CONCEPTO 1126 DE 2000
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
<NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>
Solicitante: XXXXX.
Fecha: Abril/2000
Radicación: CREG- 3176 de 2000.
Tema: Comisión de Regulación de Energía y Gas, Facultades en materia de competencia desleal y prácticas restrictivas de la competencia.
Respuesta: MMECREG – 1126/00
PROBLEMA: El peticionario solicita a la Comisión precisar si ésta tiene facultades para investigar asuntos relacionados con competencia desleal y prácticas restrictivas a la competencia.
EXTRACTO: ".. las funciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas están definidas en las Leyes 142 y 143 de 1994, 286 de 1996 y 508 de 1999, entre las cuales no se encuentran las relacionadas con la investigación de asuntos relacionados con competencia desleal y prácticas restrictivas de la competencia.
.. La Comisión de Regulación de Energía y Gas tampoco tiene facultad legal atribuida en materia de competencia desleal ". < Oficio MMECREG- 1126 de 16 de mayo de 2000>.
Santa Fe de Bogotá D.C., Abril de 2000
Señores
Comisión de Regulación de Energía y Gas
XXXXX
Santa Fe de Bogotá
Ref: Derecho de petición de información. Apreciados señores:
XXXXX, mayor de edad, vecino de esta ciudad e identificado como aparece al pie de mi firma, por medio del presente escrito elevo ante esa entidad el siguiente derecho de petición, a fin de que se me informe si:
1. Esa entidad tiene facultades para investigar asuntos relacionados con materias sobre competencia desleal y prácticas restrictivas a la competencia.
2. Si esa entidad ha expedido normas (decretos, resoluciones, circulares, etc.) por medio de las cuales se reglamente temas relacionados con competencia desleal y prácticas restrictivas de la competencia.
3. De ser afirmativas las anteriores respuestas, cuáles son las normas que la facultan para adelantar estas investigaciones, y cuáles son las normas que reglan estos temas.
4. Si esa entidad tiene facultades para investigar asuntos relacionados con materias sobre protección al consumidor.
5. Si esa entidad ha expedido normas (decretos, resoluciones, circulares, etc.) por medio de las cuales se reglamente temas relacionados con protección al consumidor.
6. De ser afirmativas las anteriores respuestas, cuáles son las normas que la facultan para adelantar estas investigaciones, y cuáles son las normas que reglan estos temas.
Para efectos de la presente petición, recibiré notificaciones en la XXXXX en Santa fe de Bogotá.
Un cordial y atento saludo,
José Ellas Del Hierro Hoyos
Santa Fe de Bogotá, D.C., 16 de mayo de 2000
MMECREG –1126
XXXXXXXXXXXXXXX
Ref.: Su petición sobre facultades de la CREG en materia de investigaciones y regulación de competencia desleal. Radicación CREG-3176 de abril de 2000.
Respetado doctor:
De manera atenta damos respuesta a la comunicación anunciada, mediante la cual ejerció el derecho de petición para consultar sobre los siguientes aspectos:
1. En cuanto a su pregunta sobre si esta entidad "tiene facultades para investigar asuntos relacionados con competencia desleal y prácticas restrictivas a la competencia", le informamos que las funciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas están definidas en las Leyes 142 y 143 de 1994, 286 de 1996 y 508 de 1999, entre las cuales no se encuentran las señaladas en su pregunta.
2. Sobre si la CREG "ha expedido normas (decretos, resoluciones, circulares, etc.) por medio de las cuales se reglamente temas relacionados con competencia desleal y prácticas restrictivas de la competencia", le manifestamos que la Comisión de Regulación de Energía y Gas no tiene competencia legal atribuida en materia de competencia desleal.
La Ley 142 de 1994, atribuye a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, la facultad de establecer los mecanismos indispensables para evitar concentración de la propiedad accionaria en empresas con actividades complementarias en un mismo sector o sectores afines en la prestación de cada servicio público (Artículo 73.25), y de propiciar la competencia en el sector de minas y energía y proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia (Artículo 74.1).
En desarrollo de las facultades señaladas, la CREG ha expedido las siguientes normas:
- Resolución CREG-056 de 1994, por la cual se adoptaron disposiciones generales sobre el servicio público de energía eléctrica. En su artículo 6o. contiene normas sobre protección de la competencia.
- Resolución CREG-128 de 1996, por la cual se dictaron reglas sobre la participación en las actividades de generación, distribución y comercialización de electricidad y se fijan límites a la participación accionaria entre empresas con actividades complementarias. Esta Resolución fue aclarada y complementada por la Resolución CREG-065 de 1998.
- Resolución CREG-051 de 1998, modificada por la Resolución CREG-004 de 1999, la cual, en su Artículo 10, contiene normas sobre participación en la actividad de transmisión en el sector eléctrico.
- Resolución CREG-042 de 1999, por la cual se modificaron y precisaron algunas normas de las Resoluciones CREG 128 de 1996 y 065 de 1998, y se adoptan otras disposiciones en materia de competencia en el Mercado Mayorista de Electricidad.
- Resolución CREG-071 de 1998, por la cual se dictaron normas referentes a la participación de las empresas en el subsector de gas natural.
3. Sobre el punto referente a sí esta entidad tiene facultades para investigar asuntos relacionados con protección al consumidor, le reiteramos que la Comisión de Regulación de Energía y Gas solamente ejerce funciones regulatorias y no de inspección, vigilancia y control de los prestadores del servicio, razón por la que no tiene competencia para investigar los asuntos señalados por usted.
4. En cuanto a si la CREG ha expedido disposiciones por medio de las cuales se reglamenten temas relacionados con la protección al consumidor, le manifestamos que la Ley 142 de 1994, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la facultad de señalar, de acuerdo con la ley, criterios generales sobre abuso de posición dominante en los contratos de servicios públicos, y sobre la protección de los derechos de los usuarios en lo relativo a facturación, comercialización y demás asuntos relativos a la relación de la empresa con el usuario (Artículo 73.21).
En desarrollo de esta facultad, se expidió la Resolución CREG-108 de 1997, por la cual se señalan criterios generales sobre protección de los derechos de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible por red física, en relación con la facturación, comercialización y demás asuntos relativos a la relación entre la empresa y el usuario. Esta Resolución fue adicionada por la Resolución CREG-015 de 1999.
De otra parte, mediante las Resoluciones CREG-070 de 1998 (modificada por las Resoluciones CREG-025 y CREG-089 de 1999) y CREG-072 de 1999, la Comisión de Regulación de Energía y Gas definió los indicadores de calidad en el transporte de electricidad, así como las compensaciones que cada transportador debe pagar a los usuarios en caso de incumplir dichos indicadores.
Las resoluciones enunciadas, así como la demás normatividad expedida por la CREG, puede consultarlas y obtener copia de ellas en nuestra página web: www.creg.gov.co.
Cordialmente,
CARMENZA CHAHÍN ALVAREZ
Director Ejecutivo