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Por la cual se aprueban los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribibución Local de Empresas Municipales de Cartago S.A. ESP.

 

RESOLUCIÓN 243 DE 1997
(diciembre 23 )
Diario Oficial No. 43.210 de 8 de enero de 1998

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Por la cual se aprueban los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de las Empresas Municipales de Cartago S.A. E.S.P.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución CREG-099 de Junio 17 de 1997, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para establecer los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local;

Que mediante la resolución CREG-175 de Septiembre 11 de 1997, la Comisión aprobó los cargos por uso de los Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local de las Empresas Municipales de Cartago S.A.-E.S.P.;

Que en el artículo 2 de la citada Resolución CREG-175, se dio plazo hasta el 30 de octubre para que las Empresas Municipales de Cartago sometiera para aprobación de la Comisión los cargos monomios horarios;

Que la Comisión de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 estableció los cargos monomios horarios con base en los elementos de juicio que tuvo a su disposición,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. CARGOS MONOMIOS HORARIOS. Los cargos monomios horarios por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por las Empresas Municipales de Cartago S.A., serán los siguientes, a pesos de diciembre de 1996:


Nivel IV
   
C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Maxima5,2114   X XX XXX
D. Media3,9851  XXXXXXXXXXXXX
D. Mínima2,5126XXXXX  
   


Nivel III











 

C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Maxima14,4491 X XX XXX
D. Media10,9780 XXXXXXXXXX XX
D. Mínima6,8795XXXXX    X









 



Nivel II

 







C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Maxima24,1344 X XX XXX
D. Media17,9446 XXXXXXXXXX XX
D. Mínima10,9002XXXXX    X

 








Nivel I  

C. monomio horarioHoras de aplicación
$/kWh123456789101112131415161718192021222324
D. Maxima48,0724 X XX XXX
D. Media35,7433 XXXXXXXXXXXX
D. Mínima21,7117XXXXX  X

ARTÍCULO 2. La presente notificación rige a partir de su notificación.

Dado en Santafé de Bogotá, a los 23 días del mes de Diciembre de 1997

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Ministro de Minas y Energía

ORLANDO CABRALES MARTINEZ

Presidente

JORGE ENRIQUE MERCADO DIAZ

Director Ejecutivo

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