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RESOLUCIÓN 29 DE 1996

(marzo 27)
Diario Oficial No. 42.762 de 10 de abril de 1996

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Por la cuál se modifica y se precisa un Cargo Mínimo por disponibilidad del servicio para los usuarios no residenciales con carga instalada menores o iguales a 5 kW.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Para usuarios no-residenciales, con medición Monomia, con cargas instaladas iguales o menores a 5 kW y cuyos consumos en el periodo a facturar, sean inferiores a 50 kWh-mes, las empresas facturarán como cuantía de su consumo en el periodo respectivo solamente un cargo por disponibilidad del servicio, equivalente al valor de 50 kWh-mes facturados a la Tarifa Monomia Sencilla (Diurna) del respectivo sector de consumo y nivel de tensión, conforme a lo estipulado en la resolución CREG-080/95. Para usuarios con cargas instaladas iguales o menores a 5 kW y consumos superiores a 50 kWh-mes, las empresas facturarán como cuantía de su consumo en el periodo respectivo el consumo medido a las tarifas correspondientes.

ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., el día 27 de marzo de 1996

Ministro de Minas y Energía

RODRIGO VILLAMIZAR A.

Presidente

ANTONIO BARBERENA S.

Director Ejecutivo

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