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Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE MAGANGUE  S.A. E.S.P., contra la resolución 041 de Abril 4 de 1997.

RESOLUCIÓN 107 DE 1997
(Julio 3)
Diario Oficial No. 43.097 de 31 de julio de 1997

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la EMPRESA MUNICIPAL DE ENERGIA ELECTRICA DE POPAYAN S.A. E.S.P., contra la resolución 070 de Abril 4 de 1997.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO:

1o. Que mediante la resolución CREG-112 de 1996, la Comisión indicó las bases sobre las cuales aprobaría la fórmula tarifaria general que permitiría a las empresas comercializadoras determinar el costo de prestación del servicio de electricidad a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional y el procedimiento para definir esa metodología.

2o. Que mediante la resolución CREG-007 de 1997 se prorrogaron algunos plazos del cronograma establecido en la Resolución CREG-112 de 1996.

3o. Que mediante la resolución CREG-031 de 1997 la Comisión aprobó las fórmulas generales de costos y estableció la metodología para fijar el Costo Base de Comercialización.

4o. Que mediante la resolución CREG-070 de 1997 la Comisión fijó el Costo Base de Comercialización para la EMPRESA MUNICIPAL DE ENERGIA ELECTRICA DE POPAYAN S.A. E.S.P., aplicable a los usuarios regulados que estén conectados al Sistema de Transmisión Regional y/o Sistema de Distribución Local de la misma empresa, resolución que fue notificada el día 28 de abril de 1997.

5o. Que mediante oficio del 7 de mayo de 1997, la EMPRESA MUNICIPAL DE ENERGIA ELECTRICA DE POPAYAN S.A. E.S.P., interpuso de forma extemporánea recurso de reposición contra la resolución CREG-070 de 1997.

En consideración a lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Rechazar el recurso de reposición interpuesto de forma extemporánea por la EMPRESA MUNICIPAL DE ENERGIA ELECTRICA DE POPAYAN S.A. E.S.P. contra la resolución CREG-070 de 1997.

ARTÍCULO 2o. Notificar la presente resolución a la EMPRESA MUNICIPAL DE ENERGIA ELECTRICA DE POPAYAN S.A. E.S.P. y hacerle saber que contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno por la vía gubernativa.

ARTÍCULO 3o. Esta resolución rige desde la fecha de su notificación y deberá publicarse en el Diario Oficial.

Dado en Santafé de Bogotá, a los 3 días del mes de Julio de 1997

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Viceministro de Energía

Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía

CARLOS CONTE LAMBOGLIA

Presidente

EDUARDO AFANADOR IRIARTE

Director Ejecutivo

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