RESOLUCIÓN 40136 DE 2022
(abril 13)
Diario Oficial No. 52.006 de 13 de abril de 2022
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución 40165 de 2024>
Por la cual se adiciona la Resolución número 40342 del 25 de octubre de 2021, que establece los parámetros para el desarrollo del Programa Piloto de Sustitución de combustibles altamente contaminantes, la entrega de los subsidios de GLP en cilindros a los beneficiarios del Programa, entre otras disposiciones.
LA VICEMINISTRA DE MINAS, ENCARGADA DEL EMPLEO DE MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 99 de la Ley 142 de 1994, 87 de la Ley 2063 de 2020, 7o de la Ley 2128 de 2021, el artículo 2o del Decreto número 2195 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7o de la Ley 2128 del 4 de agosto de 2021 por la cual se promueve el abastecimiento, continuidad, confiabilidad y cobertura del gas combustible en el país, estableció que el Ministerio de Minas y Energía desarrollará el Programa de Sustitución de leña, carbón, residuos, kerosene, gasolina y alcohol por gas combustible para la cocción de alimentos, el cual tendrá una duración de hasta 10 años y podrá subsidiar, financiar o cofinanciar la conexión de cada usuario al servicio público de gas combustible;
Que el artículo 92 de la Ley 2159 del 12 de noviembre de 2021 por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, estableció que “Durante la vigencia de la presente ley, se podrá ampliar la cobertura del plan piloto de subsidios al GLP en cilindros para el beneficio de usuarios de comunidades indígenas y de usuarios de estratos 1 y 2, con el fin de hacer la sustitución del uso de la leña para cocinar (…)”;
Que en el mes de octubre de 2021 se expidió la Resolución número 40342 de 2021 “Por medio de la cual se establecen los parámetros para el desarrollo del Programa Piloto de Sustitución de combustibles altamente contaminantes, la entrega de subsidios de GLP en cilindros a los beneficiarios del programa y se dictan otras disposiciones”;
Que el artículo 3o de la Resolución número 40342 de 2021 estableció que el plazo para la presentación de proyectos piloto de sustitución de combustibles altamente contaminantes sería el 31 de marzo de cada año;
Que basados en dificultades generadas por problemas de orden público que han impedido el acceso a algunas áreas de cobertura del plan piloto, mediante Radicados números 1-2022-009990 del 16 de marzo de 2022 y 1-2022-011936 del 29 de marzo de 2022, las Empresas Megas S. A. E.S.P. y Nortesantandereana de Gas S. A. E.S.P. respectivamente, solicitaron ampliar el plazo para presentar los proyectos piloto de sustitución de combustibles. Bajo los mismos argumentos, en la socialización de la Resolución número 40342 de 2021 llevada a cabo por este Ministerio el 18 de marzo de 2022, algunas empresas solicitaron la ampliación del plazo;
Que mediante comunicación con Radicado número 1-2022-012020 del 30 de marzo de 2022 la Empresa Chilco S. A. E.S.P. solicita se extienda el plazo otorgado para la presentación de proyectos de sustitución de combustibles altamente contaminantes como se define en el artículo 3o de la Resolución número 40342 de 2021, considerando que a pesar de estar interesados es imposible allegar toda la información en el término señalado;
Que la Dirección de Hidrocarburos revisó el sistema de correspondencia de la Entidad, con corte al 1 de abril de 2022, evidenciando que únicamente fue presentado un proyecto piloto por parte de la Empresa Nortesantandereana de Gas S. A. E.S.P, con Radicado número 1-2022-012437. Sin embargo, la citada empresa señaló que, de extenderse el plazo previsto en la Resolución número 40342 de 2021, complementaría la documentación allegada con el mencionado radicado;
Que la implementación del programa piloto contemplado en la Resolución número 40342 de 2021 es prioritaria para este Ministerio, ya que busca expandir la cobertura del servicio público de GLP distribuido por cilindros y consecuentemente garantizar una mayor calidad de vida a las personas beneficiarias. Por lo tanto, es procedente establecer un plazo para que las empresas interesadas presenten y complementen las solicitudes para la implementación de dichos proyectos, para la vigencia 2022;
Que de conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo señalado en las Resoluciones números 40310 y 41304 de 2017, el presente proyecto fue publicado en la página web del Ministerio desde el 7 hasta el 10 de abril de 2022 y no se recibieron comentarios de la ciudadanía;
Que una vez realizado el análisis correspondiente conforme lo dispone la Superintendencia de Industria y Comercio, la Dirección de Hidrocarburos concluyó que el presente acto administrativo no tiene incidencia sobre la libre competencia, por lo que no se requiere el concepto a que hace referencia el Capítulo 30 - Abogacía de la Competencia del Decreto número 1074 de 2015;
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución 40165 de 2024> Adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 3o de la Resolución número 40342 de 2021 con el siguiente texto:
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Para la vigencia 2022 se establecerá un plazo adicional que irá hasta el 30 de abril de 2022 para que los solicitantes presenten ante el Ministerio de Minas y Energía las solicitudes para la implementación de Proyectos Piloto y para el otorgamiento de los subsidios al Consumo de GLP, adjuntando los documentos señalados en este artículo.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
13 de abril de 2022.
La Viceministra de Minas, encargada de las funciones del empleo de Ministro de Minas y Energía,
Sandra Rocío Sandoval