CONCEPTO 7791 DE 2013
(septiembre)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Ref.: Solicitud de información, su correo electrónico
Radicado CREG E-2013-007791
Respetado XXXXX:
Hemos recibido la comunicación de la referencia a través de la cual solicita lo siguiente:
QUIERO POR ME DIO DE LA PRESENTE ME ENUNCIEN LAS RESOLUCIONES QUE OBLIGAN A LAS ELECTRIFICADORAS DE TODO EL PAIS A REALIZAR MANTENIMIENTOS PERMANENTES EN LAS REDES ELECTRICAS PARA EVITAR PERJUICIOS A LOS CIUDADANOS
ES SOLAMENTE ME LAS RELACIONEN PARA ESTUDIARLAS MAS A FONDO POR MI CUENTA.
Al respecto le informamos que la metodología de remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica vigente se encuentra en la Resolución CREG 097 de 2008 donde encontrará aspectos relativos a la remuneración de las actividades de Administración, Operación y Mantenimiento que deben efectuar los Operadores de Red para mantener los niveles de calidad del servicio pues, en caso de faltar a dichos índices, los Operadores de Red deberán efectuar las compensaciones que correspondan según la normatividad vigente.
La Resolución CREG 097 de 2008 ha sido modificada por las resoluciones CREG 133 de 2008,166 de 2008, 157 de 2009, 098 de 2009, 043 de 2010, 067 de 2010, 166 de 2010, 094 de 2012, 110 de 2012 y 025 de 2013.
Le invitamos a visitar nuestra página web www.creg.gov.co donde podrá encontrar el texto completo de las resoluciones mencionadas.
En los términos anteriores y de acuerdo con el alcance establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos por atendida su solicitud.
Cordialmente,
GERMÁN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo