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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación de Gas Natural

SECCIÓN 5

Mecanismos de cobertura en las subastas de capacidad de transporte en los procesos de úselo o véndalo de largo plazo

ARTÍCULO 2.2.9.4.5.1. Mecanismos de cobertura en las subastas de capacidad de transporte en los procesos de úselo o véndalo de largo plazo. 5.1. Garantía de participación

5.1.1. Sujetos objeto de la constitución de la garantía de participación: Es obligatoria para los compradores que requieran capacidad firme de transporte que participan en la subasta.

5.1.2. Beneficiario de la garantía: El beneficiario de esta garantía es la fiducia mercantil que para tales efectos constituya el gestor del mercado de gas natural, según lo ordenado en las Resoluciones CREG números 089 de 2013 y 163 de 2014, o aquellas que la sustituyan, modifiquen o adicionen.

5.1.3. Beneficiario de los recursos que resulten de la ejecución de la garantía de participación: Cuando haya lugar a la ejecución de la garantía de participación de un comprador los recursos que resulten de la ejecución de la misma serán de las correspondientes contrapartes que hayan resultado con asignaciones de la subasta, en forma proporcional a estas, según corresponda.

La fiducia mercantil hará las transferencias a los beneficiarios de los recursos que resulten de la ejecución de la garantía, descontando los gastos de transferencias bancarias y GMF.

5.1.4. Fecha de entrega de la garantía: Los compradores deberán entregar la garantía a más tardar a las 17:00 horas de un día hábil antes del día décimo hábil antes de la realización de la subasta.

5.1.5. Vigencia de la garantía: El plazo que cubre la garantía corresponderá al número de días calendario desde la entrega de la garantía hasta el último día hábil previo al primer mes de inicio del compromiso de suministro de capacidad de transporte más un (1) día hábil.

5.1.6. Valor de la garantía para los compradores:

Donde:

c: Compradores.
VLRCPc Valor de la garantía en pesos colombianos.
p: Precio en dólares de los Estados Unidos de América por KPC. Para la primera subasta este valor corresponderá a 3 dólares de los Estados Unidos de América por KPC.

Para las siguientes subastas este valor corresponderá al precio de reserva publicado por el gestor del mercado para la ruta más larga observada en la subasta anterior.

En caso de no poderse determinar ese valor se seguirá tomando el valor de 3 dólares de los Estados Unidos de América por KPC.
TRM: Valor de la Tasa Representativa del Mercado en pesos Colombianos por dólar de los Estados Unidos de América, del último día hábil del mes anterior a la estimación de la garantía, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Demandac Demanda de capacidad de transporte que declara comprador.

5.1.7. Eventos que dan lugar a la ejecución de la garantía de participación para los compradores: Los eventos que dan lugar a la ejecución de esta garantía son la no suscripción del contrato o la no entrega de alguna de las garantías VLRCAPSc y VLRCAPMc de que trata el numeral 5.2 de este Anexo que los compradores deben entregar la primera vez.

5.2. De cumplimiento

Los vendedores y compradores podrán acordar los mecanismos de cobertura para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la subasta. En caso de que no se pongan de acuerdo, los compradores deberán acogerse al mecanismo de cobertura que se expone a continuación, así:

5.2.1. Sujetos objeto de la constitución de la garantía de cumplimiento:

Los compradores:

Compradores que requieran capacidad firme de transporte que participan en la subasta.

5.2.2. Beneficiario de la garantía: El beneficiario de la garantía es la fiducia mercantil que para tales efectos constituya el gestor del mercado de gas natural, según lo ordenado en las Resoluciones números CREG 089 de 2013 y 163 de 2014, o aquellas que las sustituyan, modifiquen o adicionen.

5.2.3. Beneficiario de los recursos que resulten de la ejecución de la garantía de cumplimiento: Cuando haya lugar a la ejecución de la garantía de cumplimiento de un comprador los recursos que resulten de la ejecución de las mismas serán transferidos a las correspondientes contrapartes, en forma proporcional a su participación, según corresponda.

La fiducia mercantil hará las transferencias a los beneficiarios de los recursos que resulten de la ejecución de la garantía, descontando los gastos de transferencias bancarias y GMF.

5.2.4. Valor de la garantía de los compradores: Los compradores c deben entregar dos (2) garantías de cumplimiento.

Primera garantía

Segunda garantía

Donde:

VLRCAPSc Valor de la primera garantía en pesos colombianos.
VLRCAPMc Valor de la segunda garantía en pesos colombianos.
Asigc: Asignación de capacidad de transporte del comprador c en KPCD, en la subasta.
p: Precio de cierre de la subasta en dólares de los Estados Unidos de América por KPC.
TRM: Valor de la Tasa Representativa del Mercado en pesos Colombianos por dólar de los Estados Unidos de América, del último día hábil del mes anterior a la estimación de la garantía, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
D: Número de días calendario del mes a cubrir.

5.2.5. Fecha de entrega de las garantías VLRCAPSc de los compradores: La primera vez a más tardar a las 17:00 horas del último día hábil previo al primer mes de compromiso. Las siguientes garantías se deben entregar hasta las 17:00 horas del quinto día hábil anterior al día en que termina la vigencia de la garantía.

5.2.6. Fecha de entrega de las garantías VLRCAPMc de los compradores: A más tardar a las 17:00 horas del último día hábil previo al mes de compromiso de suministro durante todos los meses de duración del contrato.

5.2.7. Vigencia de la primera garantía VLRCAPSc de los compradores: treinta (30) días calendario contados siempre a partir de la entrega de la garantía.

5.2.8. Vigencia de la segunda garantía VLRCAPMc de los compradores: Número de días calendario del mes de suministro a cubrir, más el número de días de plazo para el pago de la factura más 1 día hábil a partir de la entrega de la garantía.

5.2.9. Evento que da lugar a la ejecución de la primera garantía VLRCAPSc para un comprador c: El evento que da lugar a la ejecución de la garantía es la terminación anticipada del contrato por incumplimiento del comprador c.

5.2.10. Eventos que dan lugar a la ejecución de la garantía VLRCAPMc para un comprador c: Los eventos que dan lugar a la ejecución de la garantía son el no pago de la factura mensual o cuando el comprador no entregue la garantía de cumplimiento del siguiente mes del contrato.

PARÁGRAFO 1o. El gestor del mercado de gas natural, a través de la fiducia mercantil que para tales efectos constituya, adoptará los mecanismos para que a los participantes que no resulten las asignaciones se les regresen las garantías de participación. Esta y otras disposiciones que se consideren necesarias, deberán ser explícitas en el reglamento que rija la operación de la fiducia mercantil.

(Fuente: R CREG 065/15, Anexo Num. 5)

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