BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

RESOLUCIÓN 98 DE 1997

(junio 17)

Diario Oficial No. 43.078 de 8 de julio de 1997

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Por medio de la cual se amplía el plazo para concluir la evaluación y divulgar los resultados del análisis de los estudios de viabilidad empresarial presentados por las empresas de electricidad, gas natural por red de ductos y GLP.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 038 del 21 de mayo de 1996, la Comisión estableció las bases para el estudio de viabilidad empresarial que debían realizar las empresas de servicios públicos de energía eléctrica.

Que mediante la Resolución 039 del 21 de mayo de 1996, estableció las bases para el estudio de viabilidad empresarial que debían realizar las empresas de servicios públicos de distribución y comercialización de gas combustible por red.

Que mediante la Resolución 051 del 5 de julio de 1996, la Comisión estableció las bases para el estudio de viabilidad empresarial que debían realizar las empresas de servicios públicos de GLP.

Que de acuerdo con lo dispuesto por la ley 286 de 1996, mediante la Resolución 053 del 5 de julio de 1996, la Comisión amplió, hasta el 11 de enero de 1997, el plazo para que las empresas de servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible por red, presentaran el estudio de viabilidad empresarial.

Que en la misma Resolución la Comisión estableció un plazo de 60 días hábiles siguientes al 11 de enero de 1997, para hacer una evaluación del análisis de viabilidad empresarial presentado por cada una de las empresas de servicios públicos de energía eléctrica y de distribución de gas combustible por red de ductos. Igual decisión adoptó mediante la Resolución 051 del 5 de julio de 1996 en relación con el análisis de viabilidad empresarial de las empresas de gas licuado de petróleo,GLP. Este plazo fue ampliado hasta el 30 de junio de 1997 mediante la resolución 032 de 1997.

Que la Comisión ha decidido ampliar ese plazo hasta el 30 de agosto de 1997.

RESUELVE:

ARTICULO 1o. <Artículo modificado por el artículo 1o. de la Resolución CREG-123 de 1997. El nuevo texto es el siguiente:> La CREG concluirá la evaluación de los estudios de viabilidad empresarial que hayan presentado las empresas de servicios públicos de energía eléctrica, gas combustible por red de ductos y de GLP, a más tardar el 30 de agosto de 1997. <Ver Plazos Notas de Vigencia>

ARTICULO 2o. Según los resultados de la evaluación que realice la Comisión, ésta definirá las empresas que deben presentar un plan de reestructuración financiero y operativo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 181 de la Ley 142 de 1994.

ARTICULO 3o. <Artículo modificado por el artículo 2o. de la Resolución CREG-123 de 1997. El nuevo texto es el siguiente:> Las empresas a las cuales la Comisión exija un plan de reestructuración financiero y operativo, deberán presentarlo dentro del plazo que la Resolución respectiva les señale.

ARTICULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 17 de Junio de 1997

Ministro de Minas y Energía (E)  

CARLOS CONTE LAMBOGLIA

Presidente

EDUARDO AFANADOR IRIARTE

Director Ejecutivo

×
Volver arriba