CIRCULAR 0051 DE 2021
(agosto 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
| PARA: | COMERCIALIZADORES MAYORISTAS, TRANSPORTADORES, DISTRIBUIDORES Y COMERCIALIZADORES MINORISTAS DE GLP Y DEMÁS INTERESADOS |
| DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA |
| ASUNTO: | LISTADO DE MUNICIPIOS QUE CONFORMAN LAS ZONAS DE INFLUENCIA PARA OPC ADICIONAL FUENTES CUPIAGUA Y CUSIANA DURANTE EL MES DE SEPTIEMBRE DE 2021 |
Mediante comunicaciones con radicados CREG E-2021-008970 y E-2021-009031 del 6 y 9 de agosto de 2021, respectivamente, Ecopetrol S.A. informó a la CREG las cantidades de GLP que, por punto de producción, tiene disponibles para la venta en la OPC del asunto:
| Cantidad total disponible de GLP Kg/mes | Cupiagua | Cusiana |
| sep-21 | 6.797.061 | 1.563.659 |
Al respecto, el Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, dando cumplimento a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 14 de la Resolución CREG 053 de 2011, informa que para el desarrollo de la OPC del asunto se define una única zona de influencia conformada por todos los municipios del país.
Finalmente, Ecopetrol S.A. deberá dar un plazo mínimo de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la OPC adicional del asunto, para que los interesados en participar presenten sus solicitudes de compra.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARIN