BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CIRCULAR 131 DE 2025

(febrero 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.

Para: Comercializadores de energía eléctrica integrados con el operador de red, Gremios, Asociaciones, Usuarios y demás interesados.
De:Dirección ejecutiva Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG.
Asunto:Modelo de frontera estocástica actualizado como parte de la metodología de remuneración de la actividad de comercialización de energía eléctrica.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG, a través de la Dirección Ejecutiva, en el marco del ejercicio de participación del proceso regulatorio por parte de agentes y usuarios, y a efectos de contar con garantías para que estos puedan intervenir dentro de la construcción de la propuesta de resolución definitiva de la Resolución CREG 701 038 de 2024, «Por la cual se establecen los criterios generales para determinar la remuneración de la actividad de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional», mediante Circular CREG No 125 de 2025 publicó para comentarios:

1. Informe Final “Actualización y revisión de las variables que forman parte del cálculo del costo base de comercialización y la aplicación del modelo de eficiencia para la propuesta de la metodología de remuneración de la actividad de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados del Sistema Interconectado Nacional”.

Dicho informe atiende los comentarios recibidos a los informes publicados en las circulares CREG 084, 091 y 102 de 2024.

2. Código en R para replicar los resultados del modelo de frontera estocástica y las pruebas estadísticas que se documentan en el informe técnico final: archivo "Codigo_R_Contrato_105_2024-UTP-CREG_Informe_Final.R".

3. Base de datos con la cual se obtuvieron los resultados del modelo: archivo "Datos panel-IPC-empresas.xlsx". Esta base de datos no contiene la información del Anexo 1 de la Circular CREG 109 de 2024 donde las empresas comercializadoras a través de sus representantes legales no autorización la divulgación de la información alegando el carácter de reservada de dicha información, exponiendo los argumentos y motivos de la reserva y la norma o disposición constitucional y/o legal en que se fundamentó.

La Universidad Tecnológica de Pereira – UTP y en el marco de la consultoría «Actualización y revisión de las variables que forman parte del cálculo del costo base de comercialización y la aplicación del modelo de eficiencia para la propuesta de la metodología de remuneración de la actividad de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados del Sistema Interconectado Nacional», remitió la comunicación con radicado CREG E2025001818, la cual se divulga para conocimiento de los interesados a través a la presente Circular.

Cordialmente,

ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA

DIRECTOR EJECUTIVO

×
Volver arriba