BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

2/3

 

Por la cual se modifica el artículo 1º de la resolución CREG-009 de 1997

 

 

RESOLUCIÓN 10 DE 1998
(febrero 10)

Diario Oficial No. 43.273 de 4 de junio de 1998

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se modifica el cargo promedio máximo unitario de distribución Dt aprobado a la empresa Gases de Occidente E.S.P.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que mediante resolución CREG-009 de 1997 se definió el cargo promedio máximo unitario Dt, a la empresa GASES DE OCCIDENTE, E.S.P., en ciento nueve pesos con 92/100 ($109.92) por metro cúbico (m3), suma expresada en valores de 1996;

Que mediante resolución CREG-090 de 1997 se modificó dicho cargo promedio máximo unitario Dt, a la empresa GASES DE OCCIDENTE, E.S.P., y lo fijó en ciento diez pesos con 75/100 ($110.75) por metro cúbico (m3), suma expresada en valores de 1996;

Que mediante la Resolución CREG-202 de 1997, la Comisión de Regulación de Energía y Gas definió el Subsistema de Transporte del Valle 01, como el gasoducto comprendido entre la puerta de ciudad de Cali, ubicada frente a la glorieta de CENCAR y la estación reguladora y de medición ubicada en la Avenida 3N con calle 70N de la nomenclatura de Cali, conocido como sector ACOPI, con sus conexiones y ramales asociados, activos que se tuvieron en cuenta en el momento de calcular el cargo promedio máximo unitario Dt aprobado a la empresa Gases de Occidente E.S.P.;

Que según la Resolución CREG-202 de 1997, artículo 4o, la CREG debe recalcular la tarifa de distribución aprobada en la Resolución CREG-090 de 1997;

Que calculado nuevamente el cargo promedio máximo unitario de distribución Dt para la empresa Gases de Occidente E.S.P., sin incluir los activos que pasaron a conformar el subsistema de transporte del Valle 01, se obtuvo como resultado la suma de $104.58 por metro cúbico, cifra expresada en valores de 1996;

Que mediante resolución separada la Comisión aprobó la tarifa de transporte para el Subsistema de Transporte del Valle 01;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el cargo promedio máximo unitario Dt, aprobado por la resolución CREG-090 de 1997, artículo 1o, a la empresa GASES DE OCCIDENTE E.S.P. para recuperar los costos de distribución domiciliaria de gas natural por red, que le permite calcular la fórmula tarifaria; y fijar dicho cargo en ciento cuatro pesos con 58/100 ($104.58) por metro cúbico (m3), suma expresada en valores de 1996. Este cargo se actualizará con el IPC del año 1996 calculado por el DANE, con el fin de determinar el valor del Dt en precios de 1997; y por el IPC del año 1997 calculado por el DANE menos 2 puntos porcentuales para determinar el valor del Dt que aplicará en el año 1998.

ARTICULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha en que se encuentre en firme. Deberá notificarse a la empresa GASES DE OCCIDENTE E.S.P. y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en ella procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación o publicación, según el caso.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 10 de Febrero de 1998

Ministro de Minas y Energía

ORLANDO MARTINEZ CABRALES                

Presidente

JORGE PINTO NOLLA

Director Ejecutivo (e)

×
Volver arriba