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RESOLUCIÓN 367 DE 2018

(marzo 12)

Diario Oficial No. 50.534 de 13 de marzo de 2018

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Por la cual se adiciona la Resolución número 1988 de 2017.

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial, por las conferidas por los literales e) del artículo 1.2.1.18.54 y d) del artículo 1.3.1.14.7 del Decreto 1625 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Minas y Energía y Hacienda y Crédito Público por medio de la Resolución número 1988 del 2017 adoptaron las metas ambientales para optar por la exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA), en el marco de lo dispuesto por el literal d) del artículo 1.3.1.14.7 del Decreto número 1625 de 2016.

Que las metas ambientales, las acciones y medidas sectoriales del Plan de Acción Indicativo (PAI) 2017-2022 para desarrollar el Programa de Uso racional y Eficiente de Energía (PROURE) y el concepto exigido por la Resolución número 1988 de 2017 son igualmente aplicables para optar por el descuento o la deducción del impuesto sobre la renta, según el caso, en el marco de lo dispuesto por el literal e) del artículo 1.2.1.18.54 del Decreto número 1625 de 2016 modificado por el artículo 1o del Decreto número 2205 de 2017 o por la Ley 1715 de 2014 reglamentada por el Decreto número 1073 de 2015.

Que en cumplimiento de lo ordenado en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, así como en el artículo 2.1.2.1.14. del Decreto número 1081 de 2015, Reglamentario del Sector Presidencia de la República, sustituido por el artículo 1o del Decreto número 270 de 2017, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó en su página web, por el término de quince (15) días calendario, desde el 28 de julio al 11 de agosto de 2017, el proyecto que lleva a la expedición de la presente Resolución, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas del público en general, las cuales fueron incorporadas a esta Resolución en lo que se consideró pertinente.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Para efectos de lo dispuesto en el literal e) del artículo 1.2.1.18.54 del Decreto número 1625 de 2016, se aplican los artículos 1o a 3o de la Resolución número 1988 de 2017 o la que la modifique o sustituya.

ARTÍCULO 2o. La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) ajustará sus procedimientos para para dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de marzo de 2018.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Minas y Energía,

Germán Arce Zapata.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

Luis Gilberto Murillo Urrutia.

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