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Resolución 51 de 2010 CREG

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RESOLUCIÓN 51 DE 2010

(abril 7)

Diario Oficial No. 47.681 de 15 de abril de 2010

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se precisan los mecanismos de verificación de la información de AOM entregada por los Operadores de Red para el ajuste anual del porcentaje de AOM a reconocer.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL).

En el numeral 6.4. del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008 se establece la forma de actualizar anualmente los gastos de AOM reconocidos en los cargos aprobados a los Operadores de Red (OR):

Además de los cambios que apruebe la CREG a los Gastos Anuales de Operación y Mantenimiento reconocidos, estos se modificarán anualmente, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 10 de este Anexo, con base en la variación del porcentaje de AOM reconocido, PAOMRj,k.”

En el numeral 10.3. del mismo Anexo General se establece:

Las empresas deberán contratar auditorias, cuyos requisitos se establecerán por la CREG en resolución aparte así como el detalle de la información a entregar, junto con los plazos y los formatos de dicha información. Igualmente, se incluirá en dicha resolución el mecanismo que deberá emplear el OR para hacer público el PAOMRj,k.”

Con el propósito de definir los requisitos para las auditorías que deben contratar los Operadores de Red (OR), la CREG contrató un estudio con la firma Sistemas 2000 Consultores, el cual fue puesto en conocimiento de los interesados mediante la circular CREG 062 de 2009 y presentado el día 10 de febrero de 2010.

Mediante la resolución CREG 033 de 2010, la CREG hizo público el proyecto de resolución “por la cual se precisan los mecanismos de verificación de la información de AOM entregada por los Operadores de Red para el ajuste anual del porcentaje de AOM a reconocer”. Sobre este proyecto se recibieron comentarios de los siguientes interesados, radicados en la CREG como se indica a continuación: Édgar Moreno, radicados CREG TL-2010-000059 y E-2010-002229; Yeini Lozano, TL-2010-000060; Santiago Moreno, E-2010-002241; Electrificadora del Huila, E-2010- 002475; Empresa de Energía de Bogotá, E-2010-002518; Central Hidroeléctrica de Caldas, E-2010-002522; Empresa de Energía del Pacífico, E-2010-002523; Empresas Públicas de Medellín, E-2010-002526; Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica, E-2010-002527: Electrificadora del Caribe, E-2010-002529; Empresa de Energía del Quindío, E-2010-002563; Interconexión Eléctrica, E-2010-002565; Empresa de Energía de Cundinamarca, E-2010-002582 y Empresas Municipales de Cali, E-2010-002611. El análisis realizado sobre estos comentarios aparece en el Documento CREG 045 de 2010.

De conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 2o de la Resolución CREG 097 de 2004, en la expedición de la presente resolución no se da aplicación al artículo 9o del Decreto 2696 de 2004, por razones de oportunidad, teniendo en cuenta que de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución CREG 097 de 2008, la posibilidad de actualizar los gastos de AOM reconocidos en los cargos aprobados a los Operadores de Red (OR) debe permitirse a partir del mes de mayo de 2010.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 450 del 7 de abril de 2010, acordó expedir la presente resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución aplica a todos los Operadores de Red (OR) que tengan cargos de distribución aprobados conforme a lo establecido en la Resolución CREG 097 de 2008.

ARTÍCULO 2o. CONTRATACIÓN DE FIRMAS DE AUDITORÍA. Para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 10.3 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008, relacionado con la obtención del visto bueno respecto de la información de gastos de Administración, Operación y Mantenimiento (AOM) entregada anualmente, los Operadores de Red deberán contratar, con la debida anticipación a la fecha de reporte de la información a la CREG, una firma auditora que cumpla con los requisitos establecidos en el Anexo 1 de esta resolución.

El informe que entregue el auditor, sobre la verificación de la información de AOM, debe incluir, entre otros, el formulario del Anexo 2 de esta resolución, debidamente diligenciado y su concepto de visto bueno o de salvedad sobre la información entregada por el OR.

ARTÍCULO 3o. FECHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN DE AOM. <Ver Notas de Vigencia> <Artículo modificado por el artículo 5 de la Resolución 24 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Los Operadores de Red deben entregar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a más tardar el 30 de abril de cada año, la información de AOM del año anterior junto con el informe del auditor contratado y la información adicional que se señala en esta resolución.

La información presentada después de esta fecha se considerará como no entregada para efectos de lo previsto en el numeral 10.3 de la Resolución número CREG 097 de 2008.

ARTÍCULO 4o. PORCENTAJE DE AOM. <Artículo modificado por el artículo 6 de la Resolución 24 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> La información de AOM entregada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que cuente con el visto bueno del auditor se tomará como el valor del AOM demostrado (AOMDj,k-1), el cual se utilizará para que el Operador de Red calcule el porcentaje de AOM a reconocer (PAOMRj,k), en la forma prevista en el numeral 10.3 del Anexo General de la Resolución número CREG 097 de 2008.

El valor de este porcentaje y de los nuevos cargos máximos, calculados en la forma prevista en el numeral 6.4 del Anexo General de la Resolución número CREG 097 de 2008, deben informarse a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios junto con la respectiva explicación sobre su cálculo, a más tardar en la fecha prevista en el artículo 3o de la presente resolución.

ARTÍCULO 5o. APLICACIÓN DEL PORCENTAJE DE AOM. <Ver Notas de Vigencia> <Artículo modificado por el artículo 7 de la Resolución 24 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> A más tardar el 30 de abril de cada año, los Operadores de Red informarán, mediante comunicación escrita, al LAC y a cada uno de los comercializadores que atienden usuarios en su mercado de comercialización, el nuevo porcentaje de AOM a reconocer (PAOMRj,k). Además, en la misma fecha, los Operadores de Red deberán informar a los comercializadores los nuevos cargos máximos de distribución que se aplicarán desde el mes de mayo, indicándoles que el LAC también modificará el valor del Cargo del Nivel de Tensión 4.

Por su parte, los comercializadores deberán incluir en el primer aviso de publicación de tarifas, posterior al recibo de la anterior comunicación, una anotación sobre el cambio del porcentaje de AOM a reconocer (PAOMRj,k).

ARTÍCULO 6o. FORMATO PARA ENTREGA DE INFORMACIÓN. La CREG publicará mediante circular el archivo en medio magnético que deben entregar los Operadores de Red con la información solicitada.

ARTÍCULO 7o. ARTÍCULO TRANSITORIO. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 90 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> Para la información relativa al año 2009, la Fecha de Entrega de Información de AOM, será el 31 de agosto de 2010. Los OR tendrán la opción de entregar, antes de este día, la información a la CREG y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Sobre esta misma información del año 2009, los OR darán cumplimiento a lo establecido en el artículo 5o de esta resolución, el último día hábil del mes de entrega de la información y aplicarán el nuevo porcentaje de AOM a reconocer (PAOMRj,k) a partir del primer día del mes siguiente al de la entrega.

ARTÍCULO 8o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dada en Bogotá D.C., a 7 de abril de 2010.

La Viceministra de Minas y Energía Delegada del Ministro de Minas y Energía

Presidente,

SILVANA GIAIMO CHÁVEZ.

El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

ANEXO 1.

FIRMAS AUDITORAS DE LA INFORMACIÓN DE AOM.

1. REQUISITOS DE LAS FIRMAS.

Las firmas que realicen las auditorías que deben contratar los Operadores de Red para la revisión y validación de la información de AOM que reporten a la CREG deben cumplir los siguientes requisitos:

- Deben estar constituidas como personas jurídicas cuyo objeto social incluya los servicios de Auditoría.

- Acreditar experiencia mínima de dos (2) años en la práctica de auditorías a empresas de servicios públicos o en asesoría en Costeo Basado en Actividades (ABC, del nombre en inglés) a empresas de servicios públicos.

- La empresa auditora debe asignar a un profesional con experiencia en Costeo Basado en Actividades con el siguiente perfil:

Profesional Universitario con matrícula expedida mínimo con dos (2) años de anterioridad, con experiencia comprobada de mínimo un (1) año en diseño, implementación o administración de sistemas de costeo basado en actividades. Dicho profesional deberá firmar los informes respectivos certificando la información.

La firma de Auditoría no debe hallarse incursa en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad legal o en conflicto de intereses para la elaboración de su informe.

Las empresas deben exigir a las firmas auditoras incluir, en el contrato con el profesional asignado para la auditoría de Gastos AOM, un compromiso de atender cualquier aclaración relacionada con su dictamen. El dictamen es una responsabilidad profesional personal e intransferible. De todas formas la responsabilidad contractual recae en la firma auditora, por lo cual esta debe tomar las precauciones que sean del caso.

Para verificar el cumplimiento de los requisitos del auditor, la firma deberá incluir en el reporte de auditoría un anexo donde se pueda verificar el cumplimiento de lo exigido a la firma y la hoja de vida del profesional con experiencia en costos ABC, donde debe acreditarse como la persona idónea que cumple con el perfil requerido para emitir el dictamen.

2. ACTIVIDADES DE LAS AUDITORÍAS.

- Verificar que la empresa tenga implementado un sistema de costos y gastos por actividades conforme a lo previsto en la Resolución SSPD 33635 de 2005.

- Verificar que la asignación de recursos (conceptos de costos directos de personal, materiales, planta y equipo, edificios, misceláneos y costo de bienes y servicios para la venta) se hayan efectuado en forma directa a las actividades determinantes de los procesos operativos y comerciales y a las actividades de los procesos de apoyo administrativo.

- Verificar que la asignación de los recursos de costos indirectos a las actividades se hayan efectuado a través de “drivers” o factores de asignación que muestren la situación de la empresa.

- Verificar que los gastos administrativos o de soporte se hayan asignado por cada proceso a las unidades de servicio o negocio.

- Verificar que el sistema permita establecer claramente los costos de la Gestión Operativa, de la Gestión Comercial y de la Gestión de Estrategia y Soporte con base en la conformación establecida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en el Anexo 2 de la Resolución 33635 de 2005.

- Verificar que en el informe de AOM se utilice únicamente las cuentas consideradas por la normatividad vigente.

- Verificar que el sistema separa claramente los costos de los negocios no regulados o no relacionados con servicios públicos.

- Verificar que los Outsourcing y Concesiones entregan información para su incorporación en el sistema de costos y gastos por actividades.

- Verificar que las cuentas identificadas como de costo de bienes y servicios para la venta, en el sistema unificado de costos y gastos, solo estén afectando los procesos de la gestión comercial.

- Verificar que dentro del reporte de costos y gastos AOM no se incluyan erogaciones causadas por situaciones que son ajenas a la actividad de distribución de energía eléctrica remunerada mediante cargos por uso.

- Verificar que en el informe de AOM no se hayan registrado conceptos relacionados con las exclusiones establecidas en la Circular CREG 085 de 2008 y en la Resolución CREG 097 de 2008, ni con conceptos que se estén remunerando al OR en forma diferente a cargos por uso de la actividad de distribución.

- Conciliar la información de gastos y costos de AOM, con lo reportado al Sistema de Costos y Gastos para la actividad de distribución y los saldos de contabilidad según el Plan Único de Cuentas, y verificar la consistencia de la información con los valores totales por cuenta.

- Dar sin ambigüedades el visto bueno o concepto de salvedad sobre la información suministrada por las empresas sobre los costos AOM de la actividad de distribución de energía eléctrica.

- Entregar el informe del auditor, firmado por el profesional con experiencia en costeo basado en actividades y de acuerdo con el formato establecido para tal efecto en la presente Resolución.

La Viceministra de Minas y Energía Delegada del Ministro de Minas y Energía,

SILVANA GIAIMO CHÁVEZ,

Presidente.

El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

ANEXO 2.

El auditor deberá diligenciar el formato “Informe de Auditor” contenido en este Anexo, el cual deberá ser enviado por el Operador de Red a la CREG y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, junto con la información de AOM.

La auditoría debe practicarse con base en las normas generalmente aceptadas, que se relacionan con las cualidades profesionales de un Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo, tomando como base las normas de auditoría señaladas en la Ley 43 de 1990.

FORMATO DEL INFORME DEL AUDITOR

AUDITORÍA DE LA INFORMACIÓN DE GASTOS AOM

EMPRESA: ________________________________________________________

INFORMACIÓN DEL AÑO: ________

No.DescripciónSiNoValor VerificadoObservación
GENERALES  
1¿Posee la empresa un sistema de información de costos y gastos por actividades, conforme a lo previsto por la Resolución SSPD 33635 de 2005, que le permita identificar claramente los correspondientes a la actividad de distribución remunerada mediante cargos por uso?  
2¿Posee la compañía un mapa de procesos?  
3¿Posee una estructura o mapa de costos, que mediante un diagrama ilustre las diferentes líneas de negocios que tiene la empresa, las subunidades de negocios que se desean costear y los procesos y actividades que permiten la producción y comercialización de los productos o servicios conformantes de cada línea de negocios?  
4¿La asignación de recursos de costos directos se ha efectuado, en forma directa a las actividades determinantes de los procesos operativos y comerciales y a las actividades de los procesos de apoyo administrativo?  
5¿La asignación de los recursos de costos indirectos a las actividades se ha efectuado a través de “drivers” o factores de asignación que muestran la situación de la empresa?  
6¿Los gastos administrativos o de soporte se han estimado para cada proceso y asignado a las unidades de servicio o negocio?  
7¿La información correspondiente a Otros Negocios ha sido debidamente separada de la información de las unidades relacionadas con la prestación del servicio público (distribución y comercialización) y por lo tanto de los gastos AOM a reportar a la CREG?  
8¿Los Outsourcing y concesiones entregan la información para su incorporación en el sistema de costos y gastos por actividades?

En caso que no los tenga registrar que No Aplica (N/A)
  
9¿Las cuentas identificadas con código 7530, excepto la 753004, en el sistema unificado de costos y gastos solo están afectando los procesos de la gestión comercial y por lo tanto están excluidas de la unidad de distribución y de los gastos AOM?

¿Cuáles son los valores de dichas cuentas y qué negocio o unidad de servicio están afectando?
  
CUENTAS 5  
10En la cuenta 510204 Gastos médicos y Drogas ¿se excluyeron los correspondientes a personal pensionado?

En caso afirmativo ¿cuál es el valor que le corresponde al personal pensionado en el sistema de costos y gastos por actividades y en qué actividad o negocio se registra?
  
11En la cuenta 510205 Auxilios y Servicios Funerarios ¿se excluyeron los correspondientes a personal pensionado?

En caso afirmativo ¿cuál es el valor que le corresponde a personal pensionado en el sistema de costos y gastos por actividades?

En caso contrario, ¿por qué razón la empresa no asigna estos costos a una unidad diferente a la Unidad de Distribución?
  
12¿Cuál es el valor de la cuenta 510206 Pensiones de Jubilación en el sistema de costos y gastos por actividades? ¿A qué unidad o negocio especial se encuentra asignado dicho valor?  
13¿Cuál es el valor de la cuenta 510209 Amortización Cálculo Actuarial en el sistema de costos y gastos por actividades? ¿A qué unidad (es) o negocio (s) especial (es) se encuentra asignado dicho valor?  
14¿Cuál es el valor que le corresponde a la cuenta 511118 en el sistema de costos y gastos por actividades?  
15¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 512007 Multas y 512008 Sanciones en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Dichos valores fueron excluidos de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?
  
16¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 5302 Provisiones en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Dicho valor fue excluido en su totalidad de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?
  
17¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 5340 Amortizaciones en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Qué valor fue excluido de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?
  
18¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 58 Otros Gastos en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Qué valor fue excluido de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?

¿De las valores excluidos cuáles conceptos son los más relevantes?
  
19¿Se excluyó la cuenta 5815 Ajustes de ejercicios anteriores de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?  
20Si la empresa desarrolla otros negocios como los señalados a continuación, ¿los tiene separados en el sistema de costos y les asigna en forma proporcional la parte que deben asumir de los procesos de estrategia y soporte?

-- Laboratorio y/o venta de medidores

-- Mantenimiento de sistemas de Alumbrado Público

-- Montaje o mantenimiento de subestaciones y/o redes de propiedad de terceros.

-- Alquiler de equipos

-- Outsourcing de facturación a terceros.

-- Venta de electrodomésticos

-- Otros (especificar)
  
CUENTAS 7  
21¿Cuál es el valor correspondiente al total de las cuentas 750571 a la 750582 en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Dichos valores fueron excluidos de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?
  
22¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 750590 Otros Servicios Personales en el sistema de costos y gastos por actividades?

Verificar que los conceptos de costos llevados por esta cuenta no correspondan a alguno de los excluidos por la CREG en la información de gastos AOM a reportar.

(En este caso el auditor puede verificar con los documentos fuente)
  
23¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 7515 Depreciaciones en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Qué valor fue excluido de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?

¿Qué porcentaje representa este valor del saldo total que figura en la cuenta respectiva de la contabilidad de la empresa?
  
24¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 7517 Arrendamientos en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Qué valor fue excluido de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?

Si la empresa tiene contratos de leasing de equipos, ¿los excluye de los Gastos AOM? De estos contratos ¿cuál es el valor que figura en el sistema de costos y gastos por actividades?
  
25¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 7520 Amortizaciones en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Qué valor fue excluido de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?
  
26¿Cuál es el valor correspondiente a la sumatoria de las cuentas 752006 Amortizaciones y 752090 Otras Amortizaciones en el sistema de costos y gastos por actividades?  
27¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 753004 Costo por Conexión en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Del valor total cuánto corresponde a Gastos AOM y cuánto a Remuneración de Activos?
  
28¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 753590 Otras Contribuciones en el sistema de costos y gastos por actividades?

Verificar que los conceptos de costos llevados por esta cuenta no correspondan a alguno de los excluidos por la CREG en la información de gastos AOM a reportar.

(En este caso el auditor puede verificar con los documentos fuente)
  
29¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 7540 Ordenes y Contratos de Mantenimiento y Reparaciones en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Qué valor fue reportado en la información de gastos AOM a la CREG?

¿Cuál es el valor correspondiente a la sumatoria de las cuentas 754009 a la 754015 en el sistema de costos y gastos por actividades?

¿Las cuentas 754001 a la 754008 Órdenes y Contratos de Mantenimiento en el sistema de costos y gastos por actividades no están afectadas por partidas correspondientes a cuentas de reparaciones, remodelaciones de líneas, reposiciones de equipos, ni expansiones de líneas y redes?

(Se debe revisar, en el sistema de costos y en la contabilidad, las cifras con valores significativos y cruzarlas con los documentos fuentes y verificar el concepto de dicho costo)

(El auditor DEBE verificar con los documentos fuente y constatar que el centro de costos afectado corresponda al activo en mención en dicho documento)
  
30¿Contabiliza la empresa lo correspondiente a remodelaciones, reposiciones o expansiones de redes o infraestructura con cargo al activo afectado (activos fijos) o con cargo a las cuentas de resultado (mantenimiento o reparaciones)?

¿Los valores de las cuentas 754001 a la 754008 Órdenes y Contratos de Mantenimiento en el sistema de costos y gastos por actividades no están afectados por partidas correspondientes a servicios de mantenimiento a activos de propiedad de terceros (excepto los activos de uso de Nivel de Tensión 1), como por ejemplo: alumbrado público o plantas industriales etc.?

(Se debe revisar en dichas cuentas en el sistema de costos y en la contabilidad de la empresa las cifras cuyos valores son significativos y cruzarlos con los documentos fuentes y verificar el concepto de dicho costo)

(El auditor DEBE verificar con los documentos fuente, que el centro de costos afectado corresponda a OTROS NEGOCIOS diferentes a servicios públicos)
  
31¿Cuál es el valor correspondiente a la cuenta 754090 Otros Contratos de Mantenimiento en el sistema de costos y gastos por actividades?

(El auditor debe verificar que esta cuenta no sea afectada por cuentas de reparaciones, remodelaciones de líneas, reposiciones de equipos, ni expansiones de líneas y redes ni por servicios de mantenimiento a activos de propiedad de terceros, excepto los activos de uso de Nivel de Tensión 1)
  
32¿La cuenta 756012 Seguros de terrorismo fue excluida de la información de gastos AOM a reportar a la CREG?

En caso afirmativo ¿cuál es el valor que le corresponde a Seguros de terrorismo en el sistema de costos y gastos por actividades?
  
33 y ss.(El auditor debe adicionar todos los comentarios o recomendaciones que tenga sobre la información reportada por el Operador de Red)  

Para Visto Bueno:

De acuerdo con las revisiones y análisis practicados al Sistema de Costos y Gastos por Actividades y al Reporte de Gastos AOM de la empresa, se encuentra que la información incluida en este reporte cumple con lo exigido por la CREG y que las cuentas 51XX90 y 75XX90 no registran conceptos relacionados con las exclusiones señaladas en la Circular CREG 085 de 2008 y en la Resolución CREG 097 de 2008. Con base en lo anterior, se da el visto bueno a la información de gastos y costos de AOM reportada por la empresa ____ (nombre del OR)

Fecha: ___________

Firma Auditora: ________________________

Auditor con experiencia en Costeo Basado en Actividades:

___________________________________________ __________________

Nombre Firma

Para Salvedad:

De acuerdo con las revisiones y análisis practicados al Sistema de Costos y Gastos por Actividades y al Reporte de Gastos AOM de la empresa (nombre del OR) para la CREG, se concluye que la información del Operador de Red no es el resultado de un sistema de costos y gastos por actividades, y/o la información no cumple con las exigencias de la CREG para su reporte.

Fecha: _______

Firma Auditora: _________________________

Auditor con experiencia en Costeo Basado en Actividades:

___________________________________________ __________________

Nombre Firma

Notas sobre el diligenciamiento del informe de Auditor

1. En el campo SÍ, se marca una (X) si la respuesta es positiva.

2. En el campo NO, se marca una (X) si la respuesta es negativa.

3. En el campo Valor Verificado, se escribe el valor solicitado de acuerdo con la pregunta correspondiente.

4. En el campo Observación, el auditor puede hacer cualquier nota referente a los resultados sobre la pregunta citada.

La Viceministra de Minas y Energía Delegada del Ministro de Minas y Energía,

SILVANA GIAIMO CHÁVEZ,

Presidente.

El Director Ejecutivo,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO.

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