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Resolución 101_11 de 2023 CREG

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RESOLUCIÓN 101 011 DE 2023

(marzo 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Diario Oficial No. 52.352 de 30 de marzo de 2023

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 101-17 de 2023>

Por la cual se modifica para el año 2023 el cronograma de asignación de capacidad de transporte de proyectos clase 1 de que trata la Resolución CREG 075 de 2021

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y el Decreto 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con el artículo 20 de la Ley 143 de 1994, la función de regulación, en relación con el sector energético, tiene como objetivo básico asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio.

El artículo 18 de la Ley 143 de 1994 ordena que la CREG debe desarrollar el marco regulatorio que incentive la inversión en expansión de la capacidad de generación y transmisión del Sistema Interconectado Nacional por parte de inversionistas estratégicos, y establecer esquemas que promuevan la entrada de nueva capacidad de generación y transmisión.

Mediante la Resolución CREG 075 de 2021 se definieron “las disposiciones y procedimientos para la asignación de capacidad de transporte en el Sistema Interconectado Nacional”.

El artículo 9 de la Resolución CREG 075 de 2021 estableció que “cada año calendario, el responsable de la asignación de capacidad de transporte estudiará las solicitudes que sean radicadas, a través de la ventanilla única, hasta el 31 de marzo de ese año. Las solicitudes radicadas con posterioridad a esta fecha serán estudiadas en los análisis del siguiente año calendario”.

En el artículo 11 de la Resolución CREG 075 de 2021 se establecieron las disposiciones relacionadas con el procedimiento para la asignación de capacidad de transporte, dentro de las cuales se encuentran las siguientes:

“Para efectos de aplicar el procedimiento, el responsable de la asignación de capacidad de transporte, con base en los resultados de sus análisis, y considerando la fecha y hora de la radicación formal de las solicitudes, deberá otorgar una posición a los proyectos clase 1 en alguna de las siguientes filas:

a) Fila 1, formada por proyectos que requieran obras de expansión en el SIN.

b) Fila 2, formada por proyectos que no requieren obras de expansión en el SIN.

La posición asignada a cada proyecto deberá ser publicada en la ventanilla única a más tardar el 30 de septiembre del respectivo año calendario.

Los conceptos de conexión para proyectos en la fila 1 serán emitidos a más tardar el 20 de diciembre del respectivo año calendario, identificando el proyecto de expansión requerido para la conexión del proyecto al sistema, y los conceptos de conexión para proyectos en la fila 2 serán emitidos a más tardar el 31 de octubre del mismo año”.

Con la Resolución CREG 101 010 de 2022 se modificó “para el año 2022 el cronograma de asignación de capacidad de transporte de proyectos clase 1 de que trata la Resolución CREG 075 de 2021”.

La Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, mediante comunicaciones con radicados CREG E2022015428 y E2022015680 del 15 y 19 de diciembre de 2022 respectivamente, solicitó modificar algunos plazos establecidos en la Resolución CREG 101 010 de 2022.

Con fundamento en la solicitud de la UPME, la CREG expidió el Proyecto de Resolución 701 032 de 2022 y posteriormente la Resolución CREG 101 035 de 2022 modificando algunos de los plazos establecidos en la Resolución CREG 101-010 de 2022.

El 27 de diciembre de 2022, mediante comunicación con radicado CREG E2022016031, la UPME solicitó modificar la fecha máxima de radicación de las solicitudes de asignación de capacidad de proyectos clase 1 para el año 2023, establecida en el artículo 9 de la Resolución CREG 075 de 2021.

Varias empresas promotoras de proyectos, agentes y agremiaciones, como parte de los comentarios al Proyecto de Resolución CREG 701 032 de 2022, solicitaron a la Comisión modificar el cronograma de asignaciones de capacidad de transporte para el año 2023 de proyectos clase 1, como consta en el documento soporte de la presente resolución, argumentando que el aplazamiento en la expedición de los conceptos de conexión de los proyectos presentados durante el año 2022 repercute en los plazos establecidos en la Resolución CREG 075 de 2021, para la realización de las actividades del cronograma del año 2023.

Mediante el Proyecto de Resolución CREG 701 007 de 2023 se publicó para comentarios la propuesta de modificación para el año 2023 de algunos de los plazos existentes en la Resolución CREG 075 de 2021 para las asignaciones de capacidad de transporte de proyectos clase 1.

Sobre el Proyecto de Resolución CREG 701 007 de 2023 se recibieron comentarios de empresas promotoras de proyectos, agentes y agremiaciones, mediante los siguientes radicados CREG: Grenergy Renovables, E2023004562; Power & Energy, E2023004563, Consultoría Regulatoria, E2023004724; Andeg, E2023004773; Enel Colombia S.A. E.S.P., E2023004776; Empresas Públicas de Medellín, E2023004777; Intercolombia S.A. E.S.P., E2023004781; Andesco, E2023004783; KAI Desarrollo, E2023004786; Unidad de Planeación Minero Energética, E2023004796; Jinko Power, E2023004808; Asocodis, E2023004813; Acolgen E2023004814 y Ser Colombia, E2023004815.

En el documento de soporte número 101 007 de 2023 que acompaña esta resolución se presenta el análisis hecho por la Comisión con respecto a los comentarios recibidos.

Diligenciado el cuestionario de que trata el artículo 2.2.2.30.4 del Decreto 1074 de 2015, se encontró que el ajuste regulatorio propuesto no tiene incidencia sobre la libre competencia, por lo cual no fue informado a la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 1252 del 27 de marzo de 2023, acordó expedir la presente resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 101-17 de 2023> En el año 2023, el plazo máximo para la radicación de las solicitudes de asignación de capacidad de transporte de proyectos clase 1, de que trata el artículo 9 de la Resolución CREG 075 de 2021, será el 9 de junio de 2023.

ARTÍCULO 2. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 101-17 de 2023> En el año 2023, la posición asignada a cada proyecto en las filas 1 y 2, de que trata el artículo 11 de la Resolución CREG 075 de 2021, será publicada por el responsable de la asignación de capacidad de transporte de proyectos clase 1 a más tardar el 31 de octubre de 2023.

ARTÍCULO 3. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 101-17 de 2023> En el año 2023, los conceptos de conexión para proyectos asignados a la fila 2, de que trata el artículo 11 de la Resolución CREG 075 de 2021, serán emitidos por el responsable de la asignación de capacidad de transporte de proyectos clase 1 a más tardar el 30 de noviembre de 2023.

ARTÍCULO 4. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 101-17 de 2023> En el año 2023, los conceptos de conexión para proyectos asignados a la fila 1, de que trata el artículo 11 de la Resolución CREG 075 de 2021, serán emitidos por el responsable de la asignación de capacidad de transporte de proyectos clase 1 a más tardar el 29 de diciembre de 2023.

ARTÍCULO 5. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Los plazos referidos en los artículos 1, 2, 3 y 4 modifican, únicamente para el año 2023, los plazos que al respecto se establecen en los artículos 9 y 11 de la Resolución CREG 075 de 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 27 días del mes de marzo de 2023.

IRENE VÉLEZ TORRES
Ministra de Minas y Energía
Presidente

JOSÉ FERNANDO PRADA RÍOS
Director Ejecutivo

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