CONCEPTO 1031 DE 2019
(Febrero 20)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
XXXXXXXXXXXXXXX
| Asunto: | Su comunicación 002653-1 Radicado CREG E-2019-002215 |
Respetada señora XXXXX:
De manera atenta damos respuesta a su comunicación mediante la cual nos plantea lo siguiente:
En cumplimiento de lo establecido en el Anexo de la Resolución CREG 104 de 2018 modificado por la Resolución CREG 142 de 2018, el pasado 13 de febrero se cumplió el plazo para que los agentes generadores o personas jurídicas interesadas en participar en la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme presentaran ante la Comisión la Garantía de Participación para la Subasta 2022-2023.
Posteriormente, mediante radicado XM 201944003833-3 del 15 de febrero de 2018, la Comisión hizo entrega al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales -ASIC- de las Garantías de Participación para la Subasta 2022-2023, las cuales fueron enviadas por los promotores o agentes a la Comisión. Al respecto, el ASIC dentro del proceso de verificación de todas las Garantías de Participación recibidas solicita a la Comisión aclaración sobre los siguientes aspectos:
1. A continuación, relacionamos el nombre de las Plantas y los promotores o Agentes que las representan, los cuales realizaron la declaración de ENFICC, sin embargo, la Garantía de Participación no se encuentra dentro de la información entregada por la CREG:
| Agente/Empresa | Planta |
| AXIA | PALENQUE 1 |
| AXIA | PALENQUE II |
| AXIA | PALENQUE III |
| AXIA | TERMOPAZ |
| C&ENER | CIENEGA DE ORO 1 |
| TERMOBONDA | TERMOBONDA |
| TERMOCOSTA | TERMOCOSTA |
| TERMOGAIRA | TERMOGAIRA |
| ISAGEN | TERMOCENTRO |
Con respecto al listado anterior, solicitamos a la Comisión nos indique si dichas plantas presentaron ante la CREG las garantías exigidas acorde con lo establecido en los Capítulos 4 al 8 de la Resolución CREG 061 de 2007 o tos respectivos contratos de suministro y transporte de combustible, que les permita ser habilitados para participar en la Subasta 2022 - 2023.
Ahora bien, en caso de que algún Agente o promotor relacionado anteriormente haya entregado a la CREG la Garantía de Participación para la Subasta, solicitamos a la Comisión el envío de la respectiva información para proceder con su verificación.
Respuesta
Las garantías de participación que se presentaron en la CREG fueron las que se entregaron en las oficinas de XM el 15 de febrero de 2019 y posteriormente se remitió garantía de la planta Termopiedras con radicado S-2019-000938 del 15 de febrero de 2019.
2. En el mismo sentido, indicamos que no hemos recibo garantías que respaldan a algunas plantas, dado que entendemos que presentaron ante la CREG el contrato de combustible. A continuación, enviamos el listado de las plantas para las cuales no recibimos garantías y por tanto, solicitamos a la Comisión nos informe si efectivamente entregaron el contrato de combustible y cumplieron con los requisitos establecidos en la regulación vigente.
| Agente/Empresa | Planta |
| SOCHAGOTA | PAIPA 4 |
| PROELECTRICA | PROELECTRICA |
| TERMOEMCALI | TERMOEMCALI |
Respuesta
Mediante la comunicación CREG S-2019-000980 del 18 de febrero de 2019, se les remitió la Información de contratos que se tiene en la CREG de las plantas: Termoemcali, Termopaipa 4 y Proelectrica.
3. Por otro lado, con respecto a las empresas Termocandelaria S.C.A. E.S.P. y Zona Franca Celsia S.A. E.S.P., las cuales en cumplimiento de lo establecido en la Resoluciones CREG 106 y 139 de 2011 se acogieron a la OPACGNI, y cuyas plantas relacionadas en la siguiente tabla tienen Asignaciones de Obligaciones de Energía Firme hasta el 30 de noviembre de 2025, entendemos que estas empresas surtieron ante la Comisión la entrega de los contratos de suministro y transporte de combustible hasta el 2025 con los cuales respaldan las OEF asignadas. Al respecto, solicitamos a la Comisión validar nuestro entendimiento.
| Agente | Planta |
| TERMOCANDELARIA | Termocandelaria 1 |
| TERMOCANDELARIA | Termocandelaria 2 |
| ZONA FRANCA CELSIA | FLORES I |
| ZONA FRANCA CELSIA | FLORES IV |
Respuesta
En cumplimiento de la Resolución CREG 062 de 2013, los agentes Termocandelaria, Zona Franca Celsia y Termobarranqullla entregaron los contratos de suministro e infraestructura en la CREG, auditados por PWC y Deloitte respectivamente, para el periodo asignado diciembre de 2015 a noviembre de 2025 con la alternativa de la OPACGNI.
4. Finalmente, recibimos por parte de la empresa Promotora Miel II S.A. S. E. S.P. una carta de intención de emisión de una garantía, la cual está firmada por el representante legal del banco emisor. Por lo anterior, solicitamos a la Comisión nos envíe la Garantía de Participación en la Subasta para la planta Miel II a efectos de verificarla garantía y poder habilitar su participación en la subasta.
La información entregada por la empresa Promotora Miel II S.A.S. E.S.P. fue la entregada en las oficinas de XM el 15 de febrero de 2019 y posteriormente, mediante comunicación con radicado S-2019-000999, les remitimos carta radicada por la empresa en la CREG el 15 de febrero de 2019.
El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el Artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.
Cordialmente
CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA
Director Ejecutivo