Por la cual se establece la tarifa de conexión para usuarios de gas combustible y otras reglas, en la ciudadela habitacional Chipichape en la ciudad de Cali, a la empresa Gases de Occidente S.A.
RESOLUCIÓN 53 DE 1995
(noviembre 20)
Diario Oficial No. 42.132 de 1 de diciembre de 1995
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
Por la cual se establece la tarifa de conexión para usuarios de gas combustible y otras reglas, en la ciudadela habitacional Chipichape en la ciudad de Cali, a la empresa Gases de Occidente S.A.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y el decreto 1524 de 1994 y,
CONSIDERANDO
Que la empresa Gases de Occidente S.A. desarrolló un sistema para la distribución de gas combustible por redes en la ciudadela habitacional Chipichape en la ciudad de Cali, el cual en un comienzo repartirá gas licuado de petróleo (GLP).
Que dicha empresa solicitó a la Comisión la aprobación de una tarifa para el cargo de conexión.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Fijar el cargo máximo por acometida en la suma de $146.985,oo por usuario.
ARTÍCULO 2o. Autorizar a la empresa Gases de Occidente S.A. a cobrar un cargo fijo mensual máximo de $1.800,oo por usuario, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 004 de 1995.
ARTÍCULO 3o. Autorizar a la empresa Gases de Occidente S.A. para convertir de galones a metros cúbicos, la tarifa de venta en carrotanque establecida por la Resolución 004 de 1995, para efectos de facturación al usuario.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación, sin perjuicio de que se publique en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.
COMUNíQUESE, PUBLíQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., el día 20 de noviembre de 1995
Ministro de Minas y Energía
RODRIGO VILLAMIZAR ALVARGONZALEZ
Presidente
ANTONIO BARBERENA S.
Director Ejecutivo (e)