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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación de Gas Natural

TÍTULO 7

Identificación de los índices de precios contenidos en las fórmulas tarifarias para los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, para efectos de lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 142 de 1994

ARTÍCULO 4.9.7.1. INDICES DE PRECIOS DE LA FÓRMULA TARIFARIA. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 142 de 1994, identifíquense los índices de precios incluidos en el Anexo de la presente resolución.

PARÁGRAFO. De conformidad con el artículo 125 de la Ley 142 de 1994, cada vez que se acumule una variación de, por lo menos, un tres por ciento (3%) en alguno de los índices de precios, identificados en el Anexo de la presente resolución, se actualizarán los componentes de la Fórmula Tarifaria de acuerdo con la respectiva variación de cada Indice de Precios, con sujeción a lo establecido en el mencionado artículo.

(Fuente: R CREG 010/05, art. 2)

ARTÍCULO 4.9.7.2. Identificación de los índices de precios contenidos en las fórmulas tarifarias para los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, para efectos de lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 142 de 1994. 1. Determinación de Indices de Precios

Con base en las Fórmulas Tarifarias definidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, los índices de precios asociados con cada una de las Fórmulas Tarifarias, para todas y cada una de las empresas donde las fórmulas tengan aplicación en el período i, se determinarán de la siguiente forma:

donde:

Es el Índice de Precios definido del componente W , en el período i, que acumula la variación en dicho componente.
Wi : Es el precio (pesos por unidades de consumo) del componente W , en el período i .
W0 : Es el precio (pesos por unidades de consumo) del componente W , en el período base.

2. Variación de los Índices de Precios

De conformidad con las definiciones y prácticas corrientes, la variación entre el período i-p y el período i del índice de precios del componente W , se define como:

Para efectos de determinar la variación del 3%, de que trata el Artículo 125 de la Ley 142, se definen los subíndices i-p e i de la siguiente forma:

i : Es el período para el cual se evalúa la aplicación de la variación del índice en un 3%
i-p: Es el período en el que se actualizó por última vez la fórmula tarifaria.

3. Índices de Precios para Energía Eléctrica

3.1. Sistema Interconectado Nacional

Con base en las fórmulas definidas en la Resolución CREG 031 de 1997, se identifican los índices asociados con cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria para cada Comercializador así:

Costo Unitario de Prestación del Servicio

donde:

: Es el Índice de Precios definido para el CUn,m,t, en el período i (año t, mes m).
CU n,i : Es el Costo Unitario de Prestación del Servicio de Energía Eléctrica ($/kWh), en el nivel de tensión n, para el período i (año t, mes m).
CU n,0 : Es el Costo Unitario de Prestación del Servicio de Energía Eléctrica ($/kWh) , en el nivel de tensión n, CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Compra de Energía

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Gm,t, en el período i (año t, mes m).
Gi : Es el Costo de compra de energía ($/kWh), en el período i (año t, mes m).
G0 : Es el Costo de compra de energía ($/kWh), trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo Promedio por Uso del STN

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Tm,t,z, en el período i (año t, mes m).
Ti : Es el Costo promedio por uso del STN ($/kWh) correspondiente al período i (mes m del año t).
T0 : Es el Costo promedio por uso del STN ($/kWh), trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Distribución

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente D n,t,m, en el período i (año t, mes m).
Dni : Es el Costo de distribución ($/kWh) correspondiente al nivel de tensión n para del respectivo mercado correspondiente al período i (mes m del año t).
Dn0 : Es Costo de distribución ($/kWh) correspondiente al nivel de tensión n del respectivo mercado, trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Comercialización

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente C m,t en el período i (año t, mes m).
Ci : Es el Costo de comercialización ($/kWh), en el período i (año t, mes m).
C0 : Es el Costo de comercialización ($/kWh), trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costos Adicionales del Mercado Mayorista

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente O m,t en el período i (año t, mes m).
Oi : Son los Costos adicionales del mercado mayorista ($/kWh), en el período i (año t, mes m).
O0 : Son los Costos adicionales del mercado mayorista ($/kWh), trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

3.2. Zonas No Interconectadas

Con base en las fórmulas definidas en la Resolución CREG-077 de 1997, se identifican los índices asociados con cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria para cada Comercializador así:

Costo de Prestación del Servicio

donde:

: Es el Índice de Precios definido para el CPSm,t, en el período i (año t, mes m).
CPSi : Es el Costo de Prestación del Servicio del Energía Eléctrica para Zonas No-Interconectadas ($/kWh) , en el período i (año t, mes m).
CPS0 : Es el Costo de Prestación del Servicio de Energía Eléctrica para Zonas No-Interconectadas ($/kWh), trasladado en el CPSm,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Generación

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Gt, en el período i (año t, mes m).
Gi : Es el Costo de Generación calculado en $/kWh, en el período i (año t, mes m).
G0 : Es el Costo de Generación calculado en $/kWh, trasladado en el CPSt aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Distribución y Comercialización

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente DCt, en el período i (año t, mes m).
DCi : Es el Costo de Distribución y Comercialización calculado en $/kWh, en el período i (año t, mes m).
DC0 : Es el Costo de Distribución y Comercialización calculado en $/kWh, trasladado en el CPSt aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

3.3 Archipiélago de San Andrés y Providencia

Con base en las fórmulas definidas en la Resolución CREG-073 de 1998, se identifican los índices asociados con cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria para cada Comercializador así:

Costo Unitario de Prestación del Servicio

donde:

Es el Índice de Precios definido para el CUn,m,t, en el período i (año t, mes m).
CUni : Es el Costo Unitario de Prestación del Servicio de Energía Eléctrica para Archipiélago de San Andrés y Providencia, en el nivel de tensión n, ($/kWh) en el período i (año t, mes m).
CUn0 : Es el Costo Unitario de Prestación del Servicio de Energía Eléctrica para Archipiélago de San Andrés y Providencia, en el nivel de tensión n, ($/kWh), trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Generación y Transmisión

donde:

Es el Índice de Precios definido del componente GTm,t, en el período i (año t, mes m).
GTi : Es el Costo de Generación y Transmisión ($/kWh) a nivel de tensión III, en el período i (año t, mes m).
GT0 : Es el Costo de Generación y Transmisión ($/kWh) a nivel de tensión III trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Distribución

donde:

Es el Índice de Precios definido del componente D n,t,m, en el período i (año t, mes m).
Dni : Es el Costo de distribución ($/kWh) correspondiente al nivel de tensión n para el mes m correspondiente al período i (mes m del año t).
Dn0: Es Costo de distribución ($/kWh) correspondiente al nivel de tensión n, trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Comercialización

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente C m,t en el período i (año t, mes m).
Ci : Es el Costo de comercialización ($/kWh), en el período i (año t, mes m).
C0 : Es el Costo de comercialización ($/kWh), trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costos Adicionales

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente O m,t en el período i (año t, mes m).
Oi : Son los Costos adicionales ($/kWh), en el período i (año t, mes m).
O0 : Son los Costos adicionales ($/kWh), trasladado en el CUn,m,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

4. Índices de Precios para Gas Natural

Sin perjuicio de la aplicación del Kst en la forma prevista en las fórmulas definidas en la Resolución CREG-057 de 1996, se identifican los índices asociados a cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria para cada Distribuidor - Comercializador así:

Cargo Promedio Máximo

donde:

: Es el Índice de Precios definido para el Ms,t, en el período i (año t).
Msi : Es el Cargo Promedio Máximo del Servicio de Gas Natural ($/m3) , en el período i (año t).
Ms0 : Es el Cargo Promedio Máximo del Servicio de Gas Natural ($/m3), trasladado en el Ms,t aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Compra de Gas Natural

donde:

. Es el Índice de Precios definido del componente Gt en el período i (año t)
Gi : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3, para compras de gas natural ,en el período i (año t).
G0 : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3, para compras de gas natural trasladado en el MSt aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Transporte

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Tt en el período i (año t)
Ti : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 de transporte en troncal, en el período i (año t).
T0 : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 de transporte en troncal trasladado en el MSt aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Distribución

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Dt en el período i (año t)
Di : Es el Cargo Promedio Máximo Unitario en $/m3 permitido al distribuidor por uso de la red, en el período i (año t).
D0 : Es el Cargo Promedio Máximo Unitario en $/m3 permitido al distribuidor por uso de la red trasladado en el MSt aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Comercialización

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente St en el período i (año t)
Si : Es el Cargo o Margen Máximo Unitario en $/m3 de Comercialización, en el período i (año t).
S0 : Es el Cargo o Margen Máximo Unitario en $/m3 de Comercialización trasladado en el MSt, aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

4.1. Gas Natural - Opción Tarifaria

Con base en las fórmulas definidas en la Resolución CREG-007 de 2000, se identifican los índices asociados a cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria para cada Distribuidor - Comercializador así:

Cargo Máximo Unitario

donde:

: Es el Índice de Precios definido para el Ms,t, en el período i (año t, mes m).
Msi : Es el Cargo Promedio Máximo del Servicio de Gas Natural ($/m3) , en el período i (año t, mes m).
Ms0 : Es el Cargo Promedio Máximo del Servicio de Gas Natural ($/m3), trasladado en el Msm aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Compra de Gas Natural

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Gm en el período i (año t, mes m).
Gi : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para Compras de Gas Natural en el Sistema Nacional de Transporte, en el período i (año t, mes m).
G0 : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para Compras de Gas Natural en el Sistema Nacional de Transporte, trasladado en el Msm aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Transporte

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Tm en el período i (año t, mes m).
Ti : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas en el Sistema Nacional de Transporte, en el período i (año t, mes m).
T0 : Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas en el Sistema Nacional de Transporte, trasladado en el Msm aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Distribución

donde

: Es el Índice de Precios definido del componente Dm en el período i (año t, mes m)
Di : Es el Cargo Promedio Máximo Unitario en $/m3 permitido al distribuidor por uso de la red, en el período i (año t, mes m).
D0 : Es el Cargo Promedio Máximo Unitario en $/m3 permitido al distribuidor por uso de la red trasladado en el MSm aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Costo de Comercialización

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Sm en el período i (año t, mes m)
Si : Es el Cargo o Margen Máximo Unitario en $/m3 de Comercialización, en el período i (año t, mes m).
S0 : Es el Cargo o Margen Máximo Unitario en $/m3 de Comercialización trasladado en el MSm, aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

5. Indices de Precios para Gas Licuado de Petróleo

Con base en las fórmulas definidas en la Resolución CREG-083 de 1997, se hacen explícitos los índices asociados a cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria para cada Distribuidor así:

Tarifas al Público

donde:

: Es el Índice de Precios definido para el M, en el período i (año t).
Mi : Son las Tarifas al Público del Servicio de Gas Licuado de Petróleo ($/galón) , en el período i (año t).
M0 : Son las Tarifas al Público del Servicio de Gas Licuado de Petróleo ($/galón), en el período i (año t). trasladado en el M aplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Ingreso por Producto al Gran Comercializador

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente G en el período i (año t)
Gi : Es el Ingreso Máximo por Producto del Gran Comercializador ($/galón),en el período i (año t).
G0 : Es el Ingreso máximo por producto del gran comercializador ($/galón) trasladado en el Maplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Ingreso al Gran Comercializador por Transporte

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente E en el período i (año t)
Ei : Es el Ingreso Máximo del Gran Comercializador por Transporte ($/galón), en el período i (año t).
E0 : Es el Ingreso Máximo del Gran Comercializador por Transporte ($/galón) trasladado en el Maplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Margen de Seguridad

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente Z en el período i (año t)
Zi : Es el Margen de Seguridad ($/galón), en el período i (año t).
Z0 : Es el Margen de Seguridad ($/galón) trasladado en el Maplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Margen del Comercializador Mayorista

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente N en el período i (año t)
Ni : Es el Margen del Comercializador Mayorista ($/galón), en el período i (año t).
N0 : Es el Margen del Comercializador Mayorista ($/galón) trasladado en el Maplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

Margen del Distribuidor

donde:

: Es el Índice de Precios definido del componente N en el período i (año t)
Di : Es el Margen del Distribuidor ($/galón), en el período i (año t).
D0 : Es el Margen del Distribuidor ($/galón) trasladado en el Maplicado por vez primera en el cálculo de tarifas.

(Fuente: R CREG 112/01, ANEXO)

ARTÍCULO 4.9.7.3. Identificación de los índices de precios contenidos en las fórmulas tarifarias para los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, para efectos de lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 142 de 1994. 1. Determinación de Indices de Precios

Los índices se determinan conforme se establecieron en el numeral 1 del anexo de la Resolución CREG 112 de 2001.

2. Variación de los Indices de Precios

La variación entre períodos de un componente se define conforme al numeral 2 del anexo de la Resolución CREG 112 de 2001.

3. Indices de Precios para gas natural por redes de tubería

Con base en la fórmula definida en el artículo 32 de la Resolución CREG-011 de 2003, se identifican los índices asociados a cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria General para usuarios regulados del servicio público de gas natural por redes de tubería para cada Distribuidor - Comercializador así:

Componente Cargo Variable

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente del cargo variable del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Variable del Servicio de Gas Natural ($/m3), para el rango j período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Variable del Servicio de Gas Natural ($/m3), para el rango j aplicado en el período base.

Componente Cargo Fijo

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente cargo fijo del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Fijo del Servicio de Gas Natural ($/factura), para el rango j período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Fijo del Servicio de Gas Natural ($/factura), para el rango j aplicado en el período base.

Costo de Compras de Gas Natural

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Gm en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para Compras de Gas Natural destinado a usuarios regulados, aplicable en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para Compras de Gas Natural destinado a usuarios regulados, aplicado en el período base.

Costo de Transporte

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Tm en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas en el Sistema Nacional de Transporte, destinado a usuarios regulados, aplicable en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas en el Sistema Nacional de Transporte, destinado a usuarios regulados, aplicado en el período base.

Componente Variable Cargo de Distribución

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente variable del cargo de distribución del rango j en el período i (año t, mes m)
: Es el componente variable del cargo de distribución por uso de la red, en $/m3, del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente variable del cargo de distribución por uso de la red, en $/m3, del rango j , aplicado en el período base.

Si el distribuidor cambia los rangos aplicables a sus usuarios, el componente correspondiente a ese período, pasa a ser la nueva base (Dvj0).

Componente Fijo Cargo de Distribución

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente fijo del cargo de distribución del rango j en el período i (año t, mes m)
: Es el componente fijo del cargo de distribución por uso de la red, en $/factura, del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente fijo del cargo de distribución por uso de la red, en $/factura, del rango j , aplicado en el período base.

Si el distribuidor cambia los rangos aplicables a sus usuarios, el componente correspondiente a ese período, pasa a ser la nueva base (Dfj0).

Cargo de Comercialización

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Cm en el período i (año t, mes m)
: Es el Cargo Máximo de Comercialización en $/factura, en el período i (año t, mes m).
: Es el Cargo Máximo de comercialización en $/factura aplicado en el período base.

4. Indices de Precios para gas natural comprimido

Con base en la fórmula definida en el artículo 34 de la Resolución CREG-011 de 2003, se identifican los índices asociados a cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria General para usuarios regulados del servicio público de gas natural comprimido para cada Distribuidor-Comercializador así:

Componente Cargo Variable

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente del cargo variable del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Variable del Servicio de Gas Natural Comprimido ($/m3), para el rango j período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Variable del Servicio de Gas Natural Comprimido ($/m3), para el rango j aplicado en el período base.

Componente Cargo Fijo

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente cargo fijo del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Fijo del Servicio de Gas Natural comprimido ($/factura), para el rango j período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Fijo del Servicio de Gas Natural comprimido ($/factura), para el rango j aplicado en el período base.

Costo de Compras de Gas Natural

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Gm en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para Compras de Gas Natural destinado a usuarios regulados, aplicable en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para Compras de Gas Natural destinado a usuarios regulados, aplicado en el período base.

Costo de Transporte

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Tm en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas en el Sistema Nacional de Transporte, destinado a usuarios regulados, aplicable en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Promedio Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas en el Sistema Nacional de Transporte, destinado a usuarios regulados, aplicado en el período base.

Costo de Transporte Gas Natural Comprimido

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Tvm en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas natural comprimido en vehículos de carga, aplicable en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo Máximo Unitario en $/m3 para el Transporte de Gas natural comprimido en vehículos de carga, aplicado en el período base.

Componente Variable Cargo de Distribución

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente variable del cargo de distribución del rango j en el período i (año t, mes m)
: Es el componente variable del cargo de distribución por uso de la red, en m3, del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente variable del cargo de distribución por uso de la red, en $/m3, del rango j , aplicado en el período base.

Si el distribuidor cambia los rangos aplicables a sus usuarios, el componente correspondiente a ese período, pasa a ser la nueva base (Dvj0).

Componente Fijo Cargo de Distribución

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente fijo del cargo de distribución del rango j en el período i (año t, mes m)
: Es el componente fijo del cargo de distribución por uso de la red, en $/factura, del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente fijo del cargo de distribución por uso de la red, en $/factura, del rango j , aplicado en el período base.

Si el distribuidor cambia los rangos aplicables a sus usuarios, el componente correspondiente a ese período, pasa a ser la nueva base (Dfj0).

Costo de Compresión

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Pm en el período i (año t, mes m)
: Es el Costo de compresión en $/m3, en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo de compresión en $/m3 aplicado en el período base.

Cargo de Comercialización

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Cm en el período i (año t, mes m)
: Es el Cargo Máximo de Comercialización en $/factura, en el período i (año t, mes m).
: Es el Cargo Máximo de comercialización en $/factura aplicado en el período base.

5. Indices de Precios para GLP por redes

Con base en la fórmula definida en el artículo 40 de la Resolución CREG-011 de 2003, se identifican los índices asociados a cada uno de los componentes de la Fórmula Tarifaria General para usuarios regulados del servicio público de distribución de GLP para cada Distribuidor-Comercializador así:

Componente Cargo Variable

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente del cargo variable del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Variable del Servicio de GLP ($/m3), para el rango j período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Variable del Servicio de GLP ($/m3), para el rango j aplicado en el período base.

Componente Cargo Fijo

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente cargo fijo del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Fijo del Servicio de GLP ($/factura), para el rango j período i (año t, mes m).
: Es el componente Cargo Fijo del Servicio de GLP ($/factura), para el rango j aplicado en el período base.

Ingreso por Producto al Gran Comercializador

Tal y como se definió en el numeral 5 del anexo de la Resolución CREG 112 de 2001.

Ingreso por Transporte

Tal y como se definió en el numeral 5 del anexo de la Resolución CREG 112 de 2001.

Margen del Comercializador Mayorista

Tal y como se definió en el numeral 5 del anexo de la Resolución CREG 112 de 2001.

Costo de Transporte Terrestre

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Tt en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo del transporte terrestre en $/gal desde los terminales de entrega hasta los municipios donde se distribuye el producto, aplicable en el período i (año t, mes m).
: Es el Costo del transporte terrestre en $/gal desde los terminales de entrega hasta los municipios donde se distribuye el producto, aplicado en el período base.

Componente Variable Cargo de Distribución

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente variable del cargo de distribución del rango j en el período i (año t, mes m)
: Es el componente variable del cargo de distribución por uso de la red, en $/m3, del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente variable del cargo de distribución por uso de la red, en $/m3, del rango j , aplicado en el período base.

Si el distribuidor cambia los rangos aplicables a sus usuarios, el componente correspondiente a ese período, pasa a ser la nueva base (Dvj0).

Componente Fijo Cargo de Distribución

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente fijo del cargo de distribución del rango j en el período i (año t, mes m)
: Es el componente fijo del cargo de distribución por uso de la red, en $/factura, del rango j en el período i (año t, mes m).
: Es el componente fijo del cargo de distribución por uso de la red, en $/factura, del rango j , aplicado en el período base.

Si el distribuidor cambia los rangos aplicables a sus usuarios, el componente correspondiente a ese período, pasa a ser la nueva base (Dfj0).

Cargo de Comercialización

Donde:

: Es el Indice de Precios definido para el componente Cm en el período i (año t, mes m)
: Es el Cargo Máximo de Comercialización en $/factura, en el período i (año t, mes m).
: Es el Cargo Máximo de comercialización en $/factura aplicado en el período base.

(Fuente: R CREG 010/05, Anexo)

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