actividades realizadas en el año fiscal de 1996, actividades que, a partir del 1° de enero de 1997, fueron asumidas por Gombel Gas S.A. E.S.P. conforme a lo aprobado por las Juntas Directivas de estas empresas y a lo certificado por el Revisor Fiscal de las mismas.

Por las razones expuestas, se revocará parcialmente la resolución CREG-204 de 1994<sic, es 1997> en cuanto a las contribuciones liquidadas a cargo de las Sociedades Gombel Gas Ltda., y Guavio Gas Ltda., y se dispondrá que tales contribuciones deberán ser canceladas por la Sociedad Gas Gombel S.A. E.S.P.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Revocar parcialmente la resolución CREG-204 respecto de las contribuciones liquidadas a cargo de las Sociedades Gombel Gas Ltda. y Guavio Gas Ltda.

ARTÍCULO 2o. Ordenar que las liquidaciones efectuadas por la resolución CREG-204 de 1997 para las sociedades señaladas en el artículo anterior, deberán ser canceladas por la Sociedad GAS GOMBEL S.A. entidad que asumió a partir de enero de 1997, la realización de las actividades que en el periodo fiscal de 1996 fueron desarrolladas por las sociedades Gombel Gas Ltda. y Guavio Gas Ltda.

ARTÍCULO 3o. Notificar al Representante Legal de GOMBEL GAS S.A. E.S.P. el contenido de esta resolución, y hacerle saber que contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno por la vía gubernativa.

ARTÍCULO 4o. Esta resolución rige desde la fecha de su expedición.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE,

Dada en Santa Fé de Bogotá, a los 26 días del mes de Marzo de 1998

Ministro de Minas y Energía

ORLANDO CABRALES MARTINEZ           

Presidente

JORGE PINTO NOLLA

Director Ejecutivo (E)

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