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RESOLUCIÓN 26 DE 1997
(marzo 18)

<Publicada Página WEB de la Comisión de Regulación de Energía y Gas>

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS


Por la cual se rechaza el recurso de reposición interpuesto por la Empresa SOCIEDAD PLANTA PURIGAS LTDA, contra la resolución 131 de diciembre 18 de 1996.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO:

1o. Que mediante escrito presentado el 31 de enero de 1997, el representante legal de la Empresa SOCIEDAD PLANTA PURIGAS LTDA. interpuso recurso de reposición, pidiendo que se revoque la resolución CREG-131 en su artículo 1o, en el aparte que determinó a esa EMPRESA el monto de la contribución especial por el año de 1996, y que "se determine que para el año fiscal de 1996 no se establece monto de contribución alguna a cargo de la recurrente".

1o. Que mediante resolución CREG-131 del 18 de Diciembre de 1996 la Comisión señaló la contribución que debe pagar cada una de las entidades reguladas del servicio público de GLP a las cuales no se les había liquidado por el año de 1996, entre las que no se incluyó a la Empresa SOCIEDAD PLANTA PURIGAS LTDA. Por tal razón esta empresa carece de legitimación en causa para recurrir dicho acto administrativo, y el recurso debe ser rechazado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Código Contencioso Administrativo.

Con fundamento en lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Rechazar por improcedente el recurso de reposición interpuesto por el representante legal de la Empresa SOCIEDAD PLANTA PURIGAS LTDA, dado que a dicha empresa no se le liquidó contribución mediante el acto que recurre.

ARTÍCULO 2o. Notificar al representante legal o apoderado de la Empresa SOCIEDAD PLANTA PURIGAS LTDA., el contenido de esta resolución, y hacerle saber que contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno por la vía gubernativa.

ARTÍCULO 3o. Esta resolución rige desde la fecha de su notificación.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE,

Dado en Santa Fe de Bogotá, a los 18 días de marzo de 1997

Ministro de Minas y Energía

RODRIGO VILLAMIZAR ALVARGONZALEZ     

Presidente

JORGE MERCADO DIAZ

Director Ejecutivo (E)

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