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Resolución 180 de 2011 CREG

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RESOLUCIÓN 180 DE 2011

(diciembre 22)

Diario Oficial No. 48.323 de 25 de enero de 2012

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 de los activos operados por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional (STR).

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas;

Que mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL);

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9o de la Resolución CREG 097 de 2008, cuando entren en operación nuevos Activos de Uso se actualizarán los cargos correspondientes, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Capítulo 4 del Anexo General de la presente resolución;

Que en el numeral 4.1 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008 se establece que el Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4 será revisado oficiosamente por la Comisión cuando se detecte que alguno de los activos reportados para su remuneración no continúa en servicio. Sin perjuicio de lo anterior, el agente tiene la obligación de informar a la Comisión sobre la ocurrencia de tal hecho;

Que en el parágrafo 1o del artículo 17 de la Resolución CREG 097 de 2008 se señala que los OR deben cumplir con lo exigido en este artículo dentro de los tres años siguientes a la vigencia de la presente resolución y presentar ante la CREG, la solicitud de remuneración del activo mediante la actualización del costo anual con una anticipación no inferior a siete (7) meses a la fecha prevista para su entrada en operación, como condición para que su remuneración pueda ser reconocida en forma inmediata a partir de tal momento;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, expidió la Resolución CREG 105 de 2009, Por la cual se fijan y aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4, los cargos unificados de distribución y comercialización, aplicables a los usuarios del nuevo Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local, resultante de la integración de los mercados de comercialización y distribución de energía eléctrica operados por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y el Municipio de Campamento y de la aplicación de la metodología tarifaria adoptada mediante la Resolución CREG 097 de 2008;

Que mediante la Resolución CREG 026 de 2010, la Comisión resolvió el recurso de reposición interpuesto por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. contra la Resolución CREG 105 de 2009;

Que Empresas Públicas de Medellín E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E-2011-003601, solicita se le informe el procedimiento que debe seguir para subsanar la inconsistencia presentada en el reporte de activos de la Subestación Cerromatoso, utilizado para la aprobación de cargos de la Resolución CREG 105 de 2009, toda vez que en dicha oportunidad, se reportaron por parte de la empresa unas unidades constructivas de equipos de subestación con una participación del 100% cuando en realidad es del 9.53%.

Que en la misma comunicación se informa que una bahía de línea de Nivel de tensión 4 UC, N4S1, ubicada en la Subestación de Apartadó no continúa en servicio;

Que mediante la comunicación radicada en la CREG bajo el número E–2011–05061, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. solicita la Actualización del Costo Anual por uso de los Activos de nivel de tensión 4, debido a la entrada en operación de las subestaciones Caucheras. En la misma comunicación informa que se tiene prevista la entrada en operación de un transformador de reserva de 90 MVA para el 30 de diciembre de 2011;

Que una vez verificado el cumplimento de los requisitos exigidos por los numerales 1 y 2 del punto 4.1 del capítulo 4 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008, esta Comisión encontró procedente iniciar la Actuación administrativa con el fin de decidir la solicitud de actualización de cargos de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. por la entrada en operación de los activos asociados a la Subestación Caucheras;

Que con fundamento en los criterios orientadores de las actuaciones administrativas, de economía y celeridad, previstos en el Código Contencioso Administrativo, se decidió revisar dentro de la misma actuación la inconsistencia presentada en el reporte de activos de la Subestación Cerromatoso, la bahía de línea de Nivel de tensión 4 ubicada en la Subestación Apartadó y la solicitud de remuneración del transformador de reserva de la subestación La Playa, mediante la acumulación de las respectivas actuaciones;

Que mediante Auto del 30 de junio de 2011, la CREG inició la Actuación Administrativa con el objeto de decidir la solicitud de modificación del Costo Anual por Uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 por la entrada de la subestación Caucheras y otros;

Que mediante la comunicación CREG S-2011-003213, se solicitó a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. la publicación del resumen de su solicitud en un diario de amplia circulación;

Que mediante comunicación radicada en la CREG con el número E-2011-006647, Empresas Públicas de Medellín E.S.P., allegó copia del aviso publicado en el diario El Mundo del 11 de junio de 2011;

Que de acuerdo con la metodología establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, únicamente se remuneran los activos que se encuentran en operación, por lo tanto, la decisión sobre la inclusión del transformador de reserva de la subestación Playas en la base de activos se tomará en resolución independiente, una vez este activo entre en operación;

Que con base en los análisis efectuados y aplicando la metodología contenida en la Resolución CREG 097 de 2008 se realizaron los ajustes pertinentes para el sistema operado por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. de la siguiente manera:

i) Se incluyeron las Unidades Constructivas de la subestación Caucheras que se presentan en la siguiente tabla:

<CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.323 de 25 de enero de 2012; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

El valor de estas unidades constructivas se incorpora en la variable NCAAEj,4 definida en el numeral 3.1.1 del Capítulo 3 de la Resolución CREG 097 de 2008.

ii) El valor de la bahía de línea, N4S1, de la subestación Apartadó, remunerada actualmente mediante los factores CAIRj,4 y CAAEj,4 ponderado en un 90% y 10% respectivamente, se retiró en las mismas proporciones.

iii) Se ajustó el porcentaje de uso de las siguientes Unidades Constructivas de Equipos de la subestación Cerromatoso del 100% al 9.53%.

<CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.323 de 25 de enero de 2012; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

Que al modificarse la base de activos reconocidos en el Nivel de Tensión 4, se modifica el costo anual por uso de los Activos de Nivel de Tensión 4 y el Costo de Reposición de la Inversión de Nivel de Tensión 4;

Que la Comisión, en Sesión número 508 del día 22 de diciembre de 2011, acordó expedir la presente Resolución;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución CREG 105 de 2009, el cual queda así:

“Artículo 1o. Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el Uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por Empresas Públicas de Medellín E.S.P., del sistema resultante de la integración de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Sistemas de Distribución Local anteriormente operados por EEPPM y la alcaldía de Campamento, calculado en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, es el siguiente:

Costo Anual por el Uso de los ActivosPesos de diciembre de 2007
Nivel de Tensión 4 (CAj,4)129.040.483.760

ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 5o de la Resolución CREG 105 de 2009, el cual queda así:

“Artículo 5o. Costos de reposición de la inversión. Los costos de reposición de la inversión del OR Empresas Públicas de Medellín E.S.P. para cada nivel de tensión, calculados en la forma establecida en la Resolución CREG 097 de 2008, son los siguientes:

Costo de Reposición de InversiónPesos de diciembre de 2007
Para el Nivel de Tensión 4 (CRIj,4)674.476.561.586
Para el Nivel de Tensión 3 (CRIj,3)305.242.148.497
Para el Nivel de Tensión 2 (CRIj,2)1.619.953.549.605
Para el Nivel de Tensión 1 (CRIj,1)1.206.839.477.175

ARTÍCULO 4o. <sic, es 3>. RECURSOS. La presente Resolución deberá notificarse a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C. a 22 de diciembre de 2011.

El Presidente,

TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA,

Viceministro de Minas y Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

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