RESOLUCIÓN 40513 DE 2024
(noviembre 27)
Diario Oficial No. 52.953 de 27 de noviembre de 2024
Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta 5/12/2024
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
Por la cual se modifican parcialmente las Resoluciones número 40039 del 11 de febrero de 2021, 40492 del 21 de noviembre de 2022 y 40252 del 18 de julio de 2024, asociadas a proyectos de los Planes de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2015-2029, 2016-2030 y 2022-2036.
EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,
en uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 18 de la Ley 143 de 1994 y en el numeral 11 del artículo 2o y el numeral 8 del artículo 5o del Decreto número 381 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 17 de la Ley 143 de 1994 es competencia de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) elaborar los Planes de Expansión del Sistema Interconectado Nacional, siguiendo los lineamientos establecidos por el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución número 181313 del 2 de diciembre de 2002.
Que, de conformidad con lo indicado en el artículo 18 de la Ley 143 de 1994, le “compete al Ministerio de Minas y Energía definir los planes de expansión de la generación y de la red de interconexión y fijar criterios para orientar el planeamiento de la transmisión y la distribución”.
Que, el inciso segundo de esta norma señala que “los planes de generación y de interconexión serán de referencia y buscarán orientar y racionalizar el esfuerzo del Estado y de los particulares para la satisfacción de la demanda nacional de electricidad en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Energético Nacional”.
Que, la Resolución número 180924 del 15 de agosto de 2003, expedida por el Ministerio de Minas y Energía, estableció y desarrolló la convocatoria pública como mecanismo para la ejecución de los proyectos definidos en el Plan de Expansión de Transmisión del Sistema Interconectado Nacional.
Que, adicionalmente, el artículo 6o de la Resolución CREG 011 de 2009 y el artículo 1o de la Resolución CREG 147 de 2011, por medio del cual se modifica el artículo 6o de la Resolución CREG 022 de 2001, establecen que harán parte del Plan de Expansión de Referencia los proyectos consistentes en la ampliación de las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional (STN) que se encuentren en operación.
Que, de acuerdo con el numeral 8 del artículo 5o del Decreto número 381 de 2012, corresponde al Despacho del Ministro de Minas y Energía “[a]doptar los planes generales de expansión de generación de energía y de la red de interconexión y establecer los criterios para el planeamiento de la transmisión y distribución”.
Que, mediante Resolución número 40095 de 2016, el Ministerio de Minas y Energía adoptó el Plan de Expansión de Referencia Generación - Transmisión 2015-2029, en el cual se incluyeron varias obras de transmisión para ser ejecutadas, entre ellas la “Subestación San Lorenzo 230 kV y líneas de transmisión asociadas” con fecha de entrada en operación en noviembre de 2020.
Que, mediante Resolución número 40098 de 2017, el Ministerio de Minas y Energía adoptó el Plan de Expansión de Referencia Generación - Transmisión 2016-2030, en el cual se incluyeron varias obras de transmisión para ser ejecutadas, entre ellas la “Subestación Cabrera 230 kV y líneas de transmisión asociadas” con fecha de entrada en operación en diciembre de 2022.
Que mediante Resolución número 40252 de 2024, el Ministerio de Minas y Energía adoptó Anexo al Plan de Expansión de Referencia Generación – Transmisión 2022-2036, dentro del cual se incluyó el proyecto “Nueva subestación Sopó 230/115 kV y líneas asociadas” con fecha de entrada en operación en diciembre de 2027.
Que, a través de la Resolución número 40039 de 2021 el Ministerio de Minas y Energía modificó parcialmente las Resoluciones número 40029 del 9 de enero de 2015, 40095 del 1 de febrero de 2016, 40098 del 7 de febrero de 2017, asociadas a los Planes de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2015-2029 y 2016-2030, así:
- Modificó el numeral II del artículo 1o de la Resolución número 40095 del 1 de febrero de 2016, del inciso “Obras Antioquia - Chocó” (modificado por el artículo 2o de la Resolución número 40404 del 15 de mayo de 2017), en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación San Lorenzo 230 kV y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma sería el 31 de enero de 2025.
- Modificó el numeral I del artículo 1o de la Resolución número 40098 del 7 de febrero de 2017, del inciso “Obras Santander”, en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación Cabrera 230 kV y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma sería el 31 de enero de 2025.
Que, a través de la Resolución número 40492 de 2022 el Ministerio de Minas y Energía modificó parcialmente la Resolución número 40039 del 11 de febrero de 2021, asociadas a los Planes de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2015-2029 y 2016-2030, así:
- Modificó el artículo 3o de la Resolución número 40039 del 11 de febrero de 2021, en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación San Lorenzo 230 kV y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma sería el 31 de marzo de 2027.
- Modificó el artículo 4o de la Resolución número 40039 del 11 de febrero de 2021, en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación Cabrera 230 kV y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma sería el 31 de marzo de 2027.
Que, de acuerdo con las Resoluciones CREG 051 de 1998, 004 de 1999, 022 de 2001 y 085 de 2002, la UPME contará con un Comité Asesor de Planeamiento de la Transmisión (CAPT), con el objeto de compatibilizar criterios, estrategias, metodologías e información para la expansión del Sistema de Transmisión Nacional.
Que, en cumplimiento del artículo 17 de la Ley 143 de 1994, la UPME mediante el acta CAPT 207 realizada el 6 de septiembre de 2024 sometió a consulta y fue aprobada la propuesta de modificación a las fechas de puesta en operación de tres (3) proyectos de expansión del Sistema de Transmisión: (i) Subestación San Lorenzo 230 kV y líneas de transmisión asociadas; (ii) Subestación Cabrera 230 kV y líneas de transmisión asociadas; y (iii) Nueva Subestación Sopó 230/115 kV y líneas asociadas.
Que, como parte del acta CAPT 207 realizada el 6 septiembre de 2024, la UPME indicó que “Actualmente se cambió el nombre de la Subestación Cabrera a Subestación Trinitaria debido a que la Subestación no quedará en jurisdicción del municipio de Cabrera (Santander) sino, en inmediaciones del municipio de Socorro (Santander) y la inconformidad de las comunidades por el nombre utilizado; por tanto, se procurará evitar el nombre de comunidades étnicas, grupos afrocolombianos, indígenas, etc., para las nuevas subestaciones”.
Que, mediante oficios con radicados MME número 1-2024-041343 y 1-2024-041345 (UPME 20241520176951) de fecha 18 de septiembre de 2024, la UPME sometió a consideración del Ministerio de Minas y Energía la modificación de la fecha de entrada en operación de tres (3) proyectos de expansión del Sistema de Transmisión: (i) Subestación San Lorenzo 230 kV y líneas de transmisión asociadas; (ii) Subestación Cabrera 230 kV y líneas de transmisión asociadas; y (iii) Nueva Subestación Sopó 230/115 kV y líneas asociadas, manifestando que: “La Unidad, en el ejercicio de sus labores de planeamiento, definió, las obras enunciadas a continuación, las cuales tuvieron condicionamientos o situaciones que no permitieron avanzar en los procesos de selección, inicio de ejecución y puesta en operación. Hoy su plazo de ejecución no es suficiente y por tanto resulta necesario modificar la fecha de entrada en operación a efectos de iniciar con los procesos de convocatoria pública (…)”.
Que, la modificación de la fecha de entrada en operación de tres (3) proyectos de expansión del Sistema de Transmisión sometida a consideración del Ministerio de Minas y Energía por parte de la UPME es la siguiente:
| Proyecto | FPO PROPUESTA |
| Subestación Cabrera 230kV y líneas de transmisión asociadas | 31 de marzo de 2028 |
| Subestación San Lorenzo 230kV y líneas de transmisión asociadas | 31 de octubre de 2028 |
| Nueva Subestación Sopó 230/115 kV y líneas asociadas | 31 de diciembre de 2029 |
Que, mediante oficio con radicado MME número 1-2024-033726 (UPME 20241530137251) de fecha 8 de agosto de 2024, la UPME sometió a consideración del Ministerio de Minas y Energía el cambio de nombre del proyecto UPME 09-2021 Subestación Cabrera 230 kV, adoptado en el plan de expansión 2016-2030, a Subestación Trinitaria 230 kV. Teniendo en cuenta que la subestación proyectada no se encuentra en jurisdicción del municipio de Cabrera (Santander) y en cambio, el nuevo nombre Trinitaria obedece a la flor reconocida por su vistoso colorido y muy utilizada como planta ornamental y de fácil identificación en los hogares de la región del municipio del Socorro (Santander), municipio donde se tiene proyectado el polígono de la subestación.
Que, mediante oficio con radicado MME número 1-2024-043854 (UPME 20241530190391) de fecha 2 de octubre de 2024, la UPME sometió a consideración del Ministerio de Minas y Energía el cambio de nombre del proyecto UPME 10- 2021 Subestación San Lorenzo 230 kV, adoptado en el plan de expansión 2015-2029, a Subestación Corrientes 230 kV. Teniendo en cuenta que el nombre de la subestación proyectada puede generar confusión en la operación y riesgos en la seguridad del personal para el operador de red Empresas Públicas de Medellín E.S.P debido a la existencia de la subestación San Lorenzo 110 kV, la cual tiene prevista conectarse con la subestación proyectada en un doble enlace a 110 kV (San Lorenzo – San Lorenzo II 1 110kV y San Lorenzo – San Lorenzo II 2 110kV), y en cambio, el nuevo nombre obedece a características de la zona y su abundancia de recursos hídricos.
Que, mediante concepto técnico del 18 de octubre de 2024 la Dirección de Energía Eléctrica (DEE) del Ministerio de Minas y Energía dirigido a la Oficina Asesora Jurídica (OAJ), señaló la pertinencia de la adopción de la resolución por la cual se modifican parcialmente las Resoluciones número 40039 del 11 de febrero de 2021, 40492 del 21 de noviembre de 2022 y 40252 del 18 de julio de 2024, asociadas a proyectos de los Planes de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2015-2029, 2016-2030 y 2022- 2036, para habilitar el inicio con los procesos de convocatoria pública para la selección de inversionistas que se ocupen de la realización de las obras.
Que, en cumplimiento de lo ordenado en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, el Ministerio de Minas y Energía publicó en su página web, del 23 de octubre al 31 de octubre de 2024, el proyecto de resolución por la cual se modifican parcialmente las Resoluciones números 40492 del 21 de noviembre de 2022 y 40252 del 18 de julio de 2024, asociadas a proyectos de los Planes de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2015-2029, 2016-2030 y 2022-2036”, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas del público en general, los cuales fueron analizados y resueltos en la matriz establecida para el efecto.
Que, teniendo en cuenta la importancia de estas obras en la confiabilidad del Sistema Interconectado Nacional (SIN), acogiendo las recomendaciones del CAPT y atendiendo las comunicaciones de la UPME, el Ministerio de Minas y Energía encuentra pertinente la adopción de dichas modificaciones en la fecha de entrada en operación de los tres (3) proyectos y el cambio de nombres de las subestaciones solicitadas por la UPME.
Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.2.2.30.5 y 2.2.2.30.6. del Decreto número 1074 de 2015, la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía, respondió el cuestionario de abogacía de la competencia elaborado por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para revisar la posible incidencia del presente decreto sobre la libre competencia, encontrando que ninguna de las respuestas obtenidas con dicho cuestionario limitaban la libre competencia y, en consecuencia, no es necesario informar de su contenido a la Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 3o de la Resolución número 40039 del 11 de febrero de 2021 modificado por el artículo 3o de la Resolución número 40492 del 11 de noviembre de 2022, el cual quedará así:
“Artículo 3o. Modificar en el numeral II del artículo 1o de la Resolución número 40095 del 1 de febrero de 2016, del inciso “Obras Antioquia - Chocó” (modificado por el artículo 2o de la Resolución número 40404 del 15 de mayo de 2017), en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación San Lorenzo 230 kV (a denominarse Corrientes 230 kV) y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma será el 31 de octubre de 2028”.
ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 4o de la Resolución número 40039 del 11 de febrero de 2021, modificado por el artículo 4o de la Resolución número 40492 del 11 de noviembre de 2022, el cual quedará así:
“Artículo 4o. Modificar en el numeral I del artículo 1o de la Resolución número 40098 del 7 de febrero de 2017, del inciso “Obras Santander”, en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación Cabrera 230 kV (a denominarse Trinitaria 230 kV) y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma será el 31 de marzo de 2028”.
ARTÍCULO 3o. Modificar el artículo 1o de la Resolución número 40252 del 18 de julio de 2024, el cual quedará así:
“Artículo 1o. Adoptar el “Anexo al Plan de Expansión de Transmisión 2022-2036 Subestación Sopó 230/115 kV y líneas asociadas” elaborado por la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), anexo a la presente resolución, y que contiene las siguientes obras de transmisión las cuales deben ser ejecutadas a través de (i) Convocatoria Pública o (ii) Ampliaciones del STN, según corresponda:
Obra asociada al Sistema de transmisión Nacional (STN)
Subestación Sopó 230 kV en configuración interruptor y medio, conectada por medio de dos tramos doble circuito y cuatro bahías de línea, con lo cual se interceptarán las líneas existentes Guavio – Circo 1 y 2 de 230 kV, y albergará dos bahías de transformación AT/MT y una bahía de reserva para un futuro transformador 230/115kV, con fecha de entrada en operación 31 de diciembre de 2029.
Obra asociada al Sistema de transmisión Regional (STR)
Subestación Sopó 115kV barra sencilla seccionada; contempla la instalación de dos bancos de autotransformadores trifásicos 230/115 kV de 300 MVA y dos bahías de línea con capacidad de 1200 A para Sopó – Gran Sabana 115 kV y Sopó – Bochica (La Aurora) 115 kV, adicional se consideran las bahías de reserva para 4 futuras líneas a 115 kV, con fecha de entrada en operación 31 de diciembre de 2029”.
ARTÍCULO 4o. Modificar el nombre del proyecto UPME 09-2021 Subestación Cabrera 230 kV y líneas de transmisión asociadas, adoptado en el plan de expansión 2016-2030, a Subestación Trinitaria 230 kV y líneas de transmisión asociadas.
ARTÍCULO 5o. Modificar el nombre del proyecto UPME 10-2021 Subestación San Lorenzo 230 kV y líneas de transmisión asociadas, adoptado en el plan de expansión 2015- 2029, a Subestación Corrientes 230 kV y líneas de transmisión asociadas.
ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de noviembre de 2024.
El Ministro de Minas y Energía,
Ómar Andrés Camacho Morales.